Notarías Y Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Madrid. (BOE-N-2025-321033)
REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE SAN LORENZO DE EL ESCORIAL 3. Anuncio de notificación de 29 de abril de 2025 en procedimiento Inmatriculación de fincas conforme Art. 205 L.H.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 109

Martes 6 de mayo de 2025

Supl. N. Pág. 2

Almacén, con una superficie de diez metros cuadrados. Todo ello suma una superficie
construida de mil quinientos veintisiete metros cuadrados. El resto de la superficie no
construida por las edificaciones se utiliza a zonas de rodadura, aparcamiento y terreno
rústico. Las edificaciones descritas lindan por todos sus vientos con la parcela de terreno
donde se halla ubicada.
Inscrita la representación gráfica georreferenciada coordinada con Catastro.
Inscritas las coordenadas de la porción ocupada por las edificaciones..
Referencias Catastrales: 28125A034000650000ZH y 28125A034000650001XJ
Inscrita por la inscripción 1ª de la finca número 8676 de Robledo de Chavela CRU:
28142000630002.
La representación gráfica georreferenciada puede ser consultada en https://
geoportal.registradores.org/geoportal/idufir/28142000630002.
TITULAR: Maria del Carmen Ramos Rojo, , con carácter privativo.
TÍTULO: Adquirida en escritura de herencia otorgada en Madrid, el nueve de enero
del año dos mil veinticinco, ante el Notario Don Alejandro Ruiz-Ayucar Seifert, Nº
35/2025 de protocolo.
Todo lo cual se publica mediante el presente edicto en cumplimiento de lo dispuesto
en el citado artículo 205 de la Ley Hipotecaria, para que sirva de notificación a todos los
interesados y a las personas ignoradas a las que pueda perjudicar la inmatriculación y en
particular a los colindantes registrales desconocidos; advirtiendo que, conforme al
artículo 1 de la misma Ley, los asientos del Registro están bajo la salvaguardia de los
Tribunales y producen todos sus efectos mientras no se declare su inexactitud en los
términos establecidos en esta Ley, y que, conforme al artículo 207 de la misma Ley
Hipotecaria, los efectos protectores dispensados por su artículo 34 no se producirán
hasta transcurridos dos años desde la fecha de la inmatriculación.

cve: BOE-N-2025-4999b3090619095a2ba1d7cc3d8d1bceca582bab
Verificable en https://www.boe.es

San Lorenzo Escorial, 29 de abril de 2025.- El/La Registrador/a, Jimena Campuzano
Gómez-Acebo

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X