Administración Local. Guadalajara. Ayuntamiento De Azuqueca De Henares. (BOE-N-2025-342373)
Anuncio de notificación de 8 de mayo de 2025 en procedimientos de baja por inscripción indebida en el Padrón de Habitantes, a instancia de parte (varios expedientes).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 13 de mayo de 2025

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Suplemento de Notificaciones

ADMINISTRACIÓN LOCAL
GUADALAJARA
AYUNTAMIENTO DE AZUQUECA DE HENARES
Anuncio de notificación de 8 de mayo de 2025 en procedimientos de baja por inscripción
indebida en el Padrón de Habitantes, a instancia de parte (varios expedientes).
ID: N2500343392

No habiéndose podido notificar en el último domicilio conocido, de conformidad con
el artículo nº 44 de la Ley 39/2015, de 1 de Octubre, de Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, se procede mediante publicación en el BOE, a
la notificación de los decretos de la Alcaldía que se indican, en los que se resuelve iniciar
expediente para proceder a dar de baja por inscripción indebida, a las personasque se
relaciona a continuación, en virtud del artículo 72 del Reglamento de Población y
Demarcación Territorial de las Entidades Locales, relacionado con el artículo 54 del
citado Reglamento.
En el plazo de diez días, pueden aportar cuantas alegaciones, documentos o
justificaciones estimen oportunos, al objeto de acreditar que residen de forma real y
efectiva en el domicilio en el de su empadronamiento, pudiendo acceder a sus
respectivas notificaciones a través de la sede electrónica desde la página web
www.azuqueca.es:
Expediente Doc. Identidad Decreto

Fecha Dto.

5293/2025

X4049779P

2025-1704 06/05/2025

5293/2025

NP1078731

2025-1704 06/05/2025

5645/2025

A12061314

2025-1703 06/05/2025

5880/2025

Z1107159J

2025-1702 06/05/2025

5880/2025

AS524781

2025-1702 06/05/2025

5880/2025

192880064

2025-1702 06/05/2025

5880/2025

193989498

2025-1702 06/05/2025

6613/2025

A12282341

2025-1745 08/05/2025

6613/2025

Y9012776X

2025-1745 08/05/2025

6613/2025

A13367897

2025-1745 08/05/2025

6613/2025

Y1783606Q

2025-1745 08/05/2025

De conformidad con el artículo 82 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se le advierte de
que se trata de un acto de trámite y como tal no procede la interposición de recursos
contra el mismo. No obstante, contra las resoluciones y los actos de trámite que decidan,
directa o indirectamente, el fondo del asunto, determinen la imposibilidad de continuar el
procedimiento, produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses
legítimos, de conformidad con el artículo 112.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, podrá
interponer el recurso potestativo de reposición, que cabrá fundar en cualquiera de los

cve: BOE-N-2025-3e13605c019dbacee3679b5835ecef2c3a420e38
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Núm. 115