Administración Local. Girona. Ayuntamiento De Calonge. (BOE-N-2025-330273)
Anuncio de notificación de 5 de mayo de 2025 en procedimiento de incoación de los expedientes sancionadores.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 111
Jueves 8 de mayo de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
GIRONA
AYUNTAMIENTO DE CALONGE
Anuncio de notificación de 5 de mayo de 2025 en procedimiento de incoación de los
expedientes sancionadores.
ID: N2500334115
INCOACIÓN
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones públicas, en
relación con lo establecido en los artículos 90 y 91 del Real Decreto legislativo 6/2015,
de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la ley sobre tráfico,
Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, se hace pública la notificación de
INICIO-INCOACIÓN de los expedientes sancionadores que se indican, instruidos por el
órgano competente de los mismos, a las personas o entidades que a continuación se
relacionan, puesto que habiéndose intentado la notificación en su último domicilio
conocido, ésta no se ha podido practicar.
De acuerdo con el artículo 83 y siguientes del Real Decreto legislativo 6/2015, de 30
de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación
de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, estas denuncias forman parte del procedimiento
administrativo sancionador incoado, el órgano instructor es el jefe de la Policia Local y el
órgano competente para su resolución, la Alcaldía de esta Corporación.
Se notifica a los interesados y se les pone en su conocimiento que, si se quieren
acoger a la tramitación de este expediente por el procedimiento abreviado, disponen de
un plazo de 20 días naturales a contar una vez transcurridos veinte naturales desde la
fecha de publicación de este Anuncio, para realizar el pago del importe de la sanción
indicado en esta denuncia, con un descuento del 50%. Este procedimiento implica; la
renuncia a formular alegaciones (en caso de que se formulen se tendrán por no
presentadas), la finalización del procedimiento sin necesidad de dictar resolución
expresa, el agotamiento de la vía administrativa (sólo se puede recurrir ante la
jurisdicción contencioso-administrativa) y la firmeza de la sanción desde el momento del
pago. El procedimiento abreviado no se puede aplicar a las infracciones previstas en el
artículo 77 h), j), n), ñ), o), p), q) i r) del TRLSV.
En caso de no efectuar el pago con descuento del 50%, continuará la tramitación por
el procedimiento ordinario, que le permite formular alegaciones y proponer o aportar
pruebas en el plazo de 20 días naturales a contar desde la presente publicación. Si no
formula alegaciones ni abona el importe de la sanción, esta denuncia tendrá efecto de
cve: BOE-N-2025-516197b9fdafc6368fa3baf9450aac2063e34ad7
Verificable en https://www.boe.es
En caso de que usted no fuera el conductor, se le requiere para que, en el plazo de
los 20 días naturales siguientes al de la presente publicación, proceda a identificar al
conductor responsable de la infracción, contra quien se iniciará el procedimiento
sancionador. Esta identificación debe incluir el número del permiso o licencia de
conducción del responsable (art. 11 del TRLSV). El incumplimiento de este requerimiento
supone la infracción del articulo 77 j) del Texto Refundido de la Ley sobre tráfico,
Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.
Núm. 111
Jueves 8 de mayo de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
GIRONA
AYUNTAMIENTO DE CALONGE
Anuncio de notificación de 5 de mayo de 2025 en procedimiento de incoación de los
expedientes sancionadores.
ID: N2500334115
INCOACIÓN
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones públicas, en
relación con lo establecido en los artículos 90 y 91 del Real Decreto legislativo 6/2015,
de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la ley sobre tráfico,
Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, se hace pública la notificación de
INICIO-INCOACIÓN de los expedientes sancionadores que se indican, instruidos por el
órgano competente de los mismos, a las personas o entidades que a continuación se
relacionan, puesto que habiéndose intentado la notificación en su último domicilio
conocido, ésta no se ha podido practicar.
De acuerdo con el artículo 83 y siguientes del Real Decreto legislativo 6/2015, de 30
de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación
de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, estas denuncias forman parte del procedimiento
administrativo sancionador incoado, el órgano instructor es el jefe de la Policia Local y el
órgano competente para su resolución, la Alcaldía de esta Corporación.
Se notifica a los interesados y se les pone en su conocimiento que, si se quieren
acoger a la tramitación de este expediente por el procedimiento abreviado, disponen de
un plazo de 20 días naturales a contar una vez transcurridos veinte naturales desde la
fecha de publicación de este Anuncio, para realizar el pago del importe de la sanción
indicado en esta denuncia, con un descuento del 50%. Este procedimiento implica; la
renuncia a formular alegaciones (en caso de que se formulen se tendrán por no
presentadas), la finalización del procedimiento sin necesidad de dictar resolución
expresa, el agotamiento de la vía administrativa (sólo se puede recurrir ante la
jurisdicción contencioso-administrativa) y la firmeza de la sanción desde el momento del
pago. El procedimiento abreviado no se puede aplicar a las infracciones previstas en el
artículo 77 h), j), n), ñ), o), p), q) i r) del TRLSV.
En caso de no efectuar el pago con descuento del 50%, continuará la tramitación por
el procedimiento ordinario, que le permite formular alegaciones y proponer o aportar
pruebas en el plazo de 20 días naturales a contar desde la presente publicación. Si no
formula alegaciones ni abona el importe de la sanción, esta denuncia tendrá efecto de
cve: BOE-N-2025-516197b9fdafc6368fa3baf9450aac2063e34ad7
Verificable en https://www.boe.es
En caso de que usted no fuera el conductor, se le requiere para que, en el plazo de
los 20 días naturales siguientes al de la presente publicación, proceda a identificar al
conductor responsable de la infracción, contra quien se iniciará el procedimiento
sancionador. Esta identificación debe incluir el número del permiso o licencia de
conducción del responsable (art. 11 del TRLSV). El incumplimiento de este requerimiento
supone la infracción del articulo 77 j) del Texto Refundido de la Ley sobre tráfico,
Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.