Administración Local. Girona. Diputación Provincial De Girona. (BOE-N-2025-330266)
XARXA LOCAL DE MUNICIPIS DE LA DIPUTACIÓ DE GIRONA (XALOC). Anuncio de notificación de 5 de mayo de 2025 en procedimiento de notificación de resoluciones sancionadoras por infracciones de tráfico en vía urbana.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 8 de mayo de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
GIRONA
DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE GIRONA
XARXA LOCAL DE MUNICIPIS DE LA DIPUTACIÓ DE GIRONA (XALOC). Anuncio de
notificación de 5 de mayo de 2025 en procedimiento de notificación de resoluciones
sancionadoras por infracciones de tráfico en vía urbana.
ID: N2500330665
XALOC, Xarxa Local de Municipis de la Diputació de Girona en uso de las facultades
que tiene conferidas por delegación de los correspondientes ayuntamientos HACE
SABER:
Que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 44 y 45 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
(BOE núm. 236 de 02 de Octubre), y el artículo 91 Real Decreto Legislativo 6/2015, de
30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico,
Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial -LSV-(BOE núm. 261 de 31 de
Octubre), se hace pública la notificación de las SANCIONES de los expedientes
sancionadores relacionados (aprobadas por el órgano competente según consta la web:
www.xalocgirona), al no haberse podido practicar en el último domicilio conocido de los
interesados.
La notificación se entenderá practicada transcurrido el período de veinte días
naturales desde la presente publicación.
Contra la notificación de la sanción, que agota la vía administrativa, cabe interponer:
a) RECURSO DE REPOSICIÓN POTESTATIVO ante el órgano competente indicado
en el anverso, mediante escrito a presentar en el plazo de un mes a partir del día
siguiente a la recepción de esta notificación (art. 96.2 de la LSV) ante del Registro
General del Ayuntamiento, o en cualquiera de las oficinas de XALOC que puede
consultar en la web http://www.xalocgirona.cat/index, o por cualquier medio válido en
derecho, haciendo constar núm. de expediente, fecha infracción, matrícula del vehículo.
La interposición del recurso de reposición no suspende la ejecución del acto
impugnado ni la sanción. En caso de que el recurrente solicite la suspensión de la
ejecución, ésta se entenderá denegada transcurrido el plazo de un mes desde la
solicitud sin que se haya resuelto (art. 96.3 de la LSV).
b) RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO en el plazo de dos meses a partir
del día siguiente a la recepción de esta notificación, ante el juzgados contenciosos
administrativos de la provincia de Girona o ante los competentes territorialmente en la
provincia de la localidad donde resida. En todo caso, la elección del juzgado contencioso
administrativo se entiende siempre limitada a los órganos jurisdiccionales de la
circunscripción del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña.
En caso de haber interpuesto recurso de reposición, el mismo se entenderá
desestimado presuntamente transcurrido un mes desde el día siguiente de su
interposición sin que la resolución expresa de este os haya sido notificada. En este caso
el recurso Contencioso Administrativo podrá interponerse desde el día siguiente al de la
fecha en que se hubiera producido la desestimación presunta del recurso de reposición o
cve: BOE-N-2025-af08eb6d468d875aee7495727fa7f520c0931a33
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 111
Jueves 8 de mayo de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
GIRONA
DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE GIRONA
XARXA LOCAL DE MUNICIPIS DE LA DIPUTACIÓ DE GIRONA (XALOC). Anuncio de
notificación de 5 de mayo de 2025 en procedimiento de notificación de resoluciones
sancionadoras por infracciones de tráfico en vía urbana.
ID: N2500330665
XALOC, Xarxa Local de Municipis de la Diputació de Girona en uso de las facultades
que tiene conferidas por delegación de los correspondientes ayuntamientos HACE
SABER:
Que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 44 y 45 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
(BOE núm. 236 de 02 de Octubre), y el artículo 91 Real Decreto Legislativo 6/2015, de
30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico,
Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial -LSV-(BOE núm. 261 de 31 de
Octubre), se hace pública la notificación de las SANCIONES de los expedientes
sancionadores relacionados (aprobadas por el órgano competente según consta la web:
www.xalocgirona), al no haberse podido practicar en el último domicilio conocido de los
interesados.
La notificación se entenderá practicada transcurrido el período de veinte días
naturales desde la presente publicación.
Contra la notificación de la sanción, que agota la vía administrativa, cabe interponer:
a) RECURSO DE REPOSICIÓN POTESTATIVO ante el órgano competente indicado
en el anverso, mediante escrito a presentar en el plazo de un mes a partir del día
siguiente a la recepción de esta notificación (art. 96.2 de la LSV) ante del Registro
General del Ayuntamiento, o en cualquiera de las oficinas de XALOC que puede
consultar en la web http://www.xalocgirona.cat/index, o por cualquier medio válido en
derecho, haciendo constar núm. de expediente, fecha infracción, matrícula del vehículo.
La interposición del recurso de reposición no suspende la ejecución del acto
impugnado ni la sanción. En caso de que el recurrente solicite la suspensión de la
ejecución, ésta se entenderá denegada transcurrido el plazo de un mes desde la
solicitud sin que se haya resuelto (art. 96.3 de la LSV).
b) RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO en el plazo de dos meses a partir
del día siguiente a la recepción de esta notificación, ante el juzgados contenciosos
administrativos de la provincia de Girona o ante los competentes territorialmente en la
provincia de la localidad donde resida. En todo caso, la elección del juzgado contencioso
administrativo se entiende siempre limitada a los órganos jurisdiccionales de la
circunscripción del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña.
En caso de haber interpuesto recurso de reposición, el mismo se entenderá
desestimado presuntamente transcurrido un mes desde el día siguiente de su
interposición sin que la resolución expresa de este os haya sido notificada. En este caso
el recurso Contencioso Administrativo podrá interponerse desde el día siguiente al de la
fecha en que se hubiera producido la desestimación presunta del recurso de reposición o
cve: BOE-N-2025-af08eb6d468d875aee7495727fa7f520c0931a33
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 111