Comunidades Y Ciudades Autónomas. Comunidad Autónoma De Cantabria. Consejería De Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca Y Alimentación. (BOE-N-2025-341668)
SECRETARÍA GENERAL DE DESARROLLO RURAL, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Anuncio de notificación de 8 de mayo de 2025 en procedimiento Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca y Alimentación. Resolución expediente sancionador 2024/SANC/0166, tramitado por la Dirección General de Pesca y Alimentación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 115

Martes 13 de mayo de 2025

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Suplemento de Notificaciones

COMUNIDADES Y CIUDADES AUTÓNOMAS
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANTABRIA
CONSEJERÍA DE DESARROLLO RURAL, GANADERÍA, PESCA Y
ALIMENTACIÓN
SECRETARÍA GENERAL DE DESARROLLO RURAL, GANADERÍA, PESCA Y
ALIMENTACIÓN. Anuncio de notificación de 8 de mayo de 2025 en procedimiento
Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca y Alimentación. Resolución
expediente sancionador 2024/SANC/0166, tramitado por la Dirección General de Pesca
y Alimentación.
ID: N2500346085

Intentada la notificación, sin haberse podido practicar, de la resolución
correspondiente al expediente de denuncia que se cita, se hace público el presente
anuncio en cumplimiento de lo establecido en los artículos 44 y 46 de la ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Referencia del expediente: 2024/SANC/0166
Interesado: Javier Callejo Barros
NIF: ***4319**
Motivo del expediente: Pescar cebo en día inhábil y en zona prohibida el día 19 de
septiembre de 2024.

A partir del día siguiente a la publicación del presente anuncio queda abierto un
período de UN MES durante el cual el interesado podrá interponer recurso de alzada
ante la Consejera de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca y Alimentación, cuya resolución
pondrá fin a la vía administrativa.
Transcurrido el plazo sin haber interpuesto recurso, el pago de la sanción deberá
hacerse efectiva dentro del mes siguiente, mediante carta de pago que le sería facilitada
en la dirección general de Pesca y Alimentación (C/ Albert Einstein, 2 de Santander
(Teléfono 942205239). De no efectuarse el pago en la forma indicada, se procederá a su
exacción por vía ejecutiva.
Santander, 8 de mayo de 2025.- El director general de Pesca y Alimentación, Paulino
San Emeterio Pila.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

cve: BOE-N-2025-9beb5e62dbde054789a0fc7e83ab08cfceb87225
Verificable en https://www.boe.es

Los hechos descritos pueden ser constitutivos de UNA INFRACCIÓN tipificada como
LEVE en el artículo 109.i) de la Ley de Cantabria 1/2021, de 4 de marzo, de Pesca
Marítima, Marisqueo y Acuicultura, en relación con lo dispuesto en el artículo 7 de la
Orden MED/51/2016, de 31 de octubre, por la que se regula la captura y las zonas
autorizadas para la extracción de cebo con Licencia de Pesca Marítima de Recreo. Multa
impuesta: 100,00 €.