Administración Local. Madrid. Ayuntamiento De Miraflores De La Sierra. (BOE-N-2025-330580)
Anuncio de notificación de 5 de mayo de 2025 en procedimiento Sancionador de Tráfico y Seguridad Vial.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 111

Jueves 8 de mayo de 2025

Supl. N. Pág. 2

el art 93.2 de la LSV. Transcurridos 20 días naturales desde la notificación de la denuncia
sin haber pagado o presentado alegaciones, ésta surtirá el efecto de acto resolutorio del
Procedimiento y la sanción podrá ejecutarse transcurridos treinta días naturales desde la
notificación de la denuncia. Esto sólo será de aplicación en el caso de infracciones leves
o graves que no lleven asociada la pérdida de puntos o en el caso de graves o muy
graves cuya notificación se efectuase en el acto de la denuncia. Una vez firme la
sanción, el interesado dispondrá de un plazo final de quince días naturales para el pago
de la multa. Finalizado el plazo establecido sin que se haya pagado la multa, se iniciará
el procedimiento de apremio.
El plazo máximo de duración del Procedimiento será de un año contado desde la
fecha de inicio hasta la resolución sancionadora; caso contrario se producirá su
caducidad, excepto los supuestos de suspensión (art. 112.3 de la LSV). En las
infracciones con puntos (anexo II de LSV), se detraerán del permiso o licencia cuando la
sanción sea firme. Formas de Pago. Podrán dirigirse al número de atención al ciudadano
Tlf. 911599953 en horario de 08:00 a 20:00, donde se informará de todos los medios de
pago disponibles.
De acuerdo a lo establecido en la Ley Orgánica 3/2018 de 5 de diciembre de
Protección de Datos de Carácter Personal y Garantías de Derechos Digitales y al
Reglamento General de Protección de Datos, se informa que sus datos serán tratados
por este Ayuntamiento, al objeto de ejercer las competencias propias en materia de
gestión, inspección y recaudación de los ingresos de derecho público municipales, sobre
la base jurídica establecida en el R.D.L. 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el
texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales. Sus datos serán
conservados mientras sea necesario para la finalidad para la que se capten,
conservándose mientras persista algún derecho relacionado y según lo establecido en la
legislación de archivos, pudiendo ser cedidos a terceros sólo en casos y bajo
condiciones previstas por Ley. Asimismo, podrá ejercer ante este Ayuntamiento los
derechos de acceso, rectificación, cancelación, portabilidad, limitación del tratamiento u
oposición al tratamiento de los mismos mediante escrito presentado en el Registro
General de este Ayuntamiento. Asimismo, puede presentar reclamaciones ante la
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Leyenda Legislación
CIR - Reglamento General de Circulación

cve: BOE-N-2025-1178c4442396770dffce19d70e4fd63116062b8f
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OMC - Ord circulacion