Administración Local. Santa Cruz De Tenerife. Ayuntamiento De Santa Cruz De Tenerife. (BOE-N-2025-320390)
O.A. GERENCIA MUNICIPAL DE URBANISMO. Anuncio de notificación de 29 de abril de 2025 en procedimiento Declaración de obra nueva terminada.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 109

Martes 6 de mayo de 2025

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Suplemento de Notificaciones

ADMINISTRACIÓN LOCAL
SANTA CRUZ DE TENERIFE
AYUNTAMIENTO DE SANTA CRUZ DE TENERIFE
O.A. GERENCIA MUNICIPAL DE URBANISMO. Anuncio de notificación de 29 de abril
de 2025 en procedimiento Declaración de obra nueva terminada.
ID: N2500320918

Ignorado el lugar de notificación de los interesados, respecto de la Resolución de
06-04-2018, del Sr. Consejero Director de la Gerencia Municipal de Urbanismo del
Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, adoptada en el curso de tramitación el
Expediente con referencia 2017006400, relativo al procedimiento “Declaración de obra
nueva terminada”, y no habiéndose, por tanto podido notificar la misma, en cumplimiento
de lo establecido en los artículos 44 y 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, por medio del
presente Anuncio se comunica a:
Alicia M. Brito ****
Ezequiel Dorta ****
el contenido dispositivo de la Resolución citada, que reza:

SEGUNDO.- En cuanto a la delimitación de su contenido y las limitaciones que se
imponen a los propietarios, se hace constar que el régimen jurídico de la situación legal
de consolidación viene establecido en el artículo 160.1 de la Ley 4/2017, de 13 de julio,
del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias en los términos siguientes:
Con carácter general se admitirán cuantas obras de consolidación, rehabilitación o
remodelación sean necesarias para mantener y alargar la vida útil del inmueble, sin que
sea admisible el incremento de volumen o edificabilidad en contra del nuevo
planeamiento.
Respecto al uso, se permiten las obras que consistan en la mejora y actualización de
las instalaciones para su adaptación a nuevas normas de funcionamiento de la actividad
o el logro de una mayor eficiencia y un menor impacto ambiental. Excepcionalmente,
cuando las obras vengan exigidas por normas sectoriales de obligado cumplimiento para
la continuidad de la actividad, se permitirán las de ampliación que sean imprescindibles
para su cumplimiento siempre que quede acreditada la imposibilidad de ajustarse a las
mismas mediante la rehabilitación o remodelación del inmueble. No se admitirán
cambios de uso que sean manifiestamente incompatibles con el destino asignado por la
nueva ordenación del inmueble.

cve: BOE-N-2025-c2ac3855beddf89829228926744325fa9b59ea1b
Verificable en https://www.boe.es

“PRIMERO.- Declarar, a fin de hacer constar en el Registro de la Propiedad mediante
nota al margen de la inscripción practicada, que la obra nueva terminada inscrita con
fecha 11 de septiembre de 2017 en el Registro de la Propiedad de El Rosario – Área
Metropolitana de Santa Cruz de Tenerife, a favor de *****, de edificación de antigua
construcción, sita en Calle Majanillo, nº 12, Barranco Grande, en el término municipal de
Santa Cruz de Tenerife (código registral único 38011000116892), con una superficie
construida total de 69 m2, se encuentra en situación legal de consolidación.