Administración Local. Valencia. Ayuntamiento De Gandia. (BOE-N-2025-342955)
Anuncio de notificación de 6 de mayo de 2025 en procedimiento sancionador en materia de tráfico.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 13 de mayo de 2025

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Suplemento de Notificaciones

ADMINISTRACIÓN LOCAL
VALENCIA
AYUNTAMIENTO DE GANDIA
Anuncio de notificación de 6 de mayo de 2025 en procedimiento sancionador en materia
de tráfico.
ID: N2500345366

Conforme a lo dispuesto en el artículo 44 y 45 de la Ley 39/2015, de 01 de octubre,
Ley de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en los
arts.90 y 91 del RDL 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido
de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial (LSV) se hace
pública la notificación de la incoación de los expedientes sancionadores que se indican a
las personas o entidades que se relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación,
esta no se ha podido practicar. Transcurrido el período de veinte días naturales desde la
publicación de la notificación en el BOE, se entenderá que ésta ha sido practicada.
El expediente se encuentra a disposición de los interesados en el Departamento de
multas del Ayuntamiento de Gandía, órgano instructor del expediente, junto con el resto
de documentación del mismo, pudiendo proceder tanto al abono de la multa
correspondiente como a la presentación de alegaciones frente a dicha iniciación, con
aportación o proposición de las pruebas que considere oportuno, dentro de los veinte
días naturales siguientes al de la publicación del presente edicto.
El importe de la multa, con reducción del 50%, se puede pagar durante dicho plazo
de 20 días solicitando carta de pago al órgano instructor del procedimiento, debiendo
hacer constar el nombre, apellidos, D.N.I. y el número de expediente.
El abono del importe de la multa en el plazo indicado anteriormente implica la
renuncia a formular alegaciones y la terminación del procedimiento el día que se realice
el pago sin necesidad de dictar resolución expresa, siendo recurrible únicamente ante el
orden jurisdiccional contencioso-administrativo, cuyo plazo se iniciará el día siguiente a
aquél en que tenga lugar el pago.
Transcurridos los plazos indicados sin haber procedido al pago o haber presentado
alegaciones, se tramitará y resolverá el procedimiento conforme a lo previsto en los
artículos 94 y 95 del Texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a
Motor y Seguridad Vial. En este supuesto, la sanción podrá ejecutarse transcurridos 30
días naturales desde la notificación de la denuncia.
Gandia, 6 de mayo de 2025.- Enrique Antonio Domenech Pla, titular Acctal. del
Órgano de apoyo a la JGCG (Resolución Director Aministración Local 14/11/2023)

cve: BOE-N-2025-e27894d87a02e5e9fb95412dbd157d3a92a754f1
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Núm. 115