Estado. Ministerio Para La Transición Ecológica Y El Reto Demográfico. Secretaría De Estado De Medio Ambiente. (BOE-N-2025-329358)
COMISARIA DE AGUAS. Anuncio de notificación de 5 de mayo de 2025 en procedimiento vía de apremio por impago de cuotas de cequiaje del año 2024. Art 44 notificación infructuosa de la Ley 39/2015 de 1 octubre de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 111

Jueves 8 de mayo de 2025

Supl. N. Pág. 1

Suplemento de Notificaciones

ESTADO
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO
DEMOGRÁFICO
SECRETARÍA DE ESTADO DE MEDIO AMBIENTE
COMISARIA DE AGUAS. Anuncio de notificación de 5 de mayo de 2025 en
procedimiento vía de apremio por impago de cuotas de cequiaje del año 2024. Art 44
notificación infructuosa de la Ley 39/2015 de 1 octubre de Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
ID: N2500330368

Ante la imposibilidad de practicarles notificación personal y de acuerdo con lo que
dispone el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, se notifica a los deudores que
se relacionan a continuación que según acuerdo del Sindicato de Riegos de Burriana en
Junta Ordinaria de 28 enero de 2025, se va a proceder a exigir el importe de cequiaje
pendiente del año 2024, por vía de apremio conforme lo dispuesto en los arts. 83.4 del
Texto Refundido de la Ley de Aguas, aprobado por Real Decreto Legislativo, de 20 de
julio y el art. 212.1 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico.
Finalizado el periodo voluntario del pago del cequiaje, se inicia tal como indica el art.
161.4 de la Ley General Tributaria, 58/2003 de 17 de diciembre, el período ejecutivo que
determinará la exigencia de los intereses de demora y de los recargos del período
ejecutivo en los términos de los art. 26 y 28 de la misma ley y, en su caso, de las costas
del procedimiento de apremio.

“Si la notificación de la providencia se realiza entre los días uno y 15 de cada mes,
desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 20 de dicho mes o, si éste no
fuera hábil hasta el inmediato hábil siguiente.
Si la notificación de la providencia de apremio se realiza entre los días 16 y último de
cada mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día cinco del mes
siguiente o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.”
Si no efectuase el pago en los periodos mencionados, se le aplicaría el recargo
ordinario del 20% (art. 28.4 Ley 58/2003 de 17 de diciembre).
NOMBRE DEL TITULAR

MUNICIPIO

PPAL+REC+GTO

ABDELAHDI EL HILALI

BURRIANA

130,54

ADELA HERNANDIS MONTAGUD

ALMASSORA

60,92

ADRIAN GIL CANTAVELLA

VILA-REAL

142,04

AGROBARO MMXX, S.L

MASCARELL

1.132,13

AGROKING DE LA PLANA S.A.

BURRIANA

211,56

AGUSTI ROVIRA, C.B.

BURRIANA

80,46

cve: BOE-N-2025-f8f663c8c729305a34f26994e67d043b48eb02e1
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En este sentido, el art. 28.3 de la Ley General Tributaria señala que se aplicará el
recargo reducido del 10% cuando se satisfaga la totalidad de la deuda no ingresada en
período voluntario en los plazos señalados en el art. 62.5 de la cita Ley: