Administración Local. Bizkaia. Ayuntamiento De Bilbao. (BOE-N-2025-319588)
DIRECCIÓN DE GESTIÓN TRIBUTARIA Y PRESUPUESTOS. Anuncio de notificación de 30 de abril de 2025 en procedimiento de multas Administrativas y otros ingresos de derecho público, por no hallarse en su domicilio, ignorar éste u otras causas.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 6 de mayo de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
BIZKAIA
AYUNTAMIENTO DE BILBAO
DIRECCIÓN DE GESTIÓN TRIBUTARIA Y PRESUPUESTOS. Anuncio de notificación
de 30 de abril de 2025 en procedimiento de multas Administrativas y otros ingresos de
derecho público, por no hallarse en su domicilio, ignorar éste u otras causas.
ID: N2500321868
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y legislación
concordante, no habiéndose podido notificar de forma expresa a los administrados que al
final se indican, por no hallarse en su domicilio, ignorar éste u otras causas, se hace
público el presente anuncio en el Boletín Oficial del Estado y Boletín Oficial de Bizkaia
Lo que se notifica para que, en los plazos que se señalan, se realicen los oportunos
ingresos y se interpongan, si procede, los recursos pertinentes, de acuerdo con la
legislación vigente.
1 - MEDIOS DE IMPUGNACION:
1.1.- MEDIOS DE IMPUGNACIÓN CONTRA MULTAS ADMINISTRATIVAS:
Contra este acuerdo, resolución o acto de liquidación que se le notifica podrá
interponerse RECURSO DE REPOSICIÓN previo a la vía jurisdiccional contenciosoadministrativa, ante el Órgano que ha dictado el mismo, en el plazo de un mes a contar
desde el día siguiente al de la notificación expresa del acto cuya revisión se solicita, de
conformidad a lo dispuesto en el artículo 13.2 de la Norma Foral