Notarías Y Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Lugo. (BOE-N-2025-331704)
REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE LUGO 1. Anuncio de notificación de 5 de mayo de 2025.
3 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 111
Jueves 8 de mayo de 2025
Supl. N. Pág. 2
1 617524.63 4762981.12
2 617524.58 4762981.53
3 617524.58 4762981.59
4 617524.87 4762989.35
5 617530.81 4762988.22
6 617531.82 4762987.63
7 617531.44 4762981.88
8 617531.52 4762980.74
9 617531.91 4762975.64
10 617532.11 4762973.07
11 617532.50 4762968.16
12 617532.91 4762962.82
13 617533.02 4762961.43
14 617533.12 4762960.11
15 617527.14 4762958.54
16 617527.04 4762959.38
17 617526.99 4762959.86
18 617526.29 4762966.17
19 617525.94 4762969.32
20 617525.61 4762972.31
21 617524.75 4762980.04
22 617524.63 4762981.12
Conforme al mismo precepto legal, el interesado podrá comparecer, por escrito con
firma legítimada o con firma electrónica reconocida, y, en su caso, acreditando la
representación en la que actúe, en el plazo de los veinte días siguientes a la recepción
de la presente notificación ante el Registrador para alegar lo que a su derecho convenga.
Todo ello a la siguiente dirección:
REGISTRO DE LA PROPIEDADE NÚMERO UNO DE LUGO
RONDA DE LA MURALLA, NÚMERO 167-168 BAJO DCHA
27004 LUGO
REFERENCIA: ASIENTO 555, del DIARIO 2025.
A la vista de las alegaciones efectuadas, el Registrador decidirá motivadamente
según su prudente criterio, sin que la mera oposición de quien no haya acreditado ser
titular registral de la finca o de cualquiera de las registrales colindantes determine
necesariamente la denegación de la inscripción.
OBSERVACIONES: conforme al artículo 10.5 de la Ley Hipotecaria, si tras la
tramitación del referido expediente la Registradora procediera a inscribir la referida
presentación gráfica y lista de coordenadas, se presumirá, con arreglo a lo dispuesto en
cve: BOE-N-2025-1236f0909655caf6be5e734e66ae399a9cfc7a37
Verificable en https://www.boe.es
Enlace al correspondiente recinto geográfico en el visor público de alertas
geográficas registrales a través del Código Registral Único -CRU/IDUFIR- en http://
geoportal.registradores.org.
Núm. 111
Jueves 8 de mayo de 2025
Supl. N. Pág. 2
1 617524.63 4762981.12
2 617524.58 4762981.53
3 617524.58 4762981.59
4 617524.87 4762989.35
5 617530.81 4762988.22
6 617531.82 4762987.63
7 617531.44 4762981.88
8 617531.52 4762980.74
9 617531.91 4762975.64
10 617532.11 4762973.07
11 617532.50 4762968.16
12 617532.91 4762962.82
13 617533.02 4762961.43
14 617533.12 4762960.11
15 617527.14 4762958.54
16 617527.04 4762959.38
17 617526.99 4762959.86
18 617526.29 4762966.17
19 617525.94 4762969.32
20 617525.61 4762972.31
21 617524.75 4762980.04
22 617524.63 4762981.12
Conforme al mismo precepto legal, el interesado podrá comparecer, por escrito con
firma legítimada o con firma electrónica reconocida, y, en su caso, acreditando la
representación en la que actúe, en el plazo de los veinte días siguientes a la recepción
de la presente notificación ante el Registrador para alegar lo que a su derecho convenga.
Todo ello a la siguiente dirección:
REGISTRO DE LA PROPIEDADE NÚMERO UNO DE LUGO
RONDA DE LA MURALLA, NÚMERO 167-168 BAJO DCHA
27004 LUGO
REFERENCIA: ASIENTO 555, del DIARIO 2025.
A la vista de las alegaciones efectuadas, el Registrador decidirá motivadamente
según su prudente criterio, sin que la mera oposición de quien no haya acreditado ser
titular registral de la finca o de cualquiera de las registrales colindantes determine
necesariamente la denegación de la inscripción.
OBSERVACIONES: conforme al artículo 10.5 de la Ley Hipotecaria, si tras la
tramitación del referido expediente la Registradora procediera a inscribir la referida
presentación gráfica y lista de coordenadas, se presumirá, con arreglo a lo dispuesto en
cve: BOE-N-2025-1236f0909655caf6be5e734e66ae399a9cfc7a37
Verificable en https://www.boe.es
Enlace al correspondiente recinto geográfico en el visor público de alertas
geográficas registrales a través del Código Registral Único -CRU/IDUFIR- en http://
geoportal.registradores.org.