Notarías Y Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Almería. (BOE-N-2025-320739)
REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE CUEVAS DE ALMANZORA. Anuncio de notificación de 29 de abril de 2025 en procedimiento artículo 199.2 de la Ley Hipotecaria para inscripción defecto de cabida.
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Martes 6 de mayo de 2025

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Suplemento de Notificaciones

NOTARÍAS Y REGISTROS DE LA
PROPIEDAD, MERCANTILES Y DE BIENES
MUEBLES
REGISTROS DE LA PROPIEDAD, MERCANTILES Y DE BIENES
MUEBLES
ALMERÍA
REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE CUEVAS DE ALMANZORA. Anuncio de notificación
de 29 de abril de 2025 en procedimiento artículo 199.2 de la Ley Hipotecaria para
inscripción defecto de cabida.
ID: N2500320213

Inscripción defecto de cabida de la finca registral 20985 del término municipal de Pulpí.
LISTADO DE DESTINATARIOS CONCRETOS QUE NO HAN PODIDO SER
NOTIFICADOS PERSONALMENTE: Junta de Andalucía – Delegación Territorial de
Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Almería, Ayuntamiento de Pulpí,
Explotaciones Agrícolas Finca el Turbinto S.L.U., Encarnación María García Parra,
Francisca Belén García Parra, José Antonio García Parra, María Francisca Segura Parra
y Explotaciones Porcinas del Sur S.L., Francisca Simón Martínez y Francisca Simón
Ávila.
Para general conocimiento de posibles interesados desconocidos, así como para el
de los interesados concretos que se expresan en el encabezado, y de conformidad con
lo dispuesto en el artículo 199.2 de la Ley Hipotecaria en su redacción dada por la Ley
13/2015 de 24 de junio de reforma de la Ley Hipotecaria, por el presente EDICTO se
hace público y notifica que se ha iniciado el expediente regulado en dicho artículo, con la
finalidad de calificar si procede inscribir en el Registro de la Propiedad el DEFECTO DE
CABIDA de la finca registral 20985 del término de Pulpí, en virtud instancia privada de
fecha 2 de abril de 2025, suscrita por doña María Teresa Segura Parra, y de la que hay
indicios que pueda ser colindante con otra de la que usted resulta titular catastral o
registral.
Conforme al mismo precepto legal, podrá usted comparecer en el plazo de los veinte
días siguientes a la recepción de la presente notificación ante el Registrador para alegar
lo que a su derecho convenga (Deberá llamar con antelación para pedir cita al teléfono
950456011), debiendo pronunciarse por escrito, si procede dicha inscripción de
conformidad con los artículos 61 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio
de las Administraciones Públicas y 199, 203 y 205 de la Ley hipotecaria tras la redacción
que resulta de la Ley 13/2015, de 24 de junio, de Reforma de la Ley Hipotecaria. A la
vista de las alegaciones efectuadas, el Registrador decidirá motivadamente según su
prudente criterio, sin que la mera oposición de quien no haya acreditado ser titular
registral de la finca o de cualquiera de las registrales colindantes determine
necesariamente la denegación de la inscripción.

cve: BOE-N-2025-1410410ddbc5eb417e88826214dbed0371b9f512
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 109