Administración Local. Madrid. Ayuntamiento De Madrid. (BOE-N-2025-342601)
DIRECCIÓN GENERAL DE GESTIÓN Y VIGILANCIA DE LA CIRCULACIÓN. Anuncio de notificación de 7 de mayo de 2025 en procedimiento de notificación de denuncia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 13 de mayo de 2025

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Suplemento de Notificaciones

ADMINISTRACIÓN LOCAL
MADRID
AYUNTAMIENTO DE MADRID
DIRECCIÓN GENERAL DE GESTIÓN Y VIGILANCIA DE LA CIRCULACIÓN. Anuncio
de notificación de 7 de mayo de 2025 en procedimiento de notificación de denuncia.
ID: N2500345131

Habiendo intentado practicar la notificación individual en la forma prevista en el Real
Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de
la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial (en lo sucesivo
LSV) y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.3 de la LSV se hace público lo
siguiente: La Directora General de Gestión y Vigilancia de la Circulación ha dispuesto
ordenar la incoación del procedimiento sancionador contra el responsable de la
infracción cuyos datos constan en la presente notificación, por una infracción muy grave
de las contempladas en el artículo 77 j) de la LSV. Al propio tiempo, encomienda su
instrucción y propuesta de resolución al Departamento de Instrucción de Multas de
Circulación. De conformidad con lo dispuesto en la LSV, usted podrá proceder del
siguiente modo:
A.- CONFORMIDAD CON LA DENUNCIA: Podrá efectuar el pago de la multa en el
plazo de VEINTE DÍAS NATURALES contados a partir del día siguiente a aquel que
tiene lugar la práctica de la notificación. Si opta por el pago, sin presentar alegaciones, el
órgano instructor elevará propuesta de resolución a la Directora General de Gestión y
Vigilancia de la Circulación proponiendo la sanción correspondiente. PARA REALIZAR
EL PAGO PUEDE CONSULTAR AL TELÉFONO 010 (915298210 si se llama desde fuera
de Madrid), EN EL CORREO ELECTRÓNICO gesmultas@madrid.es o EN LA WEB
MUNICIPAL www.madrid.es/multas CON DNI ELECTRÓNICO O CERTIFICADO
DIGITAL.
B.- DISCONFORMIDAD CON LA DENUNCIA: En el plazo de VEINTE DÍAS
NATURALES, contados a partir del día siguiente al de la práctica de la notificación podrá
formular escrito de alegaciones dirigido al Departamento de Instrucción de Multas de
Circulación de la Dirección General de Gestión y Vigilancia de la Circulación en la c/
Albarracín 33, 28037 Madrid. (..).
C.- CADUCIDAD DEL PROCEDIMIENTO: Si no se hubiera producido la resolución
sancionadora transcurrido UN AÑO desde la iniciación del procedimiento, se producirá
su caducidad y se procederá al archivo de las actuaciones a solicitud de cualquier
interesado o de oficio por el órgano competente para dictar resolución (art. 112.3 LSV).
PROTECCIÓN DE DATOS: Los datos personales recogidos serán incorporados y
tratados en el fichero "Infracciones de Movilidad" (...). El órgano responsable del fichero
es la Dirección General de Gestión y Vigilancia de la Circulación, con dirección en c/
Albarracín, 33. 28037-MADRID, ante la que el interesado podrá ejercer los derechos de
acceso, rectificación, cancelación y oposición, todo lo cual se informa en cumplimiento
del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999.

cve: BOE-N-2025-693e7f97093bb56163fa7c1ed751bc327d3ab569
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Núm. 115