Administración Local. Almería. Ayuntamiento De Benahadux. (BOE-N-2025-329978)
Anuncio de notificación de 6 de mayo de 2025 en procedimiento sancionador.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 8 de mayo de 2025

Supl. N. Pág. 2

días naturales, citando siempre el número de expediente (Art. 81.1 LSV). Si no formula
alegaciones ni paga con reducción en el plazo de 20 días naturales, la denuncia
correctamente notificada, surte efecto de acto resolutorio del procedimiento. Esto supone
que no se dictará resolución sancionadora y que se pondrá a la ejecución de la sanción a
los 30 días, quedando entonces abierta la vía contencioso-administrativa en los términos
arriba expuestos. Vencido el plazo de 15 días naturales siguientes a la fecha de la
firmeza de la sanción sin que se hubiese satisfecho la denuncia, su cobro se llevará a
cabo por el procedimiento de apremio de la Excma. Diputación Provincial de Almería
(Art. 90 LSV).
El pago de la denuncia se podrá realizar de la siguiente forma:
1.- Por giro Postal, indicando en el apartado "TEXTO" del impreso los siguientes
datos: Número de expediente, fecha de la denuncia y nombre y apellidos del
denunciado.
2.En
las
siguientes
cuentas
bancarias:
UNICAJA:
ES36/2103/5210/27/0460000107;
CAJAMAR:
ES95/3058/0071/18/2732000082
,
haciendo constar en el ingreso número de expediente, fecha de la denuncia y nombre y
apellidos del denunciado.
Caducidad del Procedimiento: al año desde su iniciación sin que hubiere recaído
resolución sancionadora expresa, salvo que concurran causas de suspensión (Art. 92.3
LSV).
Normativa, abreviaturas: LSV (Ley Seguridad Vial) CIR (Reglamento General de
Circulación), OMC (Ordenanza Municipal de Circulación), ORA (Ordenanza Municipal
Reguladora Estacionamiento).
En Benahadux, 6 de mayo de 2025.- Noélia José Damián López., La AlcaldesaPresidenta.

cve: BOE-N-2025-df057cef0b3db57eb09779861abb7b5ffe3f96fa
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Núm. 111