Administración Local. Alicante. Ayuntamiento De Castalla. (BOE-N-2025-329908)
Anuncio de notificación de 29 de abril de 2025 en procedimiento de Declaración de la concreta situación urbanística de edificación sita en suelo no urbanizable común general, a requerimiento del Registro de la Propiedad, expte. 5731/2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 111

Jueves 8 de mayo de 2025

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Suplemento de Notificaciones

ADMINISTRACIÓN LOCAL
ALICANTE
AYUNTAMIENTO DE CASTALLA
Anuncio de notificación de 29 de abril de 2025 en procedimiento de Declaración de la
concreta situación urbanística de edificación sita en suelo no urbanizable común general,
a requerimiento del Registro de la Propiedad, expte. 5731/2024.
ID: N2500321949

EDICTO
De los antecedentes obrantes en el expediente se deduce que intentada la
notificación en dos veces, ésta no se ha podido practicar por no encontrarse nadie en el
domicilio indicado a efectos de notificaciones por D. 21932188D, resultando ser su último
domicilio conocido en este Ayuntamiento, por lo que de conformidad con lo dispuesto en
el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, se le pone de manifiesto, por medio del
presente, el contenido de la Resolución del Cuarto Teniente de Alcalde del M.I.
Ayuntamiento de Castalla con número de Decreto 64/2025 de fecha 05/03/2025, que
literalmente le trascribo:
“RESOLUCIÓN DEL CUARTO TENIENTE DE ALCALDE

En fecha 22/11/2024 (RE N.º 12352) se ha presentado certificación emitida por el
Registro de la Propiedad de Ibi, en la que se hace constar, que se ha procedido a
efectuar inscripción de obra nueva, en base a certificación emitida por Técnico, al haber
transcurrido el plazo prescripción de la acción del Ayuntamiento para para adoptar
medidas de restauración de la legalidad urbanística. La mencionada certificación viene
referida a unas edificaciones consistentes en una casa de campo de solo planta baja y
una piscina en Suelo No Urbanizable Común General (Parcela 250 del Polígono 21 del
Catastro de Rústica de Castalla). En el certificado “Se hace constar que la declaración
de obra-nueva, ha sido practicada conforme al artículo 52 del R.D. 1093/97, de 4 de julio,
sin la certificación expedida por el Ayuntamiento dónde radica, de conformidad con lo
establecido en el artículo 28 del TRLS 7/2015 de 30 de Octubre, por dicho Ayuntamiento,
se dicte Resolución de la que resulte la concreta situación urbanística de la edificación
declarada, con la delimitación de su contenido e indicación expresa de las limitaciones
urbanística que le afecten, de todo lo cual se dejará constancia registral, a solicitud del
Ayuntamiento, mediante la correspondiente nota al margen de la inscripción de obranueva.
Asimismo se ADVIERTE que, conforme al referido artículo, la omisión de los trámites
administrativos necesarios para la solicitud de la práctica registral de la referida nota
marginal, dará lugar a la responsabilidad de la Administración competente, en caso de
producirse perjuicios económicos al adquirente de buena fe de la finca afectada y, en su
caso, indemnizarle de los daños y perjuicios causados”

cve: BOE-N-2025-719ea96d76dc055850c2092fe47b305304813323
Verificable en https://www.boe.es

DECLARACIÓN DE LA CONCRETA SITUACIÓN URBANÍSTICA DE EDIFICACIÓN
SITA EN SUELO NO URBANIZABLE COMÚN GENERAL, A REQUERIMIENTO DEL
REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE IBI. EXPTE. 5731/2024.