Administración Local. Castellón. Ayuntamiento De Vinaròs. (BOE-N-2025-330234)
Anuncio de notificación de 24 de abril de 2025 en procedimiento Expt. 9221/2021 RC 4070 notificando resolución declaración ineficacia centro estetica y peluqueria MIRELAB SC S. Cristobal, 20 bj.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 111

Jueves 8 de mayo de 2025

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5. Las Administraciones Públicas tendrán permanentemente publicados y
actualizados modelos de declaración responsable y de comunicación, fácilmente
accesibles a los interesados.
6. Únicamente será exigible, bien una declaración responsable, bien una
comunicación para iniciar una misma actividad u obtener el reconocimiento de un mismo
derecho o facultad para su ejercicio, sin que sea posible la exigencia de ambas
acumulativamente.
Le serán además de aplicación:
- los artículos 21, 82, y 84 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento
Administrativo común de las Administraciones Públicas.
- El artículo 21.1 q) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del
Régimen Local.
A la vista de lo anterior y visto el informe emitido por la técnico de gestión de
actividades,
RESUELVO:
Primero.- Declarar la ineficacia de la Declaración Responsable presentada
porMIRELA B SCpara el ejercicio de la actividad de Centro de Estética y Peluqueríaen
CL SAN CRISTÓBAL 20 Es:1 Pl:00 Pt:01 VINARÒS (CASTELLÓN).
Por concurrir:Se ha dejado de desarrollar dicha actividad por el interesado y se ha
presentado nueva Declaración Responsable para el desarrollo de una actividad de
Peluquería.
Segundo.- Archivar el expediente: 9221/2021y actualizar las bases de datos.
Tercero.- Notificar a los interesados.
Es lo que le notifico para su conocimiento y a los efectos oportunos.
RECURSOS:

a) Con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el
acto recurrido, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la recepción
de la esta notificación.
La interposición del recurso, excepto en los casos en que una disposición etablezca
lo contrario, no suspenderá la ejecución del acto impugnado, de conformidad con el art.
117 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Si transcurriese un mes desde el día siguiente al de la interposición del recurso de
reposición sin que este haya sido resuelto, podrá entender que ha sido desestimado e
interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo de Castellón en el plazo de seis meses, a contar desde el día siguiente al
de la desestimación presunta.
b) Recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo de Castellón dentro del plazo de dos meses contados desde el día
siguiente al de la recepción de esta notificación.
Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso o acción que
estime procedente.
Vinaròs, 24 de abril de 2025.- La Alcaldesa, Maria Dolores Miralles Mir

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

cve: BOE-N-2025-f7dbefd1bddce7b3beeb9ea570f046864c6a2574
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Contra el acto administrativo trascrito, que es definitivo en vía administrativa, y de
conformidad con lo dispuesto en los arts. 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas podrá usted
interponer uno de los siguientes recursos: