Administración Local. Málaga. Ayuntamiento De Benalmádena. (BOE-N-2025-320022)
PADRÓN MUNICIPAL DE HABITANTES Y ESTADÍSTICA. Anuncio de notificación de 25 de abril de 2025 en procedimiento Expediente de Baja por Inscripción Indebida.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 6 de mayo de 2025
TORIL*LARA,CATALINA
****66161
RANKOVA,ELENA VALCHEVA
****49584
SANCHEZ*FERNANDEZ,CARMEN MARIA
****87330
LOPEZ*GARCIA,JOSE MANUEL
****36540
BOSNEA,ALEXANDRA MARIA
****6393
NARDO DI,LAUTARO
****06539
BERNAL,MIA AGUSTINA
****63980
SANCHEZ,EDUARDO CALIXTO
****67124
BELASRI*SOUHAIL,YAHYA ILYAS
****62993
MATEI,GEORGIANA ALINA
****2119
ABAD*MATEI,IVAN ALEXANDRU
****94745
TEODORESCU,MIHAELA CLAUDIA
****1690
BELASRI*SOUHAIL,WAFAA
****26405
TORDINI,TERESA
****1840
TORDINI,FILIPPO
****2008
EGOROVA,VARVARA
*****70020
Supl. N. Pág. 2
SEGUNDO.- Visto el informe favorable del Consejo de Empadronamiento de fecha
20 de marzo de 2025.
Es de aplicación el siguiente FUNDAMENTOS DE DERECHO:
El artículo 72 del Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, por el que se aprueba el
Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales y la
Resolución de 17 de febrero de 2020, de la Presidencia del Instituto Nacional de
Estadística y de la Dirección General de Coordinación de Competencias con las
Comunidades Autónomas y las Entidades Locales, por la que se dictan instrucciones
técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestión del padrón municipal, en relación al
procedimiento de baja de oficio, por inscripción indebida, a quienes figuren
empadronados incumpliendo el art. 54 del citado Reglamento.
En virtud de todo lo expuesto, se PROPONE a la Sra. Concejala Delegada de
Festejos y Tradiciones Populares, Padrón y Estadística, Atención General e Información
al Público y Seguimiento del Programa Electoral dictar la siguiente Resolución:
PRIMERO.- Dar de baja en el Padrón Municipal de Habitantes de este Ayuntamiento,
por inscripción indebida a los ciudadanos arriba relacionados por no residir en
Benalmádena.
SEGUNDO.- Publicar en el Boletín Oficial del Estado, de acuerdo con los trámites
exigidos por el art. 44 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas. La fecha de baja definitiva será
la de dicha publicación.
TERCERO.- La baja en el Padrón Municipal de Habitantes por inclusión indebida
dará lugar, en su caso, a la baja en el Censo Electoral.
En virtud de la delegación de potestades efectuada mediante Decreto de Alcaldía nº
2023/007991 de fecha 22-12-2023 y conforme al art. 9 de la Ley 40/2015 de Régimen
Jurídico del Sector Público, RESUELVO:
PRIMERO.- Dar de baja en el Padrón Municipal de Habitantes de este Ayuntamiento,
por inscripción indebida a los ciudadanos arriba relacionados por no residir en
Benalmádena.
cve: BOE-N-2025-ff7207f46cb71651370db1f59ff05dd5d6881192
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 109
Martes 6 de mayo de 2025
TORIL*LARA,CATALINA
****66161
RANKOVA,ELENA VALCHEVA
****49584
SANCHEZ*FERNANDEZ,CARMEN MARIA
****87330
LOPEZ*GARCIA,JOSE MANUEL
****36540
BOSNEA,ALEXANDRA MARIA
****6393
NARDO DI,LAUTARO
****06539
BERNAL,MIA AGUSTINA
****63980
SANCHEZ,EDUARDO CALIXTO
****67124
BELASRI*SOUHAIL,YAHYA ILYAS
****62993
MATEI,GEORGIANA ALINA
****2119
ABAD*MATEI,IVAN ALEXANDRU
****94745
TEODORESCU,MIHAELA CLAUDIA
****1690
BELASRI*SOUHAIL,WAFAA
****26405
TORDINI,TERESA
****1840
TORDINI,FILIPPO
****2008
EGOROVA,VARVARA
*****70020
Supl. N. Pág. 2
SEGUNDO.- Visto el informe favorable del Consejo de Empadronamiento de fecha
20 de marzo de 2025.
Es de aplicación el siguiente FUNDAMENTOS DE DERECHO:
El artículo 72 del Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, por el que se aprueba el
Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales y la
Resolución de 17 de febrero de 2020, de la Presidencia del Instituto Nacional de
Estadística y de la Dirección General de Coordinación de Competencias con las
Comunidades Autónomas y las Entidades Locales, por la que se dictan instrucciones
técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestión del padrón municipal, en relación al
procedimiento de baja de oficio, por inscripción indebida, a quienes figuren
empadronados incumpliendo el art. 54 del citado Reglamento.
En virtud de todo lo expuesto, se PROPONE a la Sra. Concejala Delegada de
Festejos y Tradiciones Populares, Padrón y Estadística, Atención General e Información
al Público y Seguimiento del Programa Electoral dictar la siguiente Resolución:
PRIMERO.- Dar de baja en el Padrón Municipal de Habitantes de este Ayuntamiento,
por inscripción indebida a los ciudadanos arriba relacionados por no residir en
Benalmádena.
SEGUNDO.- Publicar en el Boletín Oficial del Estado, de acuerdo con los trámites
exigidos por el art. 44 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas. La fecha de baja definitiva será
la de dicha publicación.
TERCERO.- La baja en el Padrón Municipal de Habitantes por inclusión indebida
dará lugar, en su caso, a la baja en el Censo Electoral.
En virtud de la delegación de potestades efectuada mediante Decreto de Alcaldía nº
2023/007991 de fecha 22-12-2023 y conforme al art. 9 de la Ley 40/2015 de Régimen
Jurídico del Sector Público, RESUELVO:
PRIMERO.- Dar de baja en el Padrón Municipal de Habitantes de este Ayuntamiento,
por inscripción indebida a los ciudadanos arriba relacionados por no residir en
Benalmádena.
cve: BOE-N-2025-ff7207f46cb71651370db1f59ff05dd5d6881192
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 109