Administración Local. Ciudad Real. Ayuntamiento De Alcázar De San Juan. (BOE-N-2025-342248)
Anuncio de notificación de 7 de mayo de 2025 en procedimiento sancionador en materia de Tráfico y Seguridad Vial. Procedimiento de Notificaciones de denuncia.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 13 de mayo de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
CIUDAD REAL
AYUNTAMIENTO DE ALCÁZAR DE SAN JUAN
Anuncio de notificación de 7 de mayo de 2025 en procedimiento sancionador en materia
de Tráfico y Seguridad Vial. Procedimiento de Notificaciones de denuncia.
ID: N2500337694
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 44 y 45 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en
relación con lo igualmente establecido en esta materia por los arts.7, 84.4 y 91 del Texto
Refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial
aprobado por Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre (en adelante LSV), se
hace pública la notificación de la iniciación de los expedientes sancionadores, que se
indican en cado uno de los expedientes relacionados, cuya competencia para resolver
corresponde a la concejalía delegada de la policía local y protección civil del
Ayuntamiento de Alcázar de San Juan por Delegación de Alcaldía-Presidencia de fecha
19 de junio de 2023, conforme a lo establecido en el art. 84.4 de la LTSV, ya que
habiéndose intentado la notificación expresa en su domicilio, ésta no se ha podido
practicar. Transcurrido el periodo de 20 días naturales desde que la notificación se
hubiese publicado en el BOE se entenderá que está ha sido practicada, dándose por
cumplido dicho trámite y continuándose con el procedimiento.
De acuerdo a lo establecido en el RDL 6/2015, las personas denunciadas podrán
proceder del siguiente modo:
Si efectúa el pago dentro del plazo de 20 días naturales a esta notificación se seguirá
el procedimiento abreviado establecido en el art. 94 del RDL 6/2015, con las siguientes
consecuencias: a) reducción del 50 % del importe de la multa realizando transferencia o
ingreso a favor del Ayuntamiento en cualquiera de las siguientes entidades: Unicaja
Banco, Globalcaja, Banco Santander, Caixabank, indicando siempre el número de
expediente, fecha de la denuncia y matrícula del vehículo; b) renuncia a formular
alegaciones; c) fin de la vía administrativa sin necesidad de dictar resolución expresa,
siendo recurrible sólo ante el orden Jurisdiccional contencioso-administrativo, en el plazo
de 2 meses contados desde el día siguiente al pago; d) Firmeza de la sanción
administrativa con efectos desde el día siguiente al pago.
Si no está conforme con la denuncia, el responsable de la infracción dispone de un
plazo de 20 días naturales, contados a partir del día siguiente a la fecha de publicación
de esta notificación, para presentar por escrito alegaciones y/o proponer pruebas de
acuerdo a lo establecido en el art. 95 del RDL 6/2015, en el Ayuntamiento de Alcázar de
San Juan, C/Santo Domingo, 1 – CP 13600.
Si la persona denunciada no formula alegaciones, ni abona la multa en el plazo de 20
días naturales ésta surtirá el efecto de acto resolutorio del procedimiento sancionador y
la sanción podrá ejecutarse transcurridos 30 días naturales desde la notificación de la
denuncia. Esto se aplicará únicamente en supuestos contemplados en el art. 95.4 del
RDL 6/2015, es decir, cuando se trate de: a) infracciones leves; b) infracciones graves
que no detraigan puntos; c) infracciones graves y muy graves notificadas en el acto de la
denuncia. Dicho acto sólo podrá recurrirse en vía contencioso-administrativa, en el plazo
cve: BOE-N-2025-a5438388fa06880bec2f9d9e962e57824163628f
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 115
Martes 13 de mayo de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
CIUDAD REAL
AYUNTAMIENTO DE ALCÁZAR DE SAN JUAN
Anuncio de notificación de 7 de mayo de 2025 en procedimiento sancionador en materia
de Tráfico y Seguridad Vial. Procedimiento de Notificaciones de denuncia.
ID: N2500337694
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 44 y 45 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en
relación con lo igualmente establecido en esta materia por los arts.7, 84.4 y 91 del Texto
Refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial
aprobado por Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre (en adelante LSV), se
hace pública la notificación de la iniciación de los expedientes sancionadores, que se
indican en cado uno de los expedientes relacionados, cuya competencia para resolver
corresponde a la concejalía delegada de la policía local y protección civil del
Ayuntamiento de Alcázar de San Juan por Delegación de Alcaldía-Presidencia de fecha
19 de junio de 2023, conforme a lo establecido en el art. 84.4 de la LTSV, ya que
habiéndose intentado la notificación expresa en su domicilio, ésta no se ha podido
practicar. Transcurrido el periodo de 20 días naturales desde que la notificación se
hubiese publicado en el BOE se entenderá que está ha sido practicada, dándose por
cumplido dicho trámite y continuándose con el procedimiento.
De acuerdo a lo establecido en el RDL 6/2015, las personas denunciadas podrán
proceder del siguiente modo:
Si efectúa el pago dentro del plazo de 20 días naturales a esta notificación se seguirá
el procedimiento abreviado establecido en el art. 94 del RDL 6/2015, con las siguientes
consecuencias: a) reducción del 50 % del importe de la multa realizando transferencia o
ingreso a favor del Ayuntamiento en cualquiera de las siguientes entidades: Unicaja
Banco, Globalcaja, Banco Santander, Caixabank, indicando siempre el número de
expediente, fecha de la denuncia y matrícula del vehículo; b) renuncia a formular
alegaciones; c) fin de la vía administrativa sin necesidad de dictar resolución expresa,
siendo recurrible sólo ante el orden Jurisdiccional contencioso-administrativo, en el plazo
de 2 meses contados desde el día siguiente al pago; d) Firmeza de la sanción
administrativa con efectos desde el día siguiente al pago.
Si no está conforme con la denuncia, el responsable de la infracción dispone de un
plazo de 20 días naturales, contados a partir del día siguiente a la fecha de publicación
de esta notificación, para presentar por escrito alegaciones y/o proponer pruebas de
acuerdo a lo establecido en el art. 95 del RDL 6/2015, en el Ayuntamiento de Alcázar de
San Juan, C/Santo Domingo, 1 – CP 13600.
Si la persona denunciada no formula alegaciones, ni abona la multa en el plazo de 20
días naturales ésta surtirá el efecto de acto resolutorio del procedimiento sancionador y
la sanción podrá ejecutarse transcurridos 30 días naturales desde la notificación de la
denuncia. Esto se aplicará únicamente en supuestos contemplados en el art. 95.4 del
RDL 6/2015, es decir, cuando se trate de: a) infracciones leves; b) infracciones graves
que no detraigan puntos; c) infracciones graves y muy graves notificadas en el acto de la
denuncia. Dicho acto sólo podrá recurrirse en vía contencioso-administrativa, en el plazo
cve: BOE-N-2025-a5438388fa06880bec2f9d9e962e57824163628f
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Núm. 115