Administración Local. Barcelona. Ayuntamiento De Santa Coloma De Gramenet. (BOE-N-2025-342141)
Anuncio de notificación de 7 de mayo de 2025 en procedimiento relativo a la incoación del expediente sancionador núm. 14/2025-SAC por unas infracciones de lo que dispone la Ordenanza municipal sobre la tenencia de animales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 115

Martes 13 de mayo de 2025

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Suplemento de Notificaciones

ADMINISTRACIÓN LOCAL
BARCELONA
AYUNTAMIENTO DE SANTA COLOMA DE GRAMENET
Anuncio de notificación de 7 de mayo de 2025 en procedimiento relativo a la incoación
del expediente sancionador núm. 14/2025-SAC por unas infracciones de lo que dispone
la Ordenanza municipal sobre la tenencia de animales.
ID: N2500345300

Conforme a lo dispuesto en los artículos 44 y 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se notifica a
la persona que se relaciona a continuación, que se le ha instruido el correspondiente
expediente sancionador por infracciones de la Ordenanza municipal sobre la tenencia de
animales, ya que no se ha podido entregar directamente en el domicilio el traslado del
decreto de incoación a pesar de haberse intentado en diferentes direcciones.
Número Expediente: 14/2025-SAC
NIF: 39479219-H
Lugar infracción: Plaza Pau Casals, 5
Fecha infracción: 16-12-2024
Artículos infringidos – Tipificación de la falta

73.10) No identificar el propietario los perros, los gatos, los hurones y otros animales
a los que la normativa haga obligatoria esta identificación, o incumplir los requisitos
establecidos por la Ley de protección de los animales y la normativa que la desarrolla en
relación con esta identificación. Cuando se trate de animales potencialmente peligrosos,
habrá que referirse a la infracción grave tipificada en el artículo 77.6) de esta ordenanza.
– Leve
75.6) Llevar, en los espacios de uso público en general o en los espacios de
concurrencia pública, perros no considerados potencialmente peligrosos sin cadena o
correa, salvo las excepciones que se habiliten conforme a lo dispuesto en el artículo 32
de esta ordenanza. – Leve
Se da traslado del decreto de incoación al interesado/a para que en el plazo de DIEZ
DÍAS HÁBILES, a contar desde el día siguiente a su notificación pueda proponer o
presentar las pruebas de las que intente valerse y las alegaciones que considere
convenientes
en
la
sede
electrónica
de
este
Ayuntamiento
(https://
www.gramenet.cat/seu-electronica/tramits/) o en la Oficina de Información y Atención
Ciudadana del Ayuntamiento (OIAC) (Pl. Vila núm. 1) solicitando cita previa en el
teléfono 93-462.40.90 o en la web https://www.gramenet.cat/citaprevia. También se
podrán presentar solicitudes por cualquiera de las otras modalidades establecidas en el
artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo común
de las Administraciones Públicas.

cve: BOE-N-2025-0202b9e1796ba7b4d5099136b9f3aa10eff19e03
Verificable en https://www.boe.es

73.1) No inscribir el propietario en el registro censal, dentro del plazo establecido, un
perro, un gato, un hurón o cualquier otro animal al que la normativa haga obligatoria esta
inscripción. Cuando se trate de animales potencialmente peligrosos, deberá referirse a la
infracción grave tipificada en el artículo 77.8) de esta ordenanza. – Leve