Administración Local. Sevilla. Ayuntamiento De Puebla Del Río, La. (BOE-N-2025-342885)
Anuncio de notificación de 6 de mayo de 2025 en procedimiento Incoación Expediente Sancionador.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 115

Martes 13 de mayo de 2025

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Suplemento de Notificaciones

ADMINISTRACIÓN LOCAL
SEVILLA
AYUNTAMIENTO DE PUEBLA DEL RÍO, LA
Anuncio de notificación de 6 de mayo de 2025 en procedimiento Incoación Expediente
Sancionador.
ID: N2500335007

DOÑA MARIA DOLORES PROSPER PEREZ, ALCALDESA-PRESIDENTA DEL
AYUNTAMIENTO DE LA PUEBLA DEL RIO (SEVILLA).HACE SABER: Que por Decreto de Alcaldía nº 179/2025, de fecha 11 de Febrero
ppdo., se inició expediente sancionador a D. Rogelio Suárez Amaya, del siguiente tenor
literal:

1.- Que los hechos expuestos en la denuncia constituyen una infracción tipificada
como grave en el artículo 28 g) de la citada Ordenanza y puede ser sancionado según
dispone el artículo 30 de la misma, con multa desde 301 a 1.500 euros. En el presente
caso, se considera ajustado al principio de proporcionalidad cifrarla en TRESCIENTOS
UN EUROS (301,00 euros), sin perjuicio de lo que resulte de la instrucción.
2.- La Sra. Alcaldesa es el órgano competente para acordar el inicio del
procedimiento sancionador por los hechos denunciados.
Por cuanto antecede, y a la vista de lo expuesto, y en uso de las facultades que me
confiere el artículo 21.1 de la Ley 7/85, de 2 de Abril, Reguladora de Bases de Régimen
Local, en atención ello a lo dispuesto en el artículo 5.2 de la Ley 5/2010, de 11 de Junio,
de Autonomía Local de Andalucía, así como el art. 41 del Reglamento de Organización,
Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por RD
2568/1986, de 28 de noviembre.
RESUELVO
PRIMERO.- Iniciar procedimiento sancionador a D. Rogelio Suárez Amaya para
determinar la infracción en que hubiera podido incurrir y la aplicación, en su caso, de la
sanción que en derecho proceda, por los hechos expuestos anteriormente, de
conformidad con lo dispuesto en los artículos 77 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas

cve: BOE-N-2025-278f279fd18bd1dd6f1535889a61b5ba7c64f580
Verificable en https://www.boe.es

“Visto el informe de la Policía Local de fecha 1 de Enero ppdo., sobre infracción a la
Ordenanza Municipal de Convivencia y Civismo de este Ayuntamiento, en el que se hace
constar que a las 00.50 horas del día 1 de Enero de 2025, mientras los agentes se
encontraban realizando ronda de vigilancia, observan como en la Plaza Cogujada se
estaba realizando lanzamientos de petardos. Que una vez entramos en la plaza
observamos como un joven lanzaba muchos petardos, provocando un gran estruendo y
molestias por ruido, identificándolo los agentes e informándole que el uso de la pirotecnia
está prohibido en todo el municipio y todos los días del año, mostrando su
disconformidad manifestando que era una noche especial y que estaba con sus
hermanos pequeños que estaban muy contentos. Que los actuantes le instan a que no
lancen más cohetes, a lo que accede a regañadientes, además de informarle que se
procederá a denunciarle por los hechos expuestos, y teniendo en cuenta: