Administración Local. Sevilla. Ayuntamiento De écija. (BOE-N-2025-320409)
SEGURIDAD CIUDADANA. Anuncio de notificación de 30 de abril de 2025 en procedimiento Ayuntamiento de Écija. Sanciones conductor conocido.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 6 de mayo de 2025

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Suplemento de Notificaciones

ADMINISTRACIÓN LOCAL
SEVILLA
AYUNTAMIENTO DE ÉCIJA
SEGURIDAD CIUDADANA. Anuncio de notificación de 30 de abril de 2025 en
procedimiento Ayuntamiento de Écija. Sanciones conductor conocido.
ID: N2500321054

De conformidad con lo dispuesto en el art. 44 de la Ley 39/2015, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en relación con los arts. 90 y 91
del Texto Refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y
Seguridad Vial, en adelante TR de la LTSV, aprobado por RDLeg 6/2015 y al supuesto
de hecho concurrente (interesados desconocido, ignorancia del lugar o medio de la
notificación, intento infructuoso de notificación), habiéndose intentado sin efecto la
notificación personal de las sanciones por infracciones de tráfico a las personas que a
continuación se relacionan, por medio del presente edicto se hace pública la notificación
de las mismas, con las siguientes advertencias: Se ha formulado contra Vd. la denuncia
que en el margen inferior se expresa, por cuyo motivo se ha iniciado el expediente
sancionador bajo el número que también se indica, siendo el órgano instructor del
procedimiento el Instructor de los expedientes y el órgano competente para su
resolución, según el artículo 84.4 RDLeg 6/2015, de 30 de octubre, el Alcalde de Écija; lo
que se notifica haciéndole saber el derecho que le asiste, de conformidad con el artículo
93.1 RDLeg 6/2015, de 30 de octubre, de formular alegaciones por escrito ante esta
instrucción, con aportación o proposición de las pruebas que considere oportunas, dentro
de los 20 DÍAS NATURALES siguientes a la recepción de la presente notificación, lo que
en su defensa estime por conveniente.
En el caso de no efectuar alegaciones, ni abonar el importe de la multa en el plazo
de los veinte dias antes citado, la iniciación del procedimiento será considerada
resolución definitiva (Artículo 95.4 RDLeg 6/2015, de 30 de octubre).
En los 20 naturales siguientes a la publicación del presente escrito, podrá proceder al
pago voluntario de la sanción indicada con una reducción sobre el importe de la multa
del 50%
De conformidad con el Artículo 95.4 RDLeg 6/2015, de 30 de octubre, si el
denunciado no formula alegaciones ni abona el importe de la multa en el plazo de veinte
días naturales siguientes al de la notificación de la denuncia, esta surtirá el efecto de
acto resolutorio del procedimiento sancionador. En este supuesto, la sanción podrá
ejecutarse transcurridos treinta días naturales desde la notificación de la denuncia.
La terminación del procedimiento pone fin a la vía administrativa y la sanción se
podrá ejecutar desde el día siguiente al transcurrido de los treinta días antes indicados.
PAGO DE LA MULTA: Transferencia Bancaria o Ingreso en Cuenta de LA CAIXA
(número de cuenta ES95 2100-9166-79-22-00072100), Indicando imprescindiblemente
en el CONCEPTO el Número del EXPEDIENTE y debiendo OBLIGATORIAMENTE
remitir copia de la misma por alguna de las siguientes vías: por fax al 95 590 52 26 o por
E-Mail policialocal@ecija.org

cve: BOE-N-2025-690ea9374871f932e9baf29adb14def256f1d4d1
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 109