Comunidades Y Ciudades Autónomas. Comunidad Autónoma De Galicia. Consellería Del Mar. (BOE-N-2025-329606)
PUERTOS DE GALICIA. Anuncio de notificación de 16 de abril de 2025 en procedimientos por la que se notifica el acuerdo de inicio del procedimiento administrativo sancionador del expediente 13-35-25-50.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 8 de mayo de 2025

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Suplemento de Notificaciones

COMUNIDADES Y CIUDADES AUTÓNOMAS
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE GALICIA
CONSELLERÍA DEL MAR
PUERTOS DE GALICIA. Anuncio de notificación de 16 de abril de 2025 en
procedimientos por la que se notifica el acuerdo de inicio del procedimiento
administrativo sancionador del expediente 13-35-25-50.
ID: N2500328999

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 44 y 46 de la Ley 39/2015, del
procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (en adelante,
LPAC), se notifica a la persona denunciada cuyos datos personales se mencionan en el
anexo, mediante la publicación en el Boletín Oficial del Estado, el acuerdo de inicio del
procedimiento administrativo sancionador por presunta infracción de la Ley 6/2017, de 12
de diciembre, de puertos de Galicia, en relación con el Reglamento de servicio y policía
de los puertos, aprobado por la Orden ministerial de 12 de junio de 1976, por no ser
posible la notificación en el domicilio.
Asimismo, este anuncio se publicará en el Diario Oficial de Galicia, si bien la eficacia
del acto notificado quedará supeditada a su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
El órgano competente para la resolución del expediente es el director del ente
público, de acuerdo con la tipificación y cuantía de la sanción, y en virtud de lo dispuesto
en el artículo 144.1.a) de la Ley 6/2017, de puertos de Galicia.
De acuerdo con el artículo 64.2.f) de la LPAC, dispone de un plazo de quince (15)
días, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente acuerdo, para
formular alegaciones y, en su caso, proponer prueba ante el instructor, concretando los
medios de los que pretenda valerse y citando el número de expediente.
Asimismo, y con anterioridad al trámite de audiencia, se podrán formular alegaciones
y aportar los documentos que se estimen convenientes.
De no efectuarse alegaciones en el plazo antes mencionado, este acuerdo, por
aplicación de lo establecido en el artículo 62.2.f) de la LPAC, será considerado propuesta
de resolución.
De reconocer voluntariamente su responsabilidad, se resolverá el procedimiento con
la imposición de la sanción que proceda.
Podrá procederse al pago voluntario de la multa con una reducción del 30 por ciento
sobre el importe de la sanción propuesta, mediante ingreso en cualquier oficina de las
entidades de depósito colaboradoras (Banco Sabadell, BBVA y Abanca), utilizando el
modelo de impreso que se facilitará en los servicios centrales de Puertos de Galicia y
presentándolo en cualquier entidad bancaria; el pago reducido comporta la renuncia a
formular alegaciones, la terminación del procedimiento sin necesidad de dictar resolución
y la imposibilidad de interposición de recurso en vía administrativa.
Por otra parte, disponen de un plazo máximo de diez (10) días, a contar desde la
publicación del presente acuerdo, para identificar, en caso de que no hubiese sido usted,
al/a la conductor/a del vehículo en la fecha y hora de la denuncia, indicando su nombre,
apellidos y documento nacional de identidad, así como el domicilio a efectos de

cve: BOE-N-2025-c8199759db100eb135473f9991679585f5ceca2f
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Núm. 111