Administración Local. Barcelona. Ayuntamiento De Barberà Del Vallès. (BOE-N-2025-330021)
Anuncio de notificación de 5 de mayo de 2025 en procedimiento de incoación de sanción exp. 2024X9230052 Edicto 287/25.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 111
Jueves 8 de mayo de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
BARCELONA
AYUNTAMIENTO DE BARBERÀ DEL VALLÈS
Anuncio de notificación de 5 de mayo de 2025 en procedimiento de incoación de sanción
exp. 2024X9230052 Edicto 287/25.
ID: N2500329517
TEXTO DEL ACTO
Al no haberse podido practicar directamente la notificación por ser el actual domicilio
desconocido, por el presente edicto se notifica a la persona que se relaciona a
continuación la resolución dictada por el regidor delegado del área correspondiente, en
ejercicio de las facultades delegadas por la Alcaldía por decreto número
2024LLDC000182, de 29 de enero de 2024 (BOPB, de 9 de febrero de 2024), por la cual
se incoa expediente sancionador con motivo del incumplimiento del artículo 61.c) del
Texto Refundido de la Ordenanza General por la Convivencia y el Civismo del
Ayuntamiento de Barberà del Vallès, constitutiva de una infracción grave de acuerdo con
aquello que establece el artículo 122.1.a.2) y que lleva aparejada
una multa de 300,01 € a 900,00 €.
Expediente: 2024X9230052
Identificación de la persona infractora: Z0068439L
De acuerdo con lo que prevé el artículo 44 y 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas en relación
con la Disposición Adicional Séptima de la LO 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección
de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, se comunica a la persona
relacionada que para poder tener conocimiento del contenido íntegro de la resolución
que se menciona, puede comparecer en la Oficina de Atención Ciudadana, en la
Carretera de Barcelona 154, de lunes a viernes de 08:00h a 14:00h, así como presentar
las alegaciones, los documentos y los justificantes y proponer, a la vez, las pruebas de
que se pretenda valer, dentro del plazo de quince días a contar desde el día siguiente a
la publicación de este edicto en el BOE.
RECURSOS CONTRA EL ACTO
Este acto, que inicia el expediente sancionador, no es susceptible de ningún recurso
dado que no pone fin a la vía administrativa ni determina la imposibilidad de continuar
con el procedimiento, sin perjuicio de ejercitar otras acciones que estiméis convenientes.
Barberà del Vallès, 5 de mayo de 2025.- Antonio Cárceles Jurado, Secretario
General Accidental
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-N-2025-51f662b6016264995f9c0a45cfb226776cff5232
Verificable en https://www.boe.es
Resolución y fecha: 2025LLDC001193 de 2 de abril de 2025
Núm. 111
Jueves 8 de mayo de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
BARCELONA
AYUNTAMIENTO DE BARBERÀ DEL VALLÈS
Anuncio de notificación de 5 de mayo de 2025 en procedimiento de incoación de sanción
exp. 2024X9230052 Edicto 287/25.
ID: N2500329517
TEXTO DEL ACTO
Al no haberse podido practicar directamente la notificación por ser el actual domicilio
desconocido, por el presente edicto se notifica a la persona que se relaciona a
continuación la resolución dictada por el regidor delegado del área correspondiente, en
ejercicio de las facultades delegadas por la Alcaldía por decreto número
2024LLDC000182, de 29 de enero de 2024 (BOPB, de 9 de febrero de 2024), por la cual
se incoa expediente sancionador con motivo del incumplimiento del artículo 61.c) del
Texto Refundido de la Ordenanza General por la Convivencia y el Civismo del
Ayuntamiento de Barberà del Vallès, constitutiva de una infracción grave de acuerdo con
aquello que establece el artículo 122.1.a.2) y que lleva aparejada
una multa de 300,01 € a 900,00 €.
Expediente: 2024X9230052
Identificación de la persona infractora: Z0068439L
De acuerdo con lo que prevé el artículo 44 y 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas en relación
con la Disposición Adicional Séptima de la LO 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección
de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, se comunica a la persona
relacionada que para poder tener conocimiento del contenido íntegro de la resolución
que se menciona, puede comparecer en la Oficina de Atención Ciudadana, en la
Carretera de Barcelona 154, de lunes a viernes de 08:00h a 14:00h, así como presentar
las alegaciones, los documentos y los justificantes y proponer, a la vez, las pruebas de
que se pretenda valer, dentro del plazo de quince días a contar desde el día siguiente a
la publicación de este edicto en el BOE.
RECURSOS CONTRA EL ACTO
Este acto, que inicia el expediente sancionador, no es susceptible de ningún recurso
dado que no pone fin a la vía administrativa ni determina la imposibilidad de continuar
con el procedimiento, sin perjuicio de ejercitar otras acciones que estiméis convenientes.
Barberà del Vallès, 5 de mayo de 2025.- Antonio Cárceles Jurado, Secretario
General Accidental
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-N-2025-51f662b6016264995f9c0a45cfb226776cff5232
Verificable en https://www.boe.es
Resolución y fecha: 2025LLDC001193 de 2 de abril de 2025