Notarías Y Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Madrid. (BOE-N-2025-331722)
REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE MORALZARZAL. Anuncio de notificación de 5 de mayo de 2025 en procedimiento en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 199.1 de la Ley Hipotecaria.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 111

Jueves 8 de mayo de 2025

Supl. N. Pág. 2

decímetros cuadrados, y el porche treinta y seis metros sesenta decímetros cuadrados; y
además tiene un patio interior de catorce metros cuadrados. El resto de la superficie no
edificada se destina a jardín. Era la parcela cuarenta y tres del polígono seis.Finca No Coordinada con Catastro
Municipio: MORALZARZAL
FINCA Nº: 1092
CRU: 28078000228478
URBANA. Parcela de terreno en término de Moralzarzal, al sitio del "Cerrillo de la
Fragua", procedente de la Herrén del Arroyo, de caber unos dos mil ciento setenta
metros cuadrados. Linda: Norte, en línea de unos cuarenta y cinco metros, parcelas de la
misma procedencia prometidas a don Juan José Gómez Gómez y don Cayo Segovia
Alcón; Este, en línea de unos cuarenta metros, carretera de Villalba; Sur, en línea de
unos treinta y dos metros, calle abierta en la misma matriz, y en otra continuación de la
anterior, de unos veintiún metros y medio, resto de la finca de que se segregó; y Oeste,
en línea de unos cuarenta metros, finca de don Aurelio Ruiz Pasantino.Finca No Coordinada con Catastro

FINCA SEGREGADA. CRU 28182000783582. URBANA. Parcela de terreno en
término de Moralzarzal, calle Valleja, con una superficie de tres mil doscientos sesenta y
un metros seis decímetros cuadrados. Linda: izquierda entrando, o Norte, calle Valleja,
15, y calle Saliente, 6; derecha, o Sur, calle Valleja y calle de la Valleja, 19, 21, 23 y 25;
fondo, o Este, resto de finca matriz y calle Valleja, 19; y frente u Oeste, calle Valleja.
Según el expediente la finca lindaría con las siguientes referencias catastrales:
8134123VL1083S0001AL, calle Saliente, seis; 8134102VL1083S0001FL, calle Valleja,
quince; 8134121VL1083S0001HL, calle Valleja, diecinueve; 8134120VL1083S0001UL,
calle
Valleja,
21;
8134119VL1083S0001WL,
calle
Valleja,
veintitrés;
8134118VL1083S0001HL, calle Valleja, veinticinco; y 8134130VL1083S0001QL, finca
resto. Según Catastro se encuentra en la calle Valleja, número diecisiete, con una cabida
de tres mil doscientos sesenta metros cuadrados, que es con la cual quedaría inscrita.
Referencia catastral 8134131VL1083S0001PL.FINCA RESTO. CRU 28182000783575. URBANA. Parcela de terreno en término de
Moralzarzal, avenida Salud, número 36, con una extensión superficial de cuatro mil
setecientos cuarenta y cinco metros setenta decímetros cuadrados. Linda: derecha
entrando, o Norte, calle Saliente 8, 10 y 12, y avenida Salud 32 y 34; izquierda, o Sur,
calle Valleja 25 y 27, y avenida Salud, 38; frente, o Este, avenida de la Salud y avenida
Salud, 38; y fondo, u Oeste, calle Saliente, 12, y parcela segregada. Según el expediente
la finca lindaría con las siguientes referencias catastrales: 8134128VL1083S0001PL,
avenida Salud, treinta y cuatro; 8134127VL1083S0001QL, avenida Salud, treinta y dos;
8134126VL1083S0001GL, calle Saliente, doce; 8134125VL1083S0001YL, calle Saliente,

cve: BOE-N-2025-fd246ff7b96d48361e9a6da90089333ee70ba7a5
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En base a la documentación aportada y que motiva el procedimiento a que se refiere
el expediente aludido en la presente notificación-certificación, de tramitarse
correctamente en su totalidad dicho procedimiento de forma positiva, en la finca sobre la
que se practica dicho expediente se realizaría la operación de agrupación de las aludidas
fincas, de la cual se segregaría una parcela de 3261'06 metros cuadrados, quedando un
resto de 4745'70 metros cuadrados, dichas medidas según proyecto, si bien se
inscribirían las dos fincas finales resultantes, segregada y resto de la agrupada con las
cabidas catastrales de 3260 metros cuadrados y 4731 metros cuadrados, al haber sido la
base gráfica catastral la aportada y solicitada, realizándose una reducción de cabida total
de mil veintisiete metros cuadrados, diferencia de superficie entre la suma de las dos
extensiones registrales y las dos cabidas catastrales finales. Las dos fincas resultantes,
sin tener en cuenta la edificación previamente existente sobre la finca parcial 281,
quedarían descritas, en su caso, como sigue: