Notarías Y Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Valencia. (BOE-N-2025-344156)
REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE ALBAIDA. Anuncio de notificación de 9 de mayo de 2025 en procedimiento Rectificación cabida y lindes en finca registral número 883 de Albaida.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 115
Martes 13 de mayo de 2025
Supl. N. Pág. 2
cuadrados. La planta segunda, con destino a almacén, ocupa una superficie construida
de treinta y dos metros cuadrados. La total superficie construida de la edificación es de
ciento doce metros cuadrados. Linda: frente, con calle de su situación; derecha entrando,
con casa en la calle Beato Nicolás Factor número cuarenta y tres de Omar Allali Tormo;
izquierda, con vivienda en calle Beato Nicolás Factor número treinta y nueve de Amparo
Guerola Espí; y fondo, con casa en avenida Fora Fora número diecinueve de María
Guerola Espí. Referencia catastral: 5326906YJ1052E0001WW.
La representación gráfica georreferenciada de la finca cuya inscripción se solicita
podrá
consultarse
en
https://geoportal.registradores.org/geoportal/idufir/
46001000024777.
Conforme al mismo precepto legal, se podrá comparecer en el plazo de los veinte
días siguientes a la publicación de la notificación en el Boletín Oficial del Estado, ante el
Registrador, para alegar lo que convenga. A la vista de las alegaciones efectuadas, en
su caso, el Registrador decidirá motivadamente según su prudente criterio, sin que la
mera oposición de quien no haya acreditado ser titular registral de la finca o de
cualquiera de las registrales colindantes determine necesariamente la denegación de la
inscripción.
También se pueden remitir las alegaciones por escrito con firma legitimada, o con
firma electrónica reconocida, y, en su caso, acreditando la representación en la que se
actúe.
Todo ello, a la siguiente dirección:
Registro de la Propiedad de Albaida (Valencia)
Avenida de la Feria, número 1, entresuelo 5.
46860 - Albaida (Valencia)
Observaciones: Conforme al artículo 10.5 de la Ley Hipotecaria, si tras la tramitación
del referido expediente el Registrador procediera a inscribir la referida representación
gráfica y lista de coordenadas, se presumirá, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 38
de la misma Ley, que la finca objeto de los derechos inscritos tiene la ubicación y
delimitación geográfica expresadas en la información gráfica que se haya incorporada al
folio real.
cve: BOE-N-2025-80e0bf3b7e30b4bd843b0f21aba84f4ece880969
Verificable en https://www.boe.es
Albaida, 9 de mayo de 2025.- El/La Registrador/a, Gema Reig Palmero
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 115
Martes 13 de mayo de 2025
Supl. N. Pág. 2
cuadrados. La planta segunda, con destino a almacén, ocupa una superficie construida
de treinta y dos metros cuadrados. La total superficie construida de la edificación es de
ciento doce metros cuadrados. Linda: frente, con calle de su situación; derecha entrando,
con casa en la calle Beato Nicolás Factor número cuarenta y tres de Omar Allali Tormo;
izquierda, con vivienda en calle Beato Nicolás Factor número treinta y nueve de Amparo
Guerola Espí; y fondo, con casa en avenida Fora Fora número diecinueve de María
Guerola Espí. Referencia catastral: 5326906YJ1052E0001WW.
La representación gráfica georreferenciada de la finca cuya inscripción se solicita
podrá
consultarse
en
https://geoportal.registradores.org/geoportal/idufir/
46001000024777.
Conforme al mismo precepto legal, se podrá comparecer en el plazo de los veinte
días siguientes a la publicación de la notificación en el Boletín Oficial del Estado, ante el
Registrador, para alegar lo que convenga. A la vista de las alegaciones efectuadas, en
su caso, el Registrador decidirá motivadamente según su prudente criterio, sin que la
mera oposición de quien no haya acreditado ser titular registral de la finca o de
cualquiera de las registrales colindantes determine necesariamente la denegación de la
inscripción.
También se pueden remitir las alegaciones por escrito con firma legitimada, o con
firma electrónica reconocida, y, en su caso, acreditando la representación en la que se
actúe.
Todo ello, a la siguiente dirección:
Registro de la Propiedad de Albaida (Valencia)
Avenida de la Feria, número 1, entresuelo 5.
46860 - Albaida (Valencia)
Observaciones: Conforme al artículo 10.5 de la Ley Hipotecaria, si tras la tramitación
del referido expediente el Registrador procediera a inscribir la referida representación
gráfica y lista de coordenadas, se presumirá, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 38
de la misma Ley, que la finca objeto de los derechos inscritos tiene la ubicación y
delimitación geográfica expresadas en la información gráfica que se haya incorporada al
folio real.
cve: BOE-N-2025-80e0bf3b7e30b4bd843b0f21aba84f4ece880969
Verificable en https://www.boe.es
Albaida, 9 de mayo de 2025.- El/La Registrador/a, Gema Reig Palmero
https://www.boe.es
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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X