Notarías Y Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Castellón. (BOE-N-2025-320853)
REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE CASTELLÓ DE LA PLANA 3. Anuncio de notificación de 29 de abril de 2025 en procedimiento Artículo 199.1 de la Ley Hipotecaria.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 109

Martes 6 de mayo de 2025

Supl. N. Pág. 2

1 744875.13 4433868.09
2 744869.36 4433877.46
3 744886.66 4433888.06
4 744890.00 4433890.16
5 744890.28 4433890.34
6 744893.81 4433884.75
7 744908.41 4433862.32
8 744907.77 4433861.91
9 744889.89 4433850.57
10 744887.03 4433848.76
11 744880.15 4433859.94
12 744875.13 4433868.09
En su condición de posible afectado o interesado, y de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 199 de la Ley Hipotecaria, así como en los artículos 9 y 10 de la misma, por
la presente se le/s notifica formalmente, como titular/es de la finca colindante indicada,
que se ha iniciado el expediente regulado en dicho artículo, con la finalidad de calificar si
procede inscribir en el Registro de la Propiedad la representación gráfica y lista de
coordenadas de los vértices de la finca del procedimiento, lo que implica una reducción
de su cabida consistente en cuatrocientos once metros cuadrados y la actualización de
sus linderos a los que resultan del Catastro.

En el plazo de 20 días, desde la recepción de la presente, podrá usted comparecer
ante el Registrador para alegar y justificar lo que a su derecho convenga, bien
personalmente, previa solicitud, o por escrito con firma legitimada notarialmente, o con
firma electrónica reconocida y presentada telemáticamente en el Registro de la
Propiedad. Si actúa por medio de representante deberá este acreditar la representación,
con los documentos públicos necesarios al efecto, remitiéndolo a la siguiente dirección:
Registro de la Propiedad: Registro de la Propiedad de Castellón nº3
Dirección: Avenida del Mar nº 10 Entlo. 12003 Castellón de la Plana-Castellón.
En el caso de no comparecer y justificar la oposición se presumirá que no se opone a
la inscripción de la representación geográfica notificada.
La representación geográfica cuya inscripción se solicita podrá consultarse en:
https://geoportal.registradores.org/geoportal/idufir/12020000351303
Observaciones: Si tras la tramitación del referido expediente el Registrador
procediera a inscribir la referida representación gráfica y lista de coordenadas, y
conforme al artículo 10.5 de la Ley Hipotecaria, se presumirá, con arreglo a lo dispuesto
en el artículo 38, que la finca objeto de los derechos inscritos tiene la ubicación y
delimitación geográfica expresadas.

cve: BOE-N-2025-722ebc387463bb947f689d54fd9ca09d973ab552
Verificable en https://www.boe.es

La inscripción gráfica y coordinación con el Catastro consiste en inscribir en el
Registro el listado de coordenadas que delimitan la parcela catastral de la finca del
procedimiento, lo cual llevará consigo necesariamente la rectificación de la superficie que
figure en Registro de dicha finca objeto de este procedimiento para adecuarla a la
superficie gráfica catastral. Pero lo anterior debe entenderse en el sentido de que la
inscripción gráfica y rectificación de superficie de la finca de este procedimiento no
supone modificación o rectificación de la delimitación gráfica y superficie de su parcela
catastral colindante, ni de los datos descriptivos que consten en la inscripción de su finca
en el Registro.