Comunidades Y Ciudades Autónomas. Comunidad Autónoma De La Rioja. Consejería De Salud Y Políticas Sociales. (BOE-N-2025-341690)
DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS SOCIALES E INSTITUTO DE IGUALDAD. Anuncio de notificación de 5 de mayo de 2025 en procedimiento de Protección de Menores, de resolución administrativa número 225 en relación al expediente de P.2/25/8407, con número de documento 2025/0385988.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 115
Martes 13 de mayo de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
COMUNIDADES Y CIUDADES AUTÓNOMAS
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA RIOJA
CONSEJERÍA DE SALUD Y POLÍTICAS SOCIALES
DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS SOCIALES E INSTITUTO DE IGUALDAD.
Anuncio de notificación de 5 de mayo de 2025 en procedimiento de Protección de
Menores, de resolución administrativa número 225 en relación al expediente de
P.2/25/8407, con número de documento 2025/0385988.
ID: N2500334818
De conformidad con los artículos 44 y 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como lo
previsto en la Ley de 1/2006, de 28 de febrero, de Protección de Menores de La Rioja y,
teniendo en cuenta que no se ha podido practicar la notificación de la resolución
anteriormente mencionada a los interesados con DNI 16598704H y Y3802533A, se
procede a la publicación somera de su contenido, informándoles que, para su
conocimiento íntegro y constancia, permanecerá dicha Resolución a disposición de las
personas interesadas en las dependencias de la Dirección General de Servicios Sociales
e Instituto de Igualdad, sitas en la C/ Villamediana, nº 17 de Logroño.
No obstante lo anterior, pasados dos años desde la notificación de la Resolución
administrativa por la que en su caso, se declare el desamparo, decae el derecho de los
progenitores o tutores a solicitar u oponerse a las decisiones o medidas que se adopten
para la protección del menor, sin perjuicio de que podrán facilitar información a la entidad
pública y al Ministerio Fiscal sobre cualquier cambio de las circunstancias que dieron
lugar a la declaración de desamparo.
Logroño, 5 de mayo de 2025.- La Directora General de Servicios Sociales e Instituto
de Igualdad, Marta Gómez Vázquez.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-N-2025-631c93709a37ea00f852046d7f5042c85ac8c4b4
Verificable en https://www.boe.es
De conformidad con lo establecido en los artículos 172 del Código Civil y 779 y 780
de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, en la redacción dada por la Ley
26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la
adolescencia, contra esta Resolución y sin que interrumpa su efectividad se puede
interponer recurso ante el Juzgado de Primera Instancia competente de los de Logroño,
en el plazo de 2 meses desde su notificación.
Núm. 115
Martes 13 de mayo de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
COMUNIDADES Y CIUDADES AUTÓNOMAS
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA RIOJA
CONSEJERÍA DE SALUD Y POLÍTICAS SOCIALES
DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS SOCIALES E INSTITUTO DE IGUALDAD.
Anuncio de notificación de 5 de mayo de 2025 en procedimiento de Protección de
Menores, de resolución administrativa número 225 en relación al expediente de
P.2/25/8407, con número de documento 2025/0385988.
ID: N2500334818
De conformidad con los artículos 44 y 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como lo
previsto en la Ley de 1/2006, de 28 de febrero, de Protección de Menores de La Rioja y,
teniendo en cuenta que no se ha podido practicar la notificación de la resolución
anteriormente mencionada a los interesados con DNI 16598704H y Y3802533A, se
procede a la publicación somera de su contenido, informándoles que, para su
conocimiento íntegro y constancia, permanecerá dicha Resolución a disposición de las
personas interesadas en las dependencias de la Dirección General de Servicios Sociales
e Instituto de Igualdad, sitas en la C/ Villamediana, nº 17 de Logroño.
No obstante lo anterior, pasados dos años desde la notificación de la Resolución
administrativa por la que en su caso, se declare el desamparo, decae el derecho de los
progenitores o tutores a solicitar u oponerse a las decisiones o medidas que se adopten
para la protección del menor, sin perjuicio de que podrán facilitar información a la entidad
pública y al Ministerio Fiscal sobre cualquier cambio de las circunstancias que dieron
lugar a la declaración de desamparo.
Logroño, 5 de mayo de 2025.- La Directora General de Servicios Sociales e Instituto
de Igualdad, Marta Gómez Vázquez.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-N-2025-631c93709a37ea00f852046d7f5042c85ac8c4b4
Verificable en https://www.boe.es
De conformidad con lo establecido en los artículos 172 del Código Civil y 779 y 780
de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, en la redacción dada por la Ley
26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la
adolescencia, contra esta Resolución y sin que interrumpa su efectividad se puede
interponer recurso ante el Juzgado de Primera Instancia competente de los de Logroño,
en el plazo de 2 meses desde su notificación.