Notarías Y Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Almería. (BOE-N-2025-331354)
REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE ROQUETAS DE MAR 3. Anuncio de notificación de 5 de mayo de 2025 en procedimiento inmatriculación de fincas conforme al artículo 205 de la ley hipotecaria.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 111
Jueves 8 de mayo de 2025
Supl. N. Pág. 3
terceros hasta transcurridos dos años desde esta fecha, quedando pendiente de la
constancia registral de la publicación del edicto reglamentario..
- Inscripción 1ª del historial digital de la finca 26882 DE VICAR, en virtud de la cual
se ha inscrito a favor de Don LUIS HERNANDEZ RUIZ, con N.I.F. número 75.269.077-J:
a) El pleno dominio de esta finca con carácter privativo, por título de donación; y b) la
representación gráfica georreferenciada de esta finca, que queda coordinada con el
catastro, dejando constancia registral de la posible situación de fuera de ordenación de
la construcción ahora declarada. Esta inscripción se practica al amparo de los artículos
205 de la Ley Hipotecaria y 298 de su Reglamento, sujeta a la LIMITACION de efectos
del artículo 207 de la Ley Hipotecaria, de manera que no surtirá efectos respecto de
terceros hasta transcurridos dos años desde esta fecha, quedando pendiente de la
constancia registral de la publicación del edicto reglamentario..
- Inscripción 1ª del historial digital de la finca 26883 DE VICAR, en virtud de la cual
se ha inscrito a favor de Don FRANCISCO HERNANDEZ RUIZ, con N.I.F. número
75.268.943-V: a) El pleno dominio de esta finca con carácter privativo, por título de
donación; y b) la representación gráfica georreferenciada de esta finca, que queda
coordinada con el catastro, dejando constancia registral de la posible situación de fuera
de ordenación de la construcción ahora declarada. Esta inscripción se practica al amparo
de los artículos 205 de la Ley Hipotecaria y 298 de su Reglamento, sujeta a la
LIMITACION de efectos del artículo 207 de la Ley Hipotecaria, de manera que no surtirá
efectos respecto de terceros hasta transcurridos dos años desde esta fecha, quedando
pendiente de la constancia registral de la publicación del edicto reglamentario...
TITULO: Así resulta de la escritura autorizada por el Notario de ALMERÍA, DON
EMILIO EUGENIO NAVARRO MORENO, el día veintisiete de marzo del año dos mil
veinticuatro, protocolo número 642/2024.
cve: BOE-N-2025-b9f92158dbe5242dd07c303c626fd22cfab5e9be
Verificable en https://www.boe.es
Roquetas de Mar, 5 de mayo de 2025.- El/La Registrador/a, Eduardo Entrala Bueno
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 111
Jueves 8 de mayo de 2025
Supl. N. Pág. 3
terceros hasta transcurridos dos años desde esta fecha, quedando pendiente de la
constancia registral de la publicación del edicto reglamentario..
- Inscripción 1ª del historial digital de la finca 26882 DE VICAR, en virtud de la cual
se ha inscrito a favor de Don LUIS HERNANDEZ RUIZ, con N.I.F. número 75.269.077-J:
a) El pleno dominio de esta finca con carácter privativo, por título de donación; y b) la
representación gráfica georreferenciada de esta finca, que queda coordinada con el
catastro, dejando constancia registral de la posible situación de fuera de ordenación de
la construcción ahora declarada. Esta inscripción se practica al amparo de los artículos
205 de la Ley Hipotecaria y 298 de su Reglamento, sujeta a la LIMITACION de efectos
del artículo 207 de la Ley Hipotecaria, de manera que no surtirá efectos respecto de
terceros hasta transcurridos dos años desde esta fecha, quedando pendiente de la
constancia registral de la publicación del edicto reglamentario..
- Inscripción 1ª del historial digital de la finca 26883 DE VICAR, en virtud de la cual
se ha inscrito a favor de Don FRANCISCO HERNANDEZ RUIZ, con N.I.F. número
75.268.943-V: a) El pleno dominio de esta finca con carácter privativo, por título de
donación; y b) la representación gráfica georreferenciada de esta finca, que queda
coordinada con el catastro, dejando constancia registral de la posible situación de fuera
de ordenación de la construcción ahora declarada. Esta inscripción se practica al amparo
de los artículos 205 de la Ley Hipotecaria y 298 de su Reglamento, sujeta a la
LIMITACION de efectos del artículo 207 de la Ley Hipotecaria, de manera que no surtirá
efectos respecto de terceros hasta transcurridos dos años desde esta fecha, quedando
pendiente de la constancia registral de la publicación del edicto reglamentario...
TITULO: Así resulta de la escritura autorizada por el Notario de ALMERÍA, DON
EMILIO EUGENIO NAVARRO MORENO, el día veintisiete de marzo del año dos mil
veinticuatro, protocolo número 642/2024.
cve: BOE-N-2025-b9f92158dbe5242dd07c303c626fd22cfab5e9be
Verificable en https://www.boe.es
Roquetas de Mar, 5 de mayo de 2025.- El/La Registrador/a, Eduardo Entrala Bueno
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