Notarías Y Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Murcia. (BOE-N-2025-331786)
REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE MURCIA 7. Anuncio de notificación de 29 de abril de 2025.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 111
Jueves 8 de mayo de 2025
Supl. N. Pág. 2
9001 del Polígono 139 con referencia catastral 30030A139090010000AZ, que separa las
dos porciones que la integran: 1. Porción Zona 1, sita al oeste del camino: con una
superficie de cuatro mil cuatrocientos sesenta y dos metros con treinta y cuatro
decímetros cuadrados, que linda: Norte y Oeste, con parcela catastral
30030A139000140000AB; Sur, con parcela catastral 30030A139090220000AK, con
parcela
catastral
30030A139001650000AE,
con
parcela
catastral
001400900XH70D0001XF; Este, con camino, identificado catastralmente como parcela
30030A139090010000AZ. Porción Zona 2, sita al Este del camino: con una superficie de
trescientos ochenta y siete metros con cuarenta y cuatro decímetros cuadrados, que
linda: Norte, con parcela catastral 30030A139000800000AA; Sur, con parcela catastral
30030A139000210000AP; Este, con parcela catastral 30030A139000800000AA y con
parcela catastral 30030A139000210000AP y Oeste, con camino, identificado
catastralmente como parcela 30030A139090010000AZ”
-En el título presentado se solicita inscribir la modificación de cabida y linderos de la
finca, resultando un defecto de cabida, para ello se aporta la base gráfica
georreferenciada de carácter alternativo de la parcela, por lo que, para que tenga acceso
al Registro es necesario tramitar el expediente del artículo 199 de la Ley Hipotecaria.
3.- REPRESENTACIÓN GRÁFICA QUE SE PRETENDE INSCRIBIR:
ALTERNATIVA: según informe de validación gráfica catastral, con resultado positivo,
obtenido por el Arquitecto, Don Alvaro García Luna, Colegiado nº 2.138 del Colegio
Oficial de Arquitectos de Murcia, en veintisiete de febrero de dos mil veinticinco, de la
Sede Electrónica del Catastro, y que se puede verificar en la página web https://
www.sedecatastro.gob.es mediante el siguiente CSV: SWYBYT0VW7WD4VMG.
ENLACE AL CORRESPONDIENTE RECINTO GEOGRÁFICO EN EL VISOR
PÚBLICO DE ALERTAS GEOGRÁFICAS REGISTRALES.
https://geoportal.registradores.org/idtramite/ID30030200001806
4.- COLINDANTES DESCONOCIDOS:
-Don Diego Miguel Brugarolas Hernández
-Don Serafín Plana Soto
-Don Salvador Meseguer Rodriguez
OBSERVACIONES: Conforme al mismo precepto legal, los interesados podrán
comparecer en el plazo de los veinte días siguientes a la recepción de la presente
notificación en la oficina de este Registro de la Propiedad para alegar lo que a su
derecho convenga.
A la vista de las alegaciones efectuadas, el Registrador decidirá motivadamente
según su prudente criterio, sin que la mera oposición de quien no haya acreditado ser
titular registral de la finca o de cualquiera de las registrales colindantes determine
necesariamente la denegación de la inscripción.
Si lo desean, también pueden remitir sus alegaciones por escrito con firma
legitimada, o con firma electrónica reconocida, y, en su caso, acreditando la
representación en la que actúe.
Todo ello, a la siguiente dirección:
Registro de la Propiedad de Murcia Siete
Avda General Gutiérrez Mellado 9, 2º
Edificio Centrofama
30008 Murcia
cve: BOE-N-2025-42828f536058a23f26856f7d75920908e710e120
Verificable en https://www.boe.es
- Don Daniel Giménez Martínez
Núm. 111
Jueves 8 de mayo de 2025
Supl. N. Pág. 2
9001 del Polígono 139 con referencia catastral 30030A139090010000AZ, que separa las
dos porciones que la integran: 1. Porción Zona 1, sita al oeste del camino: con una
superficie de cuatro mil cuatrocientos sesenta y dos metros con treinta y cuatro
decímetros cuadrados, que linda: Norte y Oeste, con parcela catastral
30030A139000140000AB; Sur, con parcela catastral 30030A139090220000AK, con
parcela
catastral
30030A139001650000AE,
con
parcela
catastral
001400900XH70D0001XF; Este, con camino, identificado catastralmente como parcela
30030A139090010000AZ. Porción Zona 2, sita al Este del camino: con una superficie de
trescientos ochenta y siete metros con cuarenta y cuatro decímetros cuadrados, que
linda: Norte, con parcela catastral 30030A139000800000AA; Sur, con parcela catastral
30030A139000210000AP; Este, con parcela catastral 30030A139000800000AA y con
parcela catastral 30030A139000210000AP y Oeste, con camino, identificado
catastralmente como parcela 30030A139090010000AZ”
-En el título presentado se solicita inscribir la modificación de cabida y linderos de la
finca, resultando un defecto de cabida, para ello se aporta la base gráfica
georreferenciada de carácter alternativo de la parcela, por lo que, para que tenga acceso
al Registro es necesario tramitar el expediente del artículo 199 de la Ley Hipotecaria.
3.- REPRESENTACIÓN GRÁFICA QUE SE PRETENDE INSCRIBIR:
ALTERNATIVA: según informe de validación gráfica catastral, con resultado positivo,
obtenido por el Arquitecto, Don Alvaro García Luna, Colegiado nº 2.138 del Colegio
Oficial de Arquitectos de Murcia, en veintisiete de febrero de dos mil veinticinco, de la
Sede Electrónica del Catastro, y que se puede verificar en la página web https://
www.sedecatastro.gob.es mediante el siguiente CSV: SWYBYT0VW7WD4VMG.
ENLACE AL CORRESPONDIENTE RECINTO GEOGRÁFICO EN EL VISOR
PÚBLICO DE ALERTAS GEOGRÁFICAS REGISTRALES.
https://geoportal.registradores.org/idtramite/ID30030200001806
4.- COLINDANTES DESCONOCIDOS:
-Don Diego Miguel Brugarolas Hernández
-Don Serafín Plana Soto
-Don Salvador Meseguer Rodriguez
OBSERVACIONES: Conforme al mismo precepto legal, los interesados podrán
comparecer en el plazo de los veinte días siguientes a la recepción de la presente
notificación en la oficina de este Registro de la Propiedad para alegar lo que a su
derecho convenga.
A la vista de las alegaciones efectuadas, el Registrador decidirá motivadamente
según su prudente criterio, sin que la mera oposición de quien no haya acreditado ser
titular registral de la finca o de cualquiera de las registrales colindantes determine
necesariamente la denegación de la inscripción.
Si lo desean, también pueden remitir sus alegaciones por escrito con firma
legitimada, o con firma electrónica reconocida, y, en su caso, acreditando la
representación en la que actúe.
Todo ello, a la siguiente dirección:
Registro de la Propiedad de Murcia Siete
Avda General Gutiérrez Mellado 9, 2º
Edificio Centrofama
30008 Murcia
cve: BOE-N-2025-42828f536058a23f26856f7d75920908e710e120
Verificable en https://www.boe.es
- Don Daniel Giménez Martínez