Estado. Ministerio De Defensa. Instituto Social De Las Fuerzas Armadas. (BOE-N-2025-341321)
SECRETARÍA GENERAL. Anuncio de notificación de 6 de mayo de 2025 en procedimiento de afiliación al Régimen Especial de la Seguridad Social de las Fuerzas Armadas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 13 de mayo de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ESTADO
MINISTERIO DE DEFENSA
INSTITUTO SOCIAL DE LAS FUERZAS ARMADAS
SECRETARÍA GENERAL. Anuncio de notificación de 6 de mayo de 2025 en
procedimiento de afiliación al Régimen Especial de la Seguridad Social de las Fuerzas
Armadas.
ID: N2500334894
En el proceso de integración del colectivo del ISFAS en la base de datos de aistencia
sanitaria (BADAS) del Instituto Nacional de la Seguridad Social se detectó que la
beneficiaria con D.N.I. 80.275.434-Y tenía derecho a recibir asistencia sanitaria, por sí
misma, de la Seguridad Social, como perceptora de ingreso mínimo vital.
Al contravenir dicha situación con lo preceptuado en el artículo 52.3 del Reglamento
General de la Seguridad Social de las Fuerzas Armadas, que exige para ser beneficiario
de este Instituto no tener derecho, por título distinto, a estar integrado en cualquiera de
los Regímenes que conforman el Sistema Público de Seguridad Social, se inició un
procedimiento relativo a su baja en este Instituto, concediéndole, con carácter previo a la
adopción de la resolución que en derecho proceda, de conformidad con lo previsto en el
artículo 82 de la Ley 39/2015 de 1 de Octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, trámite de audiencia a fin de que en el plazo de quince
días hábiles, a contar desde el siguiente a la presente notificación –con exclusión de
sábados, domingos y festivos- alegara y presentara ante el Instituto Social de las
Fuerzas Armadas cuantos documentos y justificaciones estimara convenientes en
defensa de sus intereses.
Habiéndose recibido en la Delegación Especial del ISFAS (O.A) de Badajoz
certificado de baja en BADAS de la referida beneficiaria y comprobándose que la misma
figura de baja en la citada base de datos de asistencia sanitaria desde el día 5 de marzo
de 2025, por el Delegado Especial de la referida Delegación se dictó resolución de 6
marzo de 2025 manteniendo a la citada beneficiaria de alta en el Régimen Especial de
las Fuerzas Armadas.
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 44 y 46 de la Ley 39/2015 de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, no
habiéndose podido practicar la comunicación al interesado tras dos intentos en su último
domicilio, se notifica al afiliado, titular por derecho propio, con D.N.I. 80.090.904-M, la
referida resolución por la que su beneficiaria permanece afiliada en este Régimen
Especial.
Dicha resolución no pone fin a la vía administrativa y puede ser objeto de recurso de
alzada ante la Ministra de Defensa en el plazo de un mes de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 122 de la referida Ley 39/2015 de 1 de octubre.
El interesado podrá solicitar, acreditando su identidad, una copia de dicha resolución,
compareciendo en la Delegación Especial del ISFAS de Badajoz, Calle Rafael Morales,
3, Bajo A, 06005, Badajoz, en el plazo máximo de diez días hábiles contados desde el
día siguiente al de la publicación del presente anuncio. Si transcurrido dicho plazo no
cve: BOE-N-2025-2128dbd1433ce3ac5669c99f16efb8f44da588ee
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 115
Martes 13 de mayo de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ESTADO
MINISTERIO DE DEFENSA
INSTITUTO SOCIAL DE LAS FUERZAS ARMADAS
SECRETARÍA GENERAL. Anuncio de notificación de 6 de mayo de 2025 en
procedimiento de afiliación al Régimen Especial de la Seguridad Social de las Fuerzas
Armadas.
ID: N2500334894
En el proceso de integración del colectivo del ISFAS en la base de datos de aistencia
sanitaria (BADAS) del Instituto Nacional de la Seguridad Social se detectó que la
beneficiaria con D.N.I. 80.275.434-Y tenía derecho a recibir asistencia sanitaria, por sí
misma, de la Seguridad Social, como perceptora de ingreso mínimo vital.
Al contravenir dicha situación con lo preceptuado en el artículo 52.3 del Reglamento
General de la Seguridad Social de las Fuerzas Armadas, que exige para ser beneficiario
de este Instituto no tener derecho, por título distinto, a estar integrado en cualquiera de
los Regímenes que conforman el Sistema Público de Seguridad Social, se inició un
procedimiento relativo a su baja en este Instituto, concediéndole, con carácter previo a la
adopción de la resolución que en derecho proceda, de conformidad con lo previsto en el
artículo 82 de la Ley 39/2015 de 1 de Octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, trámite de audiencia a fin de que en el plazo de quince
días hábiles, a contar desde el siguiente a la presente notificación –con exclusión de
sábados, domingos y festivos- alegara y presentara ante el Instituto Social de las
Fuerzas Armadas cuantos documentos y justificaciones estimara convenientes en
defensa de sus intereses.
Habiéndose recibido en la Delegación Especial del ISFAS (O.A) de Badajoz
certificado de baja en BADAS de la referida beneficiaria y comprobándose que la misma
figura de baja en la citada base de datos de asistencia sanitaria desde el día 5 de marzo
de 2025, por el Delegado Especial de la referida Delegación se dictó resolución de 6
marzo de 2025 manteniendo a la citada beneficiaria de alta en el Régimen Especial de
las Fuerzas Armadas.
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 44 y 46 de la Ley 39/2015 de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, no
habiéndose podido practicar la comunicación al interesado tras dos intentos en su último
domicilio, se notifica al afiliado, titular por derecho propio, con D.N.I. 80.090.904-M, la
referida resolución por la que su beneficiaria permanece afiliada en este Régimen
Especial.
Dicha resolución no pone fin a la vía administrativa y puede ser objeto de recurso de
alzada ante la Ministra de Defensa en el plazo de un mes de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 122 de la referida Ley 39/2015 de 1 de octubre.
El interesado podrá solicitar, acreditando su identidad, una copia de dicha resolución,
compareciendo en la Delegación Especial del ISFAS de Badajoz, Calle Rafael Morales,
3, Bajo A, 06005, Badajoz, en el plazo máximo de diez días hábiles contados desde el
día siguiente al de la publicación del presente anuncio. Si transcurrido dicho plazo no
cve: BOE-N-2025-2128dbd1433ce3ac5669c99f16efb8f44da588ee
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Núm. 115