Notarías Y Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Alicante. (BOE-N-2025-320709)
REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE IBI. Anuncio de notificación de 29 de abril de 2025.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 6 de mayo de 2025

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Suplemento de Notificaciones

NOTARÍAS Y REGISTROS DE LA
PROPIEDAD, MERCANTILES Y DE BIENES
MUEBLES
REGISTROS DE LA PROPIEDAD, MERCANTILES Y DE BIENES
MUEBLES
ALICANTE
REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE IBI. Anuncio de notificación de 29 de abril de 2025
ID: N2500320236

NOTIFICACIÓN COMO COLINDANTE DE UNA FINCA EN LA QUE SE HA
SOLICITADO LA INSCRIPCIÓN DE UN EXCESO Y/O UNA REPRESENTACIÓN
GRÁFICA
EMAIL REGISTRO DE LA PROPIEDAD: ibi@registrodelapropiedad.org
TELÉFONO DE CONTACTO: 965552841
Información del Expediente del art. 199 de la LH
Código de la Finca Registral: 03011000102370. 6765 DE CASTALLA.
Promotor del expediente: DON FRANCISCO JOSE LEAL RICO
Asiento de Presentación: 27 del Diario 2025
Fecha de presentación: 08/01/2025
Titular catastral colindante: EN INVESTIGACIÓN. Localización: Calle ERA DEL
FRARE, CASTALLA
En su condición de posible afectado o interesado, y de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 199 de la Ley Hipotecaria, por la presente se le notifica:
1.- Que se ha iniciado el procedimiento de inscripción gráfica y coordinación con el
catastro regulado en dicho artículo 199 de la Ley Hipotecaria así como en los artículos 9
y 10 de la misma, en relación con la finca cuyos datos y titular se indican más adelante.
2.- Que de los archivos del Registro figura usted como colindante catastral/ titular del
dominio público colindante/ titular registral que es colindante con la anteriormente citada.
3.- Que la inscripción gráfica y coordinación con el catastro consiste en inscribir en el
Registro el listado de coordenadas que delimitan la parcela catastral colindante, lo cual
llevará consigo necesariamente la rectificación de la superficie que figure en Registro de
dicha finca colindante para adecuarla a la superficie gráfica catastral.
4.- Pero lo anterior debe entenderse en el sentido de que la inscripción gráfica y
rectificación de superficie de la finca colindante no supone modificación o rectificación de
la delimitación gráfica y superficie de su parcela catastral ni de los datos descriptivos que
consten en la inscripción de su finca en el Registro.
5.- Que no obstante lo anterior, el artículo 199 citado de la Ley Hipotecaria establece
la necesidad de notificar dicha circunstancia a los colindantes, para que en el caso de

cve: BOE-N-2025-78aaf12b5231f5ac4d6e1eab6673a525ec7babaf
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 109