Notarías Y Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Pontevedra. (BOE-N-2025-321176)
REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE PONTEVEDRA 2. Anuncio de notificación de 29 de abril de 2025 en procedimiento segregaciones art. 199 de la Ley Hipotecaria.
3 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 6 de mayo de 2025
Supl. N. Pág. 2
1.- URBANA: destinada a ampliación de viales, sita en el lugar de Cadrelo, parroquia
de San Tomé de Piñeiro, municipio de Marín (Pontevedra), de una superficie de dieciséis
metros cuadrados (16 m2). Linda: Norte, camino; Sur, resto de finca matriz; Este,
camino; y Oeste, Isabel García Ribo.
2.- URBANA: destinada a ampliación de viales, sita en el lugar de Cadrelo, parroquia
de San Tomé de Piñeiro, municipio de Marín (Pontevedra), de una superficie de
veintinueve metros cuadrados (29 m2). Linda: Norte, camino; Sur, resto de finca matriz y
parcela segregada bajo el número 3; Este, camino; y Oeste, camino.
3.- URBANA: destinada a ampliación de viales, sita en el lugar de Cadrelo, parroquia
de San Tomé de Piñeiro, municipio de Marín (Pontevedra), de una superficie de
veinticuatro metros cuadrados (24 m2). Linda: Norte, parcela segregada bajo el número
2; Sur, camino; Este, camino; y Oeste, resto de finca matriz.
Como consecuencia de las anteriores segregaciones, el resto de finca matriz queda
con la siguiente descripción:
URBANA: CASA señalada con el número 38 del lugar de Cadrelo, parroquia de San
Tomé de Piñeiro, municipio de Marín (Pontevedra), compuesta de planta baja, destinada
a vivienda, con una superficie construida de cincuenta metros cuadrados (50 m2), y
planta alta, con una superficie construida de cincuenta y dos metros cuadrados (52 m2),
de los cuales, cincuenta metros cuadrados (50 m2) son a vivienda, y dos metros
cuadrados (2 m2) son a porche de entrada. Tiene como anejos: a) Un galpón, destinado
a almacén, con una superficie construida de quince metros cuadrados (15 m2). b) Y un
galpón, dedicado a la guarda de aperos de labranza, con una superficie construida de
ciento cincuenta metros cuadrados ( 150 m2). Tienen una superficie total construida las
edificaciones de doscientos sesenta y siete metros cuadrados (267 m2), y ocupan las
edificaciones sobre el terreno la superficie de doscientos quince metros cuadrados (215
m2). Con su terreno unido, lo cual forma todo una sola finca, incluidos los fundos de las
edificaciones de dos mil seiscientos veintitrés metros cuadrados 2.623 m2. Linda, el
conjunto: Norte, amino vecinal y parcelas antes segregadas bajo los números 1 y 2 para
ampliación de viales) en medio; Sur, Gloria Cruz Seijas y Jose Calvar Carrera; Este,
camino y parcela antes segregada bajo el número 3 (para ampliación de viales) en
medio; y Oeste, Isabel García Ribo, Gloria Cruz Seijas y Angel Piñeiro Boullosa.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 9.b párrafo séptimo de la Ley
Hipotecaria, una vez inscrita la representación gráfica georreferenciada de la finca, su
cabida será la resultante de dicha representación.
Conforme al artículo 199.1 y 199.2 de la LH, el registrador notificará a los titulares de
fincas -registrales y/o catastrales- colindantes a quienes pueda afectar esta inscripción
para que puedan hacer las alegaciones oportunas, si estiman que se produce invasión
de su finca registral y/o catastral.
Para ello, puede Usted comprobar en el siguiente enlace que la representación
gráfica de la finca cuya inscripción se solicita es correcta y no perjudica la situación física
de su finca.
https://geoportal.registradores.org/geoportal/idtramite/ID36024200003277
Igualmente podrá consultar la representación gráfica alternativa presentada en la
sede
electrónica
del
catastro
descargando
el
documento
con
CSV:
NH3EN0B514WJNt78.
