Notarías Y Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Almería. (BOE-N-2025-343241)
REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE ALMERÍA 4. Anuncio de notificación de 8 de mayo de 2025 en procedimiento Ejecución de Títulos Judiciales 851/2021 del Juzgado de Primera Instancia Nº 3 de Almería.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 115

Martes 13 de mayo de 2025

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Suplemento de Notificaciones

NOTARÍAS Y REGISTROS DE LA
PROPIEDAD, MERCANTILES Y DE BIENES
MUEBLES
REGISTROS DE LA PROPIEDAD, MERCANTILES Y DE BIENES
MUEBLES
ALMERÍA
REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE ALMERÍA 4. Anuncio de notificación de 8 de mayo
de 2025 en procedimiento Ejecución de Títulos Judiciales 851/2021 del Juzgado de
Primera Instancia Nº 3 de Almería.
ID: N2500343446

Que con fecha catorce de abril de dos mil veinticinco he expedido certificación de
dominio y de cargas para surtir efectos en el Procedimiento de Ejecución de títulos
judiciales 851/2021 seguido en el Juzgado de Primera Instancia Nº 3 de Almería, a
instancia de Promontoria Omega DAC contra don Manuel Becerra Díaz, y afectante a la
finca registral 7624 de Almería Sec. 2ª, con código registral único: 04016000111543,
sobre la que aparece un asiento posterior al del derecho del ejecutante, anotación de
embargo ejecutivo objeto de la anotación B en virtud de mandamiento judicial expedido
por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Almería, de fecha tres de abril del año dos
mil veintitrés, ejecución de títulos judiciales nº 1398/2019, de la que es titular la
comunidad de propietarios del edificio de apartamentos casa luxor, a quien de
conformidad con el artículo 659 de la Ley de Enjuiciamiento Civil se dirige la presente
comunicación, para que pueda intervenir en el avalúo o subasta de los bienes, para
efectuar el pago de la deuda subrogándose en los derechos de la parte actora, si le
conviniere o, en su caso, para su conocimiento y control. Nótese que, de conformidad
con la sentencia del Pleno del Tribunal Supremo 237/2021, de 4 de mayo, ordenándose
la expedición de certificación de dominio y cargas en el indicado procedimiento, se
entiende implícita una prórroga de la anotación preventiva de embargo practicada a favor
del ejecutante, por lo que, con la misma fecha que la expedición de la certificación de
dominio y cargas, se ha practicado anotación preventiva de prórroga de embargo a favor
del referido ejecutante por el plazo de cuatro años a contar desde la fecha de expedición
de la certificación. Se practica la presente de conformidad con el artículo 660 de la Ley
de Enjuiciamiento Civil, por haberse intentado sin efecto la notificación por correo con
acuse de recibo.
Comunidad de propietarios del edificio de apartamentos casa luxor
Almeria, 8 de mayo de 2025.- El/La Registrador/a, María Luisa Fernández Núñez

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

cve: BOE-N-2025-ba4a226887ce0d43645ab8800c3cf8a3ccbc0c4b
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Edicto a los efectos del artículo 659 de la Ley de Enjuiciamiento Civil por intento
infructuoso de notificación