Administración Local. Girona. Diputación Provincial De Girona. (BOE-N-2025-330258)
XARXA LOCAL DE MUNICIPIS DE LA DIPUTACIÓ DE GIRONA (XALOC). Anuncio de notificación de 5 de mayo de 2025 en procedimiento de notificación de requerimientos de identificación de conductor por infracciones de tráfico en vía urbana.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 8 de mayo de 2025

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Suplemento de Notificaciones

ADMINISTRACIÓN LOCAL
GIRONA
DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE GIRONA
XARXA LOCAL DE MUNICIPIS DE LA DIPUTACIÓ DE GIRONA (XALOC). Anuncio de
notificación de 5 de mayo de 2025 en procedimiento de notificación de requerimientos de
identificación de conductor por infracciones de tráfico en vía urbana.
ID: N2500330648

XALOC, Xarxa Local de Municipis de la Diputació de Girona en uso de las facultades
que tiene conferidas por delegación de los correspondientes ayuntamientos HACE
SABER:
Que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 44 y 45 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
(BOE núm. 236 de 02 de Octubre), y artículo 91 Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30
de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación
de Vehículos a Motor y Seguridad Vial -LSV-(BOE núm. 261 de 31 de Octubre), se hace
pública a los presuntos responsables (arts. 82 y 11 del LSV) la notificación de la
denuncia con motivo de la incoación de los expedientes sancionadores relacionados por
infracción a la normativa de tráfico que constan en el listado anexo, y REQUERIMIENTO
DE IDENTIFICACIÓN DEL CONDUCTOR RESPONSABLE DE LA INFRACCIÓN al no
haberse podido practicar en el último domicilio conocido de los interesados.
La notificación se entenderá practicada transcurrido el período de veinte días
naturales desde la presente publicación. A partir de esa fecha, los titulares de los
vehículos denunciados tienen un plazo de 20 días naturales para proceder a la
identificación del conductor responsable de la infracción (art. 93.1 de la LSV). Los datos
facilitados deben incluir el número del permiso o licencia de conducción que permita la
identificación en el Registro de conductores e infractores del organismo autónomo de la
Jefatura Central de Tráfico. Si el conductor no figura inscrito en el Registro de
conductores e infractores, el titular deberá disponer de copia de la autorización
administrativa que le habilite a conducir en España y facilitarla a la Administración
cuando le sea requerida. Si el titular es una empresa de alquiler de vehículos sin
conductor, la copia de la autorización administrativa podrá sustituirse por la copia del
contrato de arrendamiento (art. 11 de la LSV).
Puede efectuar este trámite contactando con el centro de atención al usuario de
XALOC al teléfono 972 900 251 o al correo electrónico: cau@xalocgirona.cat, indicando
el número de expediente, y se le facilitará un código de verificación segura mediante el
cual accediendo a la Web de XALOC: http://www.xalocgirona.cat/tramits-amb-el-codisegur-de-verificacio-csv, podrá identificar al conductor responsable de la infracción.
La falta de identificación del conductor o, en su caso, de confirmación que se trata
del mismo titular del vehículo, así como la identificación realizada de manera incorrecta o
no veraz - de acuerdo con la doctrina establecida por el Tribunal Constitucional
(sentencia 117/2016, de 20 de junio de 2016. Recurso de amparo 4924 a 2015)comportará el archivo de este expediente sancionador y la INCOACION DE UN NUEVO
EXPEDIENTE SANCIONADOR por la comisión de la infracción prevista en el artículo
77.j) de la LSV, por el incumplimiento de la obligación de identificar de manera veraz al

cve: BOE-N-2025-0786cd58d0f038a43083a72c1d8daf44ce8445be
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Núm. 111