Administración Local. Illes Balears. Ayuntamiento De Calvià. (BOE-N-2025-319862)
INFRACCIONES Y SANCIONES. Anuncio de notificación de 28 de abril de 2025 en procedimiento boe iniciación de expedientes sancionadores por infracciones a las ordenanzas municipales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 6 de mayo de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
ILLES BALEARS
AYUNTAMIENTO DE CALVIÀ
INFRACCIONES Y SANCIONES. Anuncio de notificación de 28 de abril de 2025 en
procedimiento boe iniciación de expedientes sancionadores por infracciones a las
ordenanzas municipales.
ID: N2500321434
Intentadas sin efecto las notificaciones de los acuerdos adoptados por esta Alcaldía a
los interesados que se relacionan, y al no haberse podido practicar, se procede en
cumplimiento de lo establecido en el artículo 42 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE núm. 236
de 02/10/15), en concordancia con los artículos 44 y 46 de la misma, a la publicación en
el Boletín Oficial del Estado del presente anuncio, a efectos de poner en conocimiento de
los interesados a continuación referidos la Resolución de la Alcaldía de fecha
26/03/2025, así como los siguientes extremos relativos a la misma:
“A la vista de la denuncia formulada por la presunta comisión de una infracción a las
ordenanzas municipales y/o disposiciones de competencia municipal cometida por la
persona que figura como infractor (responsable), así como de los hechos y otras
circunstancias consignadas, esta Alcaldía como órgano competente para iniciar y
resolver el procedimiento, en virtud de la facultad prevista en el artículo 21.1 letra n) de la
Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local RESUELVE:
INFORMACIÓN RELATIVA AL SUPUESTO A)
1º.-Incoar el oportuno expediente sancionador, de conformidad con el procedimiento
establecido en el Decreto 1/2024, de 5 de enero (BOIB núm. 4 de 6.01.2024), por el que
se aprueba el Reglamento del procedimiento sancionador de la Administración de la
Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
2º.- Se designa Instructor/a del expediente al nombrado/a en el anexo. Se podrá
promover recusación con los efectos previstos en el artículo 24 de la Ley 40/2015, de 1
de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (BOE núm. 236 de 02/10/15).
3º.- Si no está conforme, dispone de un plazo de QUINCE días, a partir de esta
notificación, para formular alegaciones y/o proponer las pruebas que considere
oportunas. Las mismas deberán presentarse, con indicación del número de expediente
de referencia, en el Registro General de este Ayuntamiento, sito en la calle Julià Bujosa
Sans, Batle, número 1 de Calvià, o bien a través de cualquier otro de los medios
previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE núm. 236, de 02/10/15). Si
en el citado plazo no efectúa alegaciones o no presenta pruebas, la iniciación del
presente procedimiento podrá ser considerada PROPUESTA DE RESOLUCIÓN. En este
caso, la sanción propuesta por el instructor será la que figura en la notificación.
4º.- ASUNCIÓN DE LA RESPONSABILIDAD Y/O PAGO VOLUNTARIO Se le informa
de que si Ud. reconoce su responsabilidad, se resolverá el procedimiento mediante el
pago voluntario de la sanción en la cuantía señalada, mediante las formas de pago
indicadas, y el cumplimiento de la sanción accesoria si la hubiera. Por lo tanto el pago de
cve: BOE-N-2025-fefdecbe530b0c880346e191d1db94721ee44ba5
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 109
Martes 6 de mayo de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
ILLES BALEARS
AYUNTAMIENTO DE CALVIÀ
INFRACCIONES Y SANCIONES. Anuncio de notificación de 28 de abril de 2025 en
procedimiento boe iniciación de expedientes sancionadores por infracciones a las
ordenanzas municipales.
ID: N2500321434
Intentadas sin efecto las notificaciones de los acuerdos adoptados por esta Alcaldía a
los interesados que se relacionan, y al no haberse podido practicar, se procede en
cumplimiento de lo establecido en el artículo 42 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE núm. 236
de 02/10/15), en concordancia con los artículos 44 y 46 de la misma, a la publicación en
el Boletín Oficial del Estado del presente anuncio, a efectos de poner en conocimiento de
los interesados a continuación referidos la Resolución de la Alcaldía de fecha
26/03/2025, así como los siguientes extremos relativos a la misma:
“A la vista de la denuncia formulada por la presunta comisión de una infracción a las
ordenanzas municipales y/o disposiciones de competencia municipal cometida por la
persona que figura como infractor (responsable), así como de los hechos y otras
circunstancias consignadas, esta Alcaldía como órgano competente para iniciar y
resolver el procedimiento, en virtud de la facultad prevista en el artículo 21.1 letra n) de la
Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local RESUELVE:
INFORMACIÓN RELATIVA AL SUPUESTO A)
1º.-Incoar el oportuno expediente sancionador, de conformidad con el procedimiento
establecido en el Decreto 1/2024, de 5 de enero (BOIB núm. 4 de 6.01.2024), por el que
se aprueba el Reglamento del procedimiento sancionador de la Administración de la
Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
2º.- Se designa Instructor/a del expediente al nombrado/a en el anexo. Se podrá
promover recusación con los efectos previstos en el artículo 24 de la Ley 40/2015, de 1
de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (BOE núm. 236 de 02/10/15).
3º.- Si no está conforme, dispone de un plazo de QUINCE días, a partir de esta
notificación, para formular alegaciones y/o proponer las pruebas que considere
oportunas. Las mismas deberán presentarse, con indicación del número de expediente
de referencia, en el Registro General de este Ayuntamiento, sito en la calle Julià Bujosa
Sans, Batle, número 1 de Calvià, o bien a través de cualquier otro de los medios
previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE núm. 236, de 02/10/15). Si
en el citado plazo no efectúa alegaciones o no presenta pruebas, la iniciación del
presente procedimiento podrá ser considerada PROPUESTA DE RESOLUCIÓN. En este
caso, la sanción propuesta por el instructor será la que figura en la notificación.
4º.- ASUNCIÓN DE LA RESPONSABILIDAD Y/O PAGO VOLUNTARIO Se le informa
de que si Ud. reconoce su responsabilidad, se resolverá el procedimiento mediante el
pago voluntario de la sanción en la cuantía señalada, mediante las formas de pago
indicadas, y el cumplimiento de la sanción accesoria si la hubiera. Por lo tanto el pago de
cve: BOE-N-2025-fefdecbe530b0c880346e191d1db94721ee44ba5
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 109