Si quiere realizar cualquier alegación, en plazo de 20 días, desde la recepción de la
presente, podrá comparecer ante este Registro de la Propiedad, acreditando la
titularidad de su derecho y los documentos que la fundamenten. La mera oposición
injustificada puede ser considerada insuficiente por el registrador para paralizar el
expediente, según el citado artículo 199.
cve: BOE-N-2025-bae900cd347a42eec84edd48bf446d9b4ec28550
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 109
Martes 6 de mayo de 2025
Supl. N. Pág. 2
1.- URBANA: destinada a ampliación de viales, sita en el lugar de Cadrelo, parroquia
de San Tomé de Piñeiro, municipio de Marín (Pontevedra), de una superficie de dieciséis
metros cuadrados (16 m2). Linda: Norte, camino; Sur, resto de finca matriz; Este,
camino; y Oeste, Isabel García Ribo.
2.- URBANA: destinada a ampliación de viales, sita en el lugar de Cadrelo, parroquia
de San Tomé de Piñeiro, municipio de Marín (Pontevedra), de una superficie de
veintinueve metros cuadrados (29 m2). Linda: Norte, camino; Sur, resto de finca matriz y
parcela segregada bajo el número 3; Este, camino; y Oeste, camino.
3.- URBANA: destinada a ampliación de viales, sita en el lugar de Cadrelo, parroquia
de San Tomé de Piñeiro, municipio de Marín (Pontevedra), de una superficie de
veinticuatro metros cuadrados (24 m2). Linda: Norte, parcela segregada bajo el número
2; Sur, camino; Este, camino; y Oeste, resto de finca matriz.
Como consecuencia de las anteriores segregaciones, el resto de finca matriz queda
con la siguiente descripción:
URBANA: CASA señalada con el número 38 del lugar de Cadrelo, parroquia de San
Tomé de Piñeiro, municipio de Marín (Pontevedra), compuesta de planta baja, destinada
a vivienda, con una superficie construida de cincuenta metros cuadrados (50 m2), y
planta alta, con una superficie construida de cincuenta y dos metros cuadrados (52 m2),
de los cuales, cincuenta metros cuadrados (50 m2) son a vivienda, y dos metros
cuadrados (2 m2) son a porche de entrada. Tiene como anejos: a) Un galpón, destinado
a almacén, con una superficie construida de quince metros cuadrados (15 m2). b) Y un
galpón, dedicado a la guarda de aperos de labranza, con una superficie construida de
ciento cincuenta metros cuadrados ( 150 m2). Tienen una superficie total construida las
edificaciones de doscientos sesenta y siete metros cuadrados (267 m2), y ocupan las
edificaciones sobre el terreno la superficie de doscientos quince metros cuadrados (215
m2). Con su terreno unido, lo cual forma todo una sola finca, incluidos los fundos de las
edificaciones de dos mil seiscientos veintitrés metros cuadrados 2.623 m2. Linda, el
conjunto: Norte, amino vecinal y parcelas antes segregadas bajo los números 1 y 2 para
ampliación de viales) en medio; Sur, Gloria Cruz Seijas y Jose Calvar Carrera; Este,
camino y parcela antes segregada bajo el número 3 (para ampliación de viales) en
medio; y Oeste, Isabel García Ribo, Gloria Cruz Seijas y Angel Piñeiro Boullosa.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 9.b párrafo séptimo de la Ley
Hipotecaria, una vez inscrita la representación gráfica georreferenciada de la finca, su
cabida será la resultante de dicha representación.
Conforme al artículo 199.1 y 199.2 de la LH, el registrador notificará a los titulares de
fincas -registrales y/o catastrales- colindantes a quienes pueda afectar esta inscripción
para que puedan hacer las alegaciones oportunas, si estiman que se produce invasión
de su finca registral y/o catastral.
Para ello, puede Usted comprobar en el siguiente enlace que la representación
gráfica de la finca cuya inscripción se solicita es correcta y no perjudica la situación física
de su finca.
https://geoportal.registradores.org/geoportal/idtramite/ID36024200003277
Igualmente podrá consultar la representación gráfica alternativa presentada en la
sede
electrónica
del
catastro
descargando
el
documento
con
CSV:
NH3EN0B514WJNt78.
Si quiere realizar cualquier alegación, en plazo de 20 días, desde la recepción de la
presente, podrá comparecer ante este Registro de la Propiedad, acreditando la
titularidad de su derecho y los documentos que la fundamenten. La mera oposición
injustificada puede ser considerada insuficiente por el registrador para paralizar el
expediente, según el citado artículo 199.
cve: BOE-N-2025-bae900cd347a42eec84edd48bf446d9b4ec28550
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 109