Administración Local. Madrid. Ayuntamiento De Alcalá De Henares. (BOE-N-2025-330546)
Anuncio de notificación de 2 de mayo de 2025 en procedimiento Resoluciones de sanciones.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 8 de mayo de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
MADRID
AYUNTAMIENTO DE ALCALÁ DE HENARES
Anuncio de notificación de 2 de mayo de 2025 en procedimiento Resoluciones de
sanciones.
ID: N2500333938
Habiéndose intentado practicar, sin que haya resultado posible llevarla a cabo, la
notificación individual de la resolución de los procedimientos sancionadores por la
comisión de infracciones en materia de tráfico, circulación de vehículos a motor y
seguridad vial (según relación final adjunta), de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 44 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, por medio de la presente, se procede a su realización
a través del Tablón Edictal Único (TEU), en los términos siguientes, por lo que
transcurrido el período de veinte días naturales se entenderá que la notificación ha sido
practicada, dándose por cumplido dicho trámite y continuándose con el procedimiento:
1. RESOLUCIÓN DEL EXPEDIENTE SANCIONADOR: Tras la tramitación del
correspondiente expediente sancionador por parte de la Concejalía Delegada Seguridad
Ciudadana, en virtud de las atribuciones que le han sido delegadas por Resolución de la
Alcaldía Presidencia nº 3840/2023, de 18 de julio de 2023, y por Acuerdo de la Junta de
Gobierno Local adoptado en sesión celebrada el día 23 de junio 2023, se ha procedido a
su resolución y a la imposición de la correspondiente sanción, de acuerdo con la relación
adjunta.
2. PAGO DE LA MULTA: El pago de la multa deberá realizarse en el plazo de treinta
días naturales en cualquiera de las entidades colaboradores. Transcurrido dicho plazo se
procederá por el Ayuntamiento a su exacción por el procedimiento de apremio con los
recargos e intereses correspondientes.
3. RECURSOS. Frente a la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa,
podrá interponerse recurso de reposición potestativo ante esta Corporación en el plazo
de un mes. Transcurrido dicho plazo, únicamente podrá interponerse recurso
contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo
correspondiente, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la
presente notificación. Caso de interponer recurso de reposición potestativo, éste se
entenderá desestimado de no ser resuelto expresamente por esta Corporación en el
plazo de un mes, quedando expedita la vía contencioso-administrativa ante el Juzgado
citado por el plazo de seis meses contado a partir del día siguiente a aquél que, de
acuerdo con su normativa específica, se produzca el silencio administrativo. Si dicho
recurso de reposición fuera expresamente resuelto por la Corporación, el plazo para la
interposición del recurso contencioso-administrativo será de dos meses contados a partir
del día siguiente a aquél en que se notifique la resolución expresa del recurso potestativo
de reposición. Todo ello de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 112 y 123 de la ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, y 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y sin perjuicio de que Vd. pueda ejercitar
cualquier otro recurso que estime pertinente.
cve: BOE-N-2025-5bb1804dbe1fa2de9556c684650e068ef01731c3
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 111
Jueves 8 de mayo de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
MADRID
AYUNTAMIENTO DE ALCALÁ DE HENARES
Anuncio de notificación de 2 de mayo de 2025 en procedimiento Resoluciones de
sanciones.
ID: N2500333938
Habiéndose intentado practicar, sin que haya resultado posible llevarla a cabo, la
notificación individual de la resolución de los procedimientos sancionadores por la
comisión de infracciones en materia de tráfico, circulación de vehículos a motor y
seguridad vial (según relación final adjunta), de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 44 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, por medio de la presente, se procede a su realización
a través del Tablón Edictal Único (TEU), en los términos siguientes, por lo que
transcurrido el período de veinte días naturales se entenderá que la notificación ha sido
practicada, dándose por cumplido dicho trámite y continuándose con el procedimiento:
1. RESOLUCIÓN DEL EXPEDIENTE SANCIONADOR: Tras la tramitación del
correspondiente expediente sancionador por parte de la Concejalía Delegada Seguridad
Ciudadana, en virtud de las atribuciones que le han sido delegadas por Resolución de la
Alcaldía Presidencia nº 3840/2023, de 18 de julio de 2023, y por Acuerdo de la Junta de
Gobierno Local adoptado en sesión celebrada el día 23 de junio 2023, se ha procedido a
su resolución y a la imposición de la correspondiente sanción, de acuerdo con la relación
adjunta.
2. PAGO DE LA MULTA: El pago de la multa deberá realizarse en el plazo de treinta
días naturales en cualquiera de las entidades colaboradores. Transcurrido dicho plazo se
procederá por el Ayuntamiento a su exacción por el procedimiento de apremio con los
recargos e intereses correspondientes.
3. RECURSOS. Frente a la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa,
podrá interponerse recurso de reposición potestativo ante esta Corporación en el plazo
de un mes. Transcurrido dicho plazo, únicamente podrá interponerse recurso
contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo
correspondiente, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la
presente notificación. Caso de interponer recurso de reposición potestativo, éste se
entenderá desestimado de no ser resuelto expresamente por esta Corporación en el
plazo de un mes, quedando expedita la vía contencioso-administrativa ante el Juzgado
citado por el plazo de seis meses contado a partir del día siguiente a aquél que, de
acuerdo con su normativa específica, se produzca el silencio administrativo. Si dicho
recurso de reposición fuera expresamente resuelto por la Corporación, el plazo para la
interposición del recurso contencioso-administrativo será de dos meses contados a partir
del día siguiente a aquél en que se notifique la resolución expresa del recurso potestativo
de reposición. Todo ello de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 112 y 123 de la ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, y 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y sin perjuicio de que Vd. pueda ejercitar
cualquier otro recurso que estime pertinente.
cve: BOE-N-2025-5bb1804dbe1fa2de9556c684650e068ef01731c3
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Núm. 111