Comunidades Y Ciudades Autónomas. Ciudad De Ceuta. Consejería De Fomento, Medio Ambiente Y Servicios Urbanos. (BOE-N-2025-337537)
Anuncio de notificación de 5 de mayo de 2025 en procedimiento Sancionador por el ejercicio de la actividad de peluquería, sin licencia en Grupos Los Rosales, nº 43 de Ceuta.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 113
Sábado 10 de mayo de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
COMUNIDADES Y CIUDADES AUTÓNOMAS
CIUDAD DE CEUTA
CONSEJERÍA DE FOMENTO, MEDIO AMBIENTE Y SERVICIOS URBANOS
Anuncio de notificación de 5 de mayo de 2025 en procedimiento Sancionador por el
ejercicio de la actividad de peluquería, sin licencia en Grupos Los Rosales, nº 43 de
Ceuta.
ID: N2500330385
En relación con la denuncia de los Servicios de la Policía Local al titular del DNI
45115801J, por ejercer la actividad de Peluquería, en Grupos Los Rosales, nº 43, le
comunico que dicha actividad se encuentra recogida en la Ley 12/2012, de 26 de
diciembre, de medidas urgentes de liberalización del comercio y de determinados
servicios (B.O.E. nº 311, de fecha 27 de diciembre de 2012).
Mediante registro de documentación posterior al alta, con fecha 9 de abril de 2025 se
presenta por parte del interesado solicitud de cambio de titularidad. Dado que no consta
licencia concedida para el ejercicio de la actividad denunciada, deberá presentar modelo
de declaración responsable, en un plazo no superior a QUINCE DIAS, a contar a partir
del siguiente a esta notificación, todo ello de acuerdo con lo establecido en la Ordenanza
Municipal Reguladora del Ejercicio de Actividades Comerciales y Prestación de
Determinados Servicios, sujetas a Procedimiento de Comunicación Previa o Declaración
Responsable (BOCCE nº 5394, de 26 de agosto de 2014), sin perjuicio del inicio del
correspondiente procedimiento sancionador.
La declaración responsable junto con la documentación requerida, se presentará
como una nueva solicitud y no como un registro de documentación posterior al alta.
Ceuta, 5 de mayo de 2025.- El CONSEJERO DE FOMENTO, MEDIO AMBIENTE Y
SERVICIOS URBANOS - Alejandro Ramírez Hurtado
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-N-2025-69f840ca7b56062831807da27c71007615c30d38
Verificable en https://www.boe.es
Atendido que no ha podido practicarse la notificación de esta Resolución al titular del
DNI 45115801J, en los términos del Art. 44, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, por el
presente Anuncio se hace pública la anterior resolución.
Núm. 113
Sábado 10 de mayo de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
COMUNIDADES Y CIUDADES AUTÓNOMAS
CIUDAD DE CEUTA
CONSEJERÍA DE FOMENTO, MEDIO AMBIENTE Y SERVICIOS URBANOS
Anuncio de notificación de 5 de mayo de 2025 en procedimiento Sancionador por el
ejercicio de la actividad de peluquería, sin licencia en Grupos Los Rosales, nº 43 de
Ceuta.
ID: N2500330385
En relación con la denuncia de los Servicios de la Policía Local al titular del DNI
45115801J, por ejercer la actividad de Peluquería, en Grupos Los Rosales, nº 43, le
comunico que dicha actividad se encuentra recogida en la Ley 12/2012, de 26 de
diciembre, de medidas urgentes de liberalización del comercio y de determinados
servicios (B.O.E. nº 311, de fecha 27 de diciembre de 2012).
Mediante registro de documentación posterior al alta, con fecha 9 de abril de 2025 se
presenta por parte del interesado solicitud de cambio de titularidad. Dado que no consta
licencia concedida para el ejercicio de la actividad denunciada, deberá presentar modelo
de declaración responsable, en un plazo no superior a QUINCE DIAS, a contar a partir
del siguiente a esta notificación, todo ello de acuerdo con lo establecido en la Ordenanza
Municipal Reguladora del Ejercicio de Actividades Comerciales y Prestación de
Determinados Servicios, sujetas a Procedimiento de Comunicación Previa o Declaración
Responsable (BOCCE nº 5394, de 26 de agosto de 2014), sin perjuicio del inicio del
correspondiente procedimiento sancionador.
La declaración responsable junto con la documentación requerida, se presentará
como una nueva solicitud y no como un registro de documentación posterior al alta.
Ceuta, 5 de mayo de 2025.- El CONSEJERO DE FOMENTO, MEDIO AMBIENTE Y
SERVICIOS URBANOS - Alejandro Ramírez Hurtado
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-N-2025-69f840ca7b56062831807da27c71007615c30d38
Verificable en https://www.boe.es
Atendido que no ha podido practicarse la notificación de esta Resolución al titular del
DNI 45115801J, en los términos del Art. 44, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, por el
presente Anuncio se hace pública la anterior resolución.