Notarías Y Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Illes Balears. (BOE-N-2025-331621)
REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE PALMA DE MALLORCA 5. Anuncio de notificación de 6 de mayo de 2025 en procedimiento de notificación a los colindantes del artículo 199 de la Ley Hipotecaria.
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Jueves 8 de mayo de 2025

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Suplemento de Notificaciones

NOTARÍAS Y REGISTROS DE LA
PROPIEDAD, MERCANTILES Y DE BIENES
MUEBLES
REGISTROS DE LA PROPIEDAD, MERCANTILES Y DE BIENES
MUEBLES
ILLES BALEARS
REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE PALMA DE MALLORCA 5. Anuncio de notificación
de 6 de mayo de 2025 en procedimiento de notificación a los colindantes del artículo 199
de la Ley Hipotecaria.
ID: N2500333304

Modificación de la superficie y actualización de linderos de la finca 1.866 de Santa
Eugènia tras la agregación a la misma de las registrales 1.863 y 2.491 del mismo término
municipal, de conformidad con el artículo 199 de la Ley Hipotecaria
DESTINATARIOS: Doña MAGDALENA GELABERT PABLO, con N.I.F. ***5697**,
como titular catastral de la parcela 12 del polígono 1 de Santa Eugènia, y don MEHTA
SUHRUD PRAKASH, con N.I.E. ***6363**, como titular registral de la finca 404 y
parcelas catastrales 15 y 18 del polígono 1 de dicho término municipal, por la presente
se les notifica el inicio en este Registro de un expediente de agregación y modificación
de descripción y georreferenciación al amparo del artículo 199 de la Ley Hipotecaria, de
la finca que resultará de la agregación de las fincas registrales 1.863 y 2.491 a la finca
registral 1.866 de Santa Eugènia, propiedad de doña MICAELA VIDAL OBRADOR y don
SALVADOR GONZÁLEZ GINARD, lo cual puede afectar a la posible inscripción de la
representación gráfica de la finca de su propiedad, según resulta del contenido del
Registro.
La presente notificación se verifica en su condición de colindantes de la finca objeto
del expediente y se les informa de que tienen un plazo de 20 días hábiles desde la
recepción de la presente, para que usted puedan comparecer ante el Registrador, en
orden a alegar y justificar lo que a su derecho convenga, debiendo aportar la
Representación Gráfica Alternativa y/o Catastral de la finca de su propiedad, bien
personalmente, previa cita, o bien por medio de escrito con firma legitimada ante notario
o firma electrónica reconocida y presentada electrónicamente en el Registro de la
Propiedad. Si actúan por medio de representante, deberán acreditar su representación,
con los documentos públicos pertinentes.
En el caso de no comparecer y justificar su oposición, se entenderá que no se
oponen a la inscripción de la representación georreferenciada de dicha finca, conforme al
citado artículo 199 de la Ley Hipotecaria.
La modificación de descripción, cuya inscripción se pretende, consiste en la
modificación de superficie de la finca resultante de dicha agregación, de manera que de
los 58.143,83 m2 que suman las superficies de las tres citadas fincas según Registro,
pasaría a tener 57.201,61 m2, es decir, una reducción de cabida de 942,22 m2, según
Representación Gráfica Alternativa, que abajo se indica. Tiene las referencias catastrales

cve: BOE-N-2025-0e7d3255275559a206e3f8597de8c3ab8d2c6766
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Núm. 111