Administración Local. Girona. Ayuntamiento De Calonge. (BOE-N-2025-330276)
Anuncio de notificación de 5 de mayo de 2025 en procedimiento en procedimiento sancionador de tráfico: resolución.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 8 de mayo de 2025

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Suplemento de Notificaciones

ADMINISTRACIÓN LOCAL
GIRONA
AYUNTAMIENTO DE CALONGE
Anuncio de notificación de 5 de mayo de 2025 en procedimiento en procedimiento
sancionador de tráfico: resolución.
ID: N2500334147

En virtud de lo dispuesto por los artículos 90 y 91 del Texto Refundido de la Ley
sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por Real
Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre (en adelante LSV), en relación con los
artículos 44, 45 y 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo
común de las Administraciones públicas, se hace pública la notificación de las
resoluciones recaídas en los expedientes sancionadores que se indican, ya que,
habiéndose intentado la notificación en su último domicilio, ésta no se ha podido
practicar.
El alcalde, ha resuelto las alegaciones presentadas de conformidad con la propuesta
de resolución efectuada por el instructor de los procedimientos que integran la presente
publicación.
Los interesados podrán comparecer en las oficinas de tramitación de denuncias de
Calonge i Sant Antoni, ubicada en la Plaza Concordia, 5 de Calonge i Sant Antoni, a fin
de conocer el contenido íntegro de la resolución de que se trata y dejar constancia de tal
conocimiento. En todo caso, los efectos de la notificación se entenderán producidos
desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio en el B.O.E.
Estas resoluciones sancionadoras ponen fin a la vía administrativa. Contra las
mismas, se podrá interponer Recurso de Reposición, con carácter potestativo, en el
plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio
en el B.O.E., o alternativamente Recurso Contencioso Administrativo ante el Juzgado
Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al
de la presente publicación en el BOE.
La interposición del recurso no suspenderá la ejecución del acto impugnado ni la de
la sanción. En el caso de que el recurrente solicite la suspensión de la ejecución, ésta se
entenderá denegada transcurrido un mes desde la solicitud sin que ésta se haya
resuelto. Si en el plazo de un mes no recae resolución expresa al Recurso de reposición
presentado, se entenderá desestimado, quedando expedita la vía contencioso
administrativa.
PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS: El recurso se podrá dirigir al Ayuntamiento de
Calonge i Sant Antoni, sito en la Plaza Concordia, 7 de Calonge i Sant Antoni, sin
perjuicio de cualquier otra forma de presentación prevista en el artículo 16.4 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas. En todo caso, las personas jurídicas, las entidades sin
personalidad jurídica, así como sus representantes y quienes ejerzan una actividad
profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, todo tipo de documentación
deberá ser presentada por medios electrónicos, de acuerdo con lo establecido en el

cve: BOE-N-2025-311bbe3b43d55f23dc73e1e31e2c2e7df7a60f2b
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Núm. 111