Administración Local. Bizkaia. Ayuntamiento De Durango. (BOE-N-2025-342167)
Anuncio de notificación de 8 de mayo de 2025 en procedimiento Exptes. de baja de oficio enero-marzo 2025.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 13 de mayo de 2025

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Suplemento de Notificaciones

ADMINISTRACIÓN LOCAL
BIZKAIA
AYUNTAMIENTO DE DURANGO
Anuncio de notificación de 8 de mayo de 2025 en procedimiento Exptes. de baja de oficio
enero-marzo 2025.
ID: N2500343842

Teniendo conocimiento de que las personas que a continuación se relacionan figuran
indebidamente inscritas en el Padrón Municipal de Habitantes de Durango por no residir
habitualmente en el domicilio en el que figuran empadronadas, incumpliendo así lo
establecido en el artículo 54.1 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de
las Entidades Locales, el Alcalde Presidente ha resuelto proceder a iniciar los trámites
conducentes a declarar su situación de baja por inscripción indebida en el Padrón de
Habitantes de este municipio, en virtud de lo dispuesto en la Resolución de 17 de
Febrero de 2020 por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la
gestión del Padrón Municipal.
No habiéndose podido practicar las pertinentes notificaciones, en virtud de lo
dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, las citadas resoluciones se notificarán
exponiendo las mismas en el Tablón de Edictos de este Ayuntamiento, así como
insertando anuncio en el Boletín Oficial del Estado, al objeto de que los interesados, en
el plazo de 15 días, bien puedan alegar y presentar cuantos documentos y justificantes
consideren oportunos para acreditar su correcta inscripción en el Padrón Municipal de
Habitantes de Durango, o bien procedan a regularizar su situación padronal,
comunicando a este Ayuntamiento la variación de su domicilio o el municipio de su actual
residencia.
Transcurrido dicho plazo sin que realicen actuación alguna en cualquiera de los dos
sentidos indicados, se procederá, previo informe favorable del Consejo Provincial de
Empadronamiento, una parte, a registrar su baja en el Padrón de Habitantes de este
municipio, con las consecuencias que ello conlleva ( entre otras, baja en el censo
electoral) y, de otra parte, podrán realizarse las actuaciones oportunas en relación con
las sanciones que resulten de aplicación, de conformidad con lo dispuesto por el artículo
107 del antes citado Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las
Entidades Locales.
EXPEDIENTES DE BAJA PADRONAL POR INSCRIPCIÓN INDEBIDA
Y6602909Z
BD345703
CC730823
C03244789
X7881335V
Z1370504P
302561765

cve: BOE-N-2025-68d10576a7830c55269c047bd6592ee9db1803ea
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Núm. 115