Comunidades Y Ciudades Autónomas. Comunidad Autónoma De La Rioja. Consejería De Salud Y Políticas Sociales. (BOE-N-2025-341689)
DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS SOCIALES E INSTITUTO DE IGUALDAD. Anuncio de notificación de 5 de mayo de 2025 en procedimiento de Protección de Menores, de resolución administrativa número 224 en relación al expediente P.21/25/8467, con número de documento 2025/0386058.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 115
Martes 13 de mayo de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
COMUNIDADES Y CIUDADES AUTÓNOMAS
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA RIOJA
CONSEJERÍA DE SALUD Y POLÍTICAS SOCIALES
DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS SOCIALES E INSTITUTO DE IGUALDAD.
Anuncio de notificación de 5 de mayo de 2025 en procedimiento de Protección de
Menores, de resolución administrativa número 224 en relación al expediente
P.21/25/8467, con número de documento 2025/0386058.
ID: N2500334775
De conformidad con los artículos 44 y 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como lo
previsto en la Ley de 1/2006, de 28 de febrero, de Protección de Menores de La Rioja y,
teniendo en cuenta que no se ha podido practicar la notificación de la resolución
anteriormente mencionada de D. Armando Jose Puerta Ilarraza, se procede a la
publicación somera de su contenido, informándole que, para su conocimiento íntegro y
constancia, permanecerá dicha Resolución a disposición de la persona interesada en las
dependencias de la Dirección General de Servicios Sociales e Instituto de Igualdad, sitas
en la C/ Villamediana, nº 17 de Logroño.
No obstante lo anterior, pasados dos años desde la notificación de la Resolución
administrativa por la que en su caso, se declare el desamparo, decae el derecho de los
progenitores o tutores a solicitar u oponerse a las decisiones o medidas que se adopten
para la protección del menor, sin perjuicio de que podrán facilitar información a la entidad
pública y al Ministerio Fiscal sobre cualquier cambio de las circunstancias que dieron
lugar a la declaración de desamparo.
Logroño, 5 de mayo de 2025.- La Directora General de Servicios Sociales e Instituto
de Igualdad, Marta Gómez Vázquez.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-N-2025-2f55a9ce1dbe40c9a8e1d3f2755f3c45d76e8f9e
Verificable en https://www.boe.es
De conformidad con lo establecido en los artículos 172 del Código Civil y 779 y 780
de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, en la redacción dada por la Ley
26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la
adolescencia, contra esta Resolución y sin que interrumpa su efectividad se puede
interponer recurso ante el Juzgado de Primera Instancia competente de los de Logroño,
en el plazo de 2 meses desde su notificación.
Núm. 115
Martes 13 de mayo de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
COMUNIDADES Y CIUDADES AUTÓNOMAS
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA RIOJA
CONSEJERÍA DE SALUD Y POLÍTICAS SOCIALES
DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS SOCIALES E INSTITUTO DE IGUALDAD.
Anuncio de notificación de 5 de mayo de 2025 en procedimiento de Protección de
Menores, de resolución administrativa número 224 en relación al expediente
P.21/25/8467, con número de documento 2025/0386058.
ID: N2500334775
De conformidad con los artículos 44 y 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como lo
previsto en la Ley de 1/2006, de 28 de febrero, de Protección de Menores de La Rioja y,
teniendo en cuenta que no se ha podido practicar la notificación de la resolución
anteriormente mencionada de D. Armando Jose Puerta Ilarraza, se procede a la
publicación somera de su contenido, informándole que, para su conocimiento íntegro y
constancia, permanecerá dicha Resolución a disposición de la persona interesada en las
dependencias de la Dirección General de Servicios Sociales e Instituto de Igualdad, sitas
en la C/ Villamediana, nº 17 de Logroño.
No obstante lo anterior, pasados dos años desde la notificación de la Resolución
administrativa por la que en su caso, se declare el desamparo, decae el derecho de los
progenitores o tutores a solicitar u oponerse a las decisiones o medidas que se adopten
para la protección del menor, sin perjuicio de que podrán facilitar información a la entidad
pública y al Ministerio Fiscal sobre cualquier cambio de las circunstancias que dieron
lugar a la declaración de desamparo.
Logroño, 5 de mayo de 2025.- La Directora General de Servicios Sociales e Instituto
de Igualdad, Marta Gómez Vázquez.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-N-2025-2f55a9ce1dbe40c9a8e1d3f2755f3c45d76e8f9e
Verificable en https://www.boe.es
De conformidad con lo establecido en los artículos 172 del Código Civil y 779 y 780
de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, en la redacción dada por la Ley
26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la
adolescencia, contra esta Resolución y sin que interrumpa su efectividad se puede
interponer recurso ante el Juzgado de Primera Instancia competente de los de Logroño,
en el plazo de 2 meses desde su notificación.