Estado. Ministerio De Inclusión, Seguridad Social Y Migraciones. Secretaría De Estado De La Seguridad Social Y Pensiones. (BOE-N-2025-341489)
INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL. Anuncio de notificación de 7 de mayo de 2025 en procedimientos de actos que no han podido ser notificados a los interesados (acuerdo de inicio de revisión y de reintegro de prestaciones indebidas).
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 115
Martes 13 de mayo de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ESTADO
MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES
SECRETARÍA DE ESTADO DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y PENSIONES
INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL. Anuncio de notificación de 7 de
mayo de 2025 en procedimientos de actos que no han podido ser notificados a los
interesados (acuerdo de inicio de revisión y de reintegro de prestaciones indebidas).
ID: N2500344844
De conformidad con lo que establece el artículo 132, apartado 4, del Texto Refundido
de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 8/2015,
de 30 de octubre, en los supuestos previstos en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las
notificaciones que no hayan podido realizarse en la Sede Electrónica de la Seguridad
Social o en el domicilio del interesado, se practicarán exclusivamente por medio de un
anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado.
Habiéndose intentado la notificación sin que haya sido posible practicarla por causas
no imputables al Instituto Nacional de la Seguridad Social, procede efectuarla mediante
su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 46 de la mencionada Ley 39/2015, las
personas interesadas que se indican al final de esta notificación, o sus representantes
debidamente acreditados, podrán acceder, en el plazo de 10 días siguientes a la
presente publicación, para conocimiento y constancia del contenido íntegro del acto
administrativo, a la notificación electrónica publicada en el Registro de Notificaciones:
http://run.gob.es/qfjgyq o, en su defecto, podrán comparecer ante cualquier Centro de
Atención e Información de la Seguridad Social.
Una vez producida la notificación se iniciará el trámite de audiencia durante quince
días hábiles, desde el día siguiente a la fecha de notificación, para que alegue lo que
estime conveniente en defensa de su derecho antes de adoptar la resolución del
expediente.
RELACIÓN DE PERSONAS INTERESADAS
DIRECCIÓN PROVINCIAL
PRESTACIÓN
EXPEDIENTE
NIF
CÁDIZ
INGRESO MÍNIMO VITAL 11202100000000003677 34005154E
A CORUÑA
INGRESO MÍNIMO VITAL 15202100000000002677 X6636387J
A CORUÑA
INGRESO MÍNIMO VITAL 15202100000000007694 53161562Y
GRANADA
INGRESO MÍNIMO VITAL 18202000000000000334 77354341M
GRANADA
INGRESO MÍNIMO VITAL 18202000000000020030 48566836J
MURCIA
INGRESO MÍNIMO VITAL 30202100000000012077 58466042L
cve: BOE-N-2025-a301fe974184b84418fefca96c698ea5328eaef0
Verificable en https://www.boe.es
La notificación se entenderá practicada a partir de la efectiva comparecencia o por el
transcurso del plazo indicado anteriormente.
Núm. 115
Martes 13 de mayo de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ESTADO
MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES
SECRETARÍA DE ESTADO DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y PENSIONES
INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL. Anuncio de notificación de 7 de
mayo de 2025 en procedimientos de actos que no han podido ser notificados a los
interesados (acuerdo de inicio de revisión y de reintegro de prestaciones indebidas).
ID: N2500344844
De conformidad con lo que establece el artículo 132, apartado 4, del Texto Refundido
de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 8/2015,
de 30 de octubre, en los supuestos previstos en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las
notificaciones que no hayan podido realizarse en la Sede Electrónica de la Seguridad
Social o en el domicilio del interesado, se practicarán exclusivamente por medio de un
anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado.
Habiéndose intentado la notificación sin que haya sido posible practicarla por causas
no imputables al Instituto Nacional de la Seguridad Social, procede efectuarla mediante
su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 46 de la mencionada Ley 39/2015, las
personas interesadas que se indican al final de esta notificación, o sus representantes
debidamente acreditados, podrán acceder, en el plazo de 10 días siguientes a la
presente publicación, para conocimiento y constancia del contenido íntegro del acto
administrativo, a la notificación electrónica publicada en el Registro de Notificaciones:
http://run.gob.es/qfjgyq o, en su defecto, podrán comparecer ante cualquier Centro de
Atención e Información de la Seguridad Social.
Una vez producida la notificación se iniciará el trámite de audiencia durante quince
días hábiles, desde el día siguiente a la fecha de notificación, para que alegue lo que
estime conveniente en defensa de su derecho antes de adoptar la resolución del
expediente.
RELACIÓN DE PERSONAS INTERESADAS
DIRECCIÓN PROVINCIAL
PRESTACIÓN
EXPEDIENTE
NIF
CÁDIZ
INGRESO MÍNIMO VITAL 11202100000000003677 34005154E
A CORUÑA
INGRESO MÍNIMO VITAL 15202100000000002677 X6636387J
A CORUÑA
INGRESO MÍNIMO VITAL 15202100000000007694 53161562Y
GRANADA
INGRESO MÍNIMO VITAL 18202000000000000334 77354341M
GRANADA
INGRESO MÍNIMO VITAL 18202000000000020030 48566836J
MURCIA
INGRESO MÍNIMO VITAL 30202100000000012077 58466042L
cve: BOE-N-2025-a301fe974184b84418fefca96c698ea5328eaef0
Verificable en https://www.boe.es
La notificación se entenderá practicada a partir de la efectiva comparecencia o por el
transcurso del plazo indicado anteriormente.