Administración Local. Almería. Ayuntamiento De Dalías. (BOE-N-2025-341952)
Anuncio de notificación de 8 de mayo de 2025 en procedimiento expediente de baja por caducidad en el Padrón Municipal de Habitantes de extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanente.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 115
Martes 13 de mayo de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
ALMERÍA
AYUNTAMIENTO DE DALÍAS
Anuncio de notificación de 8 de mayo de 2025 en procedimiento expediente de baja por
caducidad en el Padrón Municipal de Habitantes de extranjeros no comunitarios sin
autorización de residencia permanente.
ID: N2500343766
EDICTO
Notificaciones
En uso de las atribuciones que me confiere el artículo 21.1 de la Ley 7/1985, de 2 de
abril, reguladora de las Bases del Régimen Local y, en relación con lo estipulado en el
artículo 16 y siguientes de la referida Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases
del Régimen Local en la redacción dada por la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero,
sobre derechos y libertades de los extranjeros en España, en el que se establece que la
inscripción en el padrón de habitantes de los extranjeros no comunitarios sin autorización
de residencia permanente debe ser renovada cada dos años; y al objeto de dar
cumplimiento a lo estipulado en la Ley Orgánica 14/2003, de 20 de noviembre, relativa a
la renovación de las inscripciones patronales de extranjeros no comunitarios sin
autorización de residencia permanente que no sean renovadas cada dos años. Dado que
el transcurso del plazo señalado será causa de acordar la caducidad de la inscripción y
visto que dicho plazo ha pasado sin que dicha renovación se haya formalizado,
DISPONGO
Lo que se hace público en el Boletín Oficial del Estado, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, al haber sido imposible practicar
la notificación en su último domicilio conocido. Se le concede un plazo de diez días para
que aleguen lo que estimen conveniente, transcurrido dicho plazo sin acreditar que
residen en este municipio se procederá a su baja en el padrón municipal de habitantes.
Lo que se hace saber para el conocimiento de los interesados.
Frente a estos actos, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer recurso
contencioso-administrativo ante el órgano jurisdiccional competente en el plazo de dos
meses, o recursos potestativo de reposición ante esta misma Alcaldía en el plazo de un
mes, contados ambos a partir del día siguiente al de la fecha de la publicación, o
cualquier otro que estime procedente en derecho, no pudiendo simultanear ambos
recursos.
DOCUMENTO
AS555066
Y7782726T
cve: BOE-N-2025-48b87d8e16f3ecc9ecd80f6b07aef7f4ccff1568
Verificable en https://www.boe.es
Declarar la caducidad y acordar la baja en el Padrón de Habitantes de los extranjeros
no comunitarios sin autorización de residencia permanente que figuran en la relación
adjunta.
Núm. 115
Martes 13 de mayo de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
ALMERÍA
AYUNTAMIENTO DE DALÍAS
Anuncio de notificación de 8 de mayo de 2025 en procedimiento expediente de baja por
caducidad en el Padrón Municipal de Habitantes de extranjeros no comunitarios sin
autorización de residencia permanente.
ID: N2500343766
EDICTO
Notificaciones
En uso de las atribuciones que me confiere el artículo 21.1 de la Ley 7/1985, de 2 de
abril, reguladora de las Bases del Régimen Local y, en relación con lo estipulado en el
artículo 16 y siguientes de la referida Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases
del Régimen Local en la redacción dada por la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero,
sobre derechos y libertades de los extranjeros en España, en el que se establece que la
inscripción en el padrón de habitantes de los extranjeros no comunitarios sin autorización
de residencia permanente debe ser renovada cada dos años; y al objeto de dar
cumplimiento a lo estipulado en la Ley Orgánica 14/2003, de 20 de noviembre, relativa a
la renovación de las inscripciones patronales de extranjeros no comunitarios sin
autorización de residencia permanente que no sean renovadas cada dos años. Dado que
el transcurso del plazo señalado será causa de acordar la caducidad de la inscripción y
visto que dicho plazo ha pasado sin que dicha renovación se haya formalizado,
DISPONGO
Lo que se hace público en el Boletín Oficial del Estado, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, al haber sido imposible practicar
la notificación en su último domicilio conocido. Se le concede un plazo de diez días para
que aleguen lo que estimen conveniente, transcurrido dicho plazo sin acreditar que
residen en este municipio se procederá a su baja en el padrón municipal de habitantes.
Lo que se hace saber para el conocimiento de los interesados.
Frente a estos actos, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer recurso
contencioso-administrativo ante el órgano jurisdiccional competente en el plazo de dos
meses, o recursos potestativo de reposición ante esta misma Alcaldía en el plazo de un
mes, contados ambos a partir del día siguiente al de la fecha de la publicación, o
cualquier otro que estime procedente en derecho, no pudiendo simultanear ambos
recursos.
DOCUMENTO
AS555066
Y7782726T
cve: BOE-N-2025-48b87d8e16f3ecc9ecd80f6b07aef7f4ccff1568
Verificable en https://www.boe.es
Declarar la caducidad y acordar la baja en el Padrón de Habitantes de los extranjeros
no comunitarios sin autorización de residencia permanente que figuran en la relación
adjunta.