Administración Local. Asturias. Ayuntamiento De Siero. (BOE-N-2025-337557)
Anuncio de notificación de 5 de mayo de 2025 en procedimiento Baja por inclusión indebida en el padrón municipal de habitantes.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 113
Sábado 10 de mayo de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
ASTURIAS
AYUNTAMIENTO DE SIERO
Anuncio de notificación de 5 de mayo de 2025 en procedimiento Baja por inclusión
indebida en el padrón municipal de habitantes.
ID: N2500331572
TRAMITE DE AUDIENCIA
De conformidad con lo previsto en el artículo 72 del Real Decreto 1690/1986, de 11
de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de
las Entidades Locales, los ayuntamientos darán de baja por inscripción indebida a
quienes figuren empadronados incumpliendo los requisitos del artículo 54 del referido
reglamento, una vez comprobada esta circunstancia en el correspondiente expediente y
del que se dará audiencia al interesado.
Notificada, mediante publicación en el BOE de fecha 11 de marzo de dos mil
veinticinco, Resolución de la Concejalía Delegada del área de Hacienda, Contratación,
Digitalización, Organización y Régimen Interior, de fecha 21 de febrero de dos mil
veinticinco, por la que se incoa expediente administrativo para proceder a su baja de
oficio en el Padrón Municipal de Habitantes de este Municipio.
Expediente 21219103M
DNI
71679815Q
Si antes del vencimiento del plazo, se manifiesta su decisión de no efectuar
alegaciones ni aportar nuevos documentos o justificaciones, se tendrá por realizado el
trámite.
La Pola Siero, 5 de mayo de 2025.- El Alcalde de Siero
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-N-2025-1efbe4b6497ea05a40a7fa930a2713e0f4b49cbd
Verificable en https://www.boe.es
Se le confiere trámite de audiencia para que en el plazo de diez días hábiles
comparezca, examine el expediente si lo desea y alegue lo que estime oportuno,
aportando cuantos documentos o justificaciones estime pertinentes, según lo regulado
en el art. 82 de la Ley 39/2015, de 1 de Octubre, Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas (LPACAP).
Núm. 113
Sábado 10 de mayo de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
ASTURIAS
AYUNTAMIENTO DE SIERO
Anuncio de notificación de 5 de mayo de 2025 en procedimiento Baja por inclusión
indebida en el padrón municipal de habitantes.
ID: N2500331572
TRAMITE DE AUDIENCIA
De conformidad con lo previsto en el artículo 72 del Real Decreto 1690/1986, de 11
de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de
las Entidades Locales, los ayuntamientos darán de baja por inscripción indebida a
quienes figuren empadronados incumpliendo los requisitos del artículo 54 del referido
reglamento, una vez comprobada esta circunstancia en el correspondiente expediente y
del que se dará audiencia al interesado.
Notificada, mediante publicación en el BOE de fecha 11 de marzo de dos mil
veinticinco, Resolución de la Concejalía Delegada del área de Hacienda, Contratación,
Digitalización, Organización y Régimen Interior, de fecha 21 de febrero de dos mil
veinticinco, por la que se incoa expediente administrativo para proceder a su baja de
oficio en el Padrón Municipal de Habitantes de este Municipio.
Expediente 21219103M
DNI
71679815Q
Si antes del vencimiento del plazo, se manifiesta su decisión de no efectuar
alegaciones ni aportar nuevos documentos o justificaciones, se tendrá por realizado el
trámite.
La Pola Siero, 5 de mayo de 2025.- El Alcalde de Siero
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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-N-2025-1efbe4b6497ea05a40a7fa930a2713e0f4b49cbd
Verificable en https://www.boe.es
Se le confiere trámite de audiencia para que en el plazo de diez días hábiles
comparezca, examine el expediente si lo desea y alegue lo que estime oportuno,
aportando cuantos documentos o justificaciones estime pertinentes, según lo regulado
en el art. 82 de la Ley 39/2015, de 1 de Octubre, Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas (LPACAP).