Comunidades Y Ciudades Autónomas. Comunidad Autónoma De Cantabria. Consejería De Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca Y Alimentación. (BOE-N-2025-341666)
SECRETARÍA GENERAL DE DESARROLLO RURAL, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Anuncio de notificación de 8 de mayo de 2025 en procedimiento Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca y Alimentación. Resolución expediente sancionador 2024/SANC/0008, tramitado por la Dirección General de Pesca y Alimentación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 115
Martes 13 de mayo de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
COMUNIDADES Y CIUDADES AUTÓNOMAS
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANTABRIA
CONSEJERÍA DE DESARROLLO RURAL, GANADERÍA, PESCA Y
ALIMENTACIÓN
SECRETARÍA GENERAL DE DESARROLLO RURAL, GANADERÍA, PESCA Y
ALIMENTACIÓN. Anuncio de notificación de 8 de mayo de 2025 en procedimiento
Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca y Alimentación. Resolución
expediente sancionador 2024/SANC/0008, tramitado por la Dirección General de Pesca
y Alimentación.
ID: N2500346061
Intentada la notificación, sin haberse podido practicar, de la resolución
correspondiente al expediente de denuncia que se cita, se hace público el presente
anuncio en cumplimiento de lo establecido en los artículos 44 y 46 de la ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Referencia del expediente: 2024/SANC/0008.
Interesado: Alberto Fraile Damalia
NIF: ***8785**.
Motivo del expediente: El uso de artes profesionales, tales como redes, por
pescadores particulares. Hechos constatados por los denunciantes el día 17 de febrero
de 2024 a las 00:40 horas, en bahía de Santander.
A partir del día siguiente a la publicación del presente anuncio queda abierto un
período de UN MES durante el cual el interesado podrá interponer recurso de alzada
ante la Consejera de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca y Alimentación, cuya resolución
pondrá fin a la vía administrativa.
Transcurrido el plazo sin haber interpuesto recurso, el pago de la sanción deberá
hacerse efectiva dentro del mes siguiente, mediante carta de pago que le sería facilitada
en la dirección general de Pesca y Alimentación (C/ Albert Einstein, 2 de Santander
(Teléfono 942205239). De no efectuarse el pago en la forma indicada, se procederá a su
exacción por vía ejecutiva.
Santander, 8 de mayo de 2025.- El director general de Pesca y Alimentación, Paulino
San Emeterio Pila.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-N-2025-0fefb3e017ac390c5ac71f8327dab21e371b172f
Verificable en https://www.boe.es
Los hechos descritos pueden ser constitutivos de UNA INFRACCIÓN tipificada como
GRAVE, de acuerdo con lo establecido en el artículo 110.2.g) de la Ley de Cantabria
1/2021, de 4 de marzo, de Pesca Marítima, Marisqueo y Acuicultura, en concordancia
con lo dispuesto en el en concordancia con lo dispuesto en el artículo 7 del Decreto
45/2002, de 4 de abril, por el que se establecen las normas que regulan la pesca
marítima de recreo. Multa impuesta: 601,00 €.
Núm. 115
Martes 13 de mayo de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
COMUNIDADES Y CIUDADES AUTÓNOMAS
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANTABRIA
CONSEJERÍA DE DESARROLLO RURAL, GANADERÍA, PESCA Y
ALIMENTACIÓN
SECRETARÍA GENERAL DE DESARROLLO RURAL, GANADERÍA, PESCA Y
ALIMENTACIÓN. Anuncio de notificación de 8 de mayo de 2025 en procedimiento
Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca y Alimentación. Resolución
expediente sancionador 2024/SANC/0008, tramitado por la Dirección General de Pesca
y Alimentación.
ID: N2500346061
Intentada la notificación, sin haberse podido practicar, de la resolución
correspondiente al expediente de denuncia que se cita, se hace público el presente
anuncio en cumplimiento de lo establecido en los artículos 44 y 46 de la ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Referencia del expediente: 2024/SANC/0008.
Interesado: Alberto Fraile Damalia
NIF: ***8785**.
Motivo del expediente: El uso de artes profesionales, tales como redes, por
pescadores particulares. Hechos constatados por los denunciantes el día 17 de febrero
de 2024 a las 00:40 horas, en bahía de Santander.
A partir del día siguiente a la publicación del presente anuncio queda abierto un
período de UN MES durante el cual el interesado podrá interponer recurso de alzada
ante la Consejera de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca y Alimentación, cuya resolución
pondrá fin a la vía administrativa.
Transcurrido el plazo sin haber interpuesto recurso, el pago de la sanción deberá
hacerse efectiva dentro del mes siguiente, mediante carta de pago que le sería facilitada
en la dirección general de Pesca y Alimentación (C/ Albert Einstein, 2 de Santander
(Teléfono 942205239). De no efectuarse el pago en la forma indicada, se procederá a su
exacción por vía ejecutiva.
Santander, 8 de mayo de 2025.- El director general de Pesca y Alimentación, Paulino
San Emeterio Pila.
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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-N-2025-0fefb3e017ac390c5ac71f8327dab21e371b172f
Verificable en https://www.boe.es
Los hechos descritos pueden ser constitutivos de UNA INFRACCIÓN tipificada como
GRAVE, de acuerdo con lo establecido en el artículo 110.2.g) de la Ley de Cantabria
1/2021, de 4 de marzo, de Pesca Marítima, Marisqueo y Acuicultura, en concordancia
con lo dispuesto en el en concordancia con lo dispuesto en el artículo 7 del Decreto
45/2002, de 4 de abril, por el que se establecen las normas que regulan la pesca
marítima de recreo. Multa impuesta: 601,00 €.