Notarías Y Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Almería. (BOE-N-2025-343247)
REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE HUÉRCAL-OVERA . Anuncio de notificación de 8 de mayo de 2025.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 115
Martes 13 de mayo de 2025
Supl. N. Pág. 2
En cumplimiento del artículo 28.4.b del Real Decreto Legislativo 7/2015 de 30 de
octubre por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación
Urbana, se ha notificado al Ayuntamiento donde radica la finca la práctica de la
inscripción de la obra nueva declarada
Referencia Catastral acreditada: 5234906WG8353S0001SZ
Queda hoy coordinada gráficamente con el Catastro esta finca, conforme al artículo
10 de la Ley Hipotecaria.
Inscrita en la inscripción 1ª, de la finca 14309 de Zurgena, con C.R.U.:
04006001120460;; Código Registral Único: 04006001120460, Inscripción 1ª.
REPRESENTACION GRÁFICA de la finca que se PRETENDE INSCRIBIR:
https://geoportal.registradores.org/geoportal/idufir/04006001120460
Adquirida en virtud de escritura pública otorgada en Granada el día veinte de mayo
del año dos mil veintiuno, ante el Notario Don Salvador Torres Ruiz, con el número de
protocolo 828/2021, por HERENCIA al fallecimiento de los cónyuges Don Antonio Juan
Marín y doña Francisca Domínguez Egea, presentada bajo el asiento 1391 del Diario
2025 de Operaciones.
Y por el presente, que ordeno sea publicado en el B.O.E., en cumplimiento con lo
dispuesto en el artículo 205 de la Ley Hipotecaria, se pone en conocimiento de cuantos
puedan estar interesados respecto a la expresada inscripción, a fin de que hagan uso de
los derechos que en su caso puedan corresponderles sobre la finca descrita; advirtiendo
que, conforme al artículo 1 de la misma Ley, los asientos del Registro están bajo la
salvaguardia de los Tribunales y producen todos sus efectos mientras no se declare su
inexactitud en los términos establecidos en esta Ley; y que conforme al artículo 207 de la
misma Ley, los efectos protectores dispensados por el artículo 34 de esta Ley, no se
producirán hasta transcurridos dos años desde la fecha de la inmatriculación.
cve: BOE-N-2025-aad5d89ad5725d005e5ee4c367e18bebd87030d6
Verificable en https://www.boe.es
Huércal-Overa, 8 de mayo de 2025.- El/La Registrador/a, María Asunción Fernández
Aguirre
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 115
Martes 13 de mayo de 2025
Supl. N. Pág. 2
En cumplimiento del artículo 28.4.b del Real Decreto Legislativo 7/2015 de 30 de
octubre por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación
Urbana, se ha notificado al Ayuntamiento donde radica la finca la práctica de la
inscripción de la obra nueva declarada
Referencia Catastral acreditada: 5234906WG8353S0001SZ
Queda hoy coordinada gráficamente con el Catastro esta finca, conforme al artículo
10 de la Ley Hipotecaria.
Inscrita en la inscripción 1ª, de la finca 14309 de Zurgena, con C.R.U.:
04006001120460;; Código Registral Único: 04006001120460, Inscripción 1ª.
REPRESENTACION GRÁFICA de la finca que se PRETENDE INSCRIBIR:
https://geoportal.registradores.org/geoportal/idufir/04006001120460
Adquirida en virtud de escritura pública otorgada en Granada el día veinte de mayo
del año dos mil veintiuno, ante el Notario Don Salvador Torres Ruiz, con el número de
protocolo 828/2021, por HERENCIA al fallecimiento de los cónyuges Don Antonio Juan
Marín y doña Francisca Domínguez Egea, presentada bajo el asiento 1391 del Diario
2025 de Operaciones.
Y por el presente, que ordeno sea publicado en el B.O.E., en cumplimiento con lo
dispuesto en el artículo 205 de la Ley Hipotecaria, se pone en conocimiento de cuantos
puedan estar interesados respecto a la expresada inscripción, a fin de que hagan uso de
los derechos que en su caso puedan corresponderles sobre la finca descrita; advirtiendo
que, conforme al artículo 1 de la misma Ley, los asientos del Registro están bajo la
salvaguardia de los Tribunales y producen todos sus efectos mientras no se declare su
inexactitud en los términos establecidos en esta Ley; y que conforme al artículo 207 de la
misma Ley, los efectos protectores dispensados por el artículo 34 de esta Ley, no se
producirán hasta transcurridos dos años desde la fecha de la inmatriculación.
cve: BOE-N-2025-aad5d89ad5725d005e5ee4c367e18bebd87030d6
Verificable en https://www.boe.es
Huércal-Overa, 8 de mayo de 2025.- El/La Registrador/a, María Asunción Fernández
Aguirre
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X