Administración Local. Burgos. Ayuntamiento De Aranda De Duero. (BOE-N-2025-330171)
Anuncio de notificación de 30 de abril de 2025 en procedimiento Reanudación del tracto sucesivo interrumpido en fincas registrales aportadas a la reparcelación de la unidad de actuación ARU-33; «San Isidro».
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 8 de mayo de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
BURGOS
AYUNTAMIENTO DE ARANDA DE DUERO
Anuncio de notificación de 30 de abril de 2025 en procedimiento Reanudación del tracto
sucesivo interrumpido en fincas registrales aportadas a la reparcelación de la unidad de
actuación ARU-33; «San Isidro».
ID: N2500322109
En el proyecto de reparcelación de la unidad de actuación ARU-33, «San Isidro» se
deduce, en relación a la finca aportada 22, una tutularidad contradictoria entre la
inscripción registral y escrituras públicas, respecto al 25% de su plena propiedad, que
consta inscrita a favor de D. Alejando Quintana Rozas, y en títulos públicos a favor de
Dña. A._A. Benito y D. L. S. de la Fuente
Conforme a lo previsto en el art. 9.2 del Real Decreto 1093/1997, de 4 de julio, por el
que se aprueban las normas complementarias al Reglamento para la ejecución de la Ley
Hipotecaria sobre Inscripción en el Registro de la Propiedad de Actos de Naturaleza
Urbanística determina que «si la inscripción contradictoria con la titularidad alegada en el
expediente tuviera más de treinta años de antigüedad, se citará al titular registral en el
domicilio que constare del asiento y si tal circunstancia no resultare del Registro, por
edictos». No apareciendo el domicilio de D. Alejando Qintana Rozas o sus causa
habientes, y por tanto desconociendo el lugar o medio de comunicación, procede su
notificación por edictos; que habrá de reunir los requisitos del 208 del Decreto de 8 de
febrero de 1946 por el que se aprueba la nueva redacción oficial de la Ley Hipotecaria
que se remite al art. 203 de la misma norma legal, estableciendo en su regla quinta que
deberá realizarse en el Boletín Oficial del Estado y de su lectura conjunta, el contenido
mínimo.
Promotor: Ayuntamiento de Aranda de Duero; Plaza Mayor, S.N. (Casa Consistorial);
Aranda de Duero, 09400, (BURGOS); CIF: P0901800C.
Descripción registral de la Finca: «Una huerta sita en el término municipal al pago de
los Bebederos, titulada de las Ánimas, cercada de fanega y media de cabida
aproximadamente, o sean cuarenta y ocho áreas y treinta centiáreas de regadío; linda
Norte camino servidumbre Sur Río Bañuelos, Este de Calixto Herrero, antes huerta de
Galo Rojo y Oest3e de Cipriano Cano, antes herederos de Mariano Cano».
Título: Sucesión de títulos (1º) escritura pública de compraventa formalizada el día
18/02/1950, ante el notario D. Pelayo Hornillos González a favor de D. P. A. Camarero y
Dña. A._B. Perdiguero, a la que registrador de la propiedad hace constar nota de
04/04/1950, suspendiendo la inscripción respecto a una cuarta parte indivisa por defecto
subsanable de falta de previa inscripción a favor de los herederos; (2º) escritura pública
de compraventa de iguales partes indivisas del 50% de la plena propiedad a favor de D.
P._ A. Benito y Dña. A._ A. Benito, respectivamente y con carácter privativo, formalizada
ante notario, el 25/04/1988; y (3º) Escritura pública de compraventa del 50% indiviso de
la plena propiedad a favor de Dña. A._A. Benito, para la sociedad de gananciales
integrada por ella misma y D. L. S. de la Fuente en escritura pública de compraventa
formalizada ante el notario el 05/12/1996.
cve: BOE-N-2025-adc0f988944d29c180c8b37b76aaf196d0f950df
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 111
Jueves 8 de mayo de 2025
Supl. N. Pág. 1
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AYUNTAMIENTO DE ARANDA DE DUERO
Anuncio de notificación de 30 de abril de 2025 en procedimiento Reanudación del tracto
sucesivo interrumpido en fincas registrales aportadas a la reparcelación de la unidad de
actuación ARU-33; «San Isidro».
ID: N2500322109
En el proyecto de reparcelación de la unidad de actuación ARU-33, «San Isidro» se
deduce, en relación a la finca aportada 22, una tutularidad contradictoria entre la
inscripción registral y escrituras públicas, respecto al 25% de su plena propiedad, que
consta inscrita a favor de D. Alejando Quintana Rozas, y en títulos públicos a favor de
Dña. A._A. Benito y D. L. S. de la Fuente
Conforme a lo previsto en el art. 9.2 del Real Decreto 1093/1997, de 4 de julio, por el
que se aprueban las normas complementarias al Reglamento para la ejecución de la Ley
Hipotecaria sobre Inscripción en el Registro de la Propiedad de Actos de Naturaleza
Urbanística determina que «si la inscripción contradictoria con la titularidad alegada en el
expediente tuviera más de treinta años de antigüedad, se citará al titular registral en el
domicilio que constare del asiento y si tal circunstancia no resultare del Registro, por
edictos». No apareciendo el domicilio de D. Alejando Qintana Rozas o sus causa
habientes, y por tanto desconociendo el lugar o medio de comunicación, procede su
notificación por edictos; que habrá de reunir los requisitos del 208 del Decreto de 8 de
febrero de 1946 por el que se aprueba la nueva redacción oficial de la Ley Hipotecaria
que se remite al art. 203 de la misma norma legal, estableciendo en su regla quinta que
deberá realizarse en el Boletín Oficial del Estado y de su lectura conjunta, el contenido
mínimo.
Promotor: Ayuntamiento de Aranda de Duero; Plaza Mayor, S.N. (Casa Consistorial);
Aranda de Duero, 09400, (BURGOS); CIF: P0901800C.
Descripción registral de la Finca: «Una huerta sita en el término municipal al pago de
los Bebederos, titulada de las Ánimas, cercada de fanega y media de cabida
aproximadamente, o sean cuarenta y ocho áreas y treinta centiáreas de regadío; linda
Norte camino servidumbre Sur Río Bañuelos, Este de Calixto Herrero, antes huerta de
Galo Rojo y Oest3e de Cipriano Cano, antes herederos de Mariano Cano».
Título: Sucesión de títulos (1º) escritura pública de compraventa formalizada el día
18/02/1950, ante el notario D. Pelayo Hornillos González a favor de D. P. A. Camarero y
Dña. A._B. Perdiguero, a la que registrador de la propiedad hace constar nota de
04/04/1950, suspendiendo la inscripción respecto a una cuarta parte indivisa por defecto
subsanable de falta de previa inscripción a favor de los herederos; (2º) escritura pública
de compraventa de iguales partes indivisas del 50% de la plena propiedad a favor de D.
P._ A. Benito y Dña. A._ A. Benito, respectivamente y con carácter privativo, formalizada
ante notario, el 25/04/1988; y (3º) Escritura pública de compraventa del 50% indiviso de
la plena propiedad a favor de Dña. A._A. Benito, para la sociedad de gananciales
integrada por ella misma y D. L. S. de la Fuente en escritura pública de compraventa
formalizada ante el notario el 05/12/1996.
cve: BOE-N-2025-adc0f988944d29c180c8b37b76aaf196d0f950df
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Núm. 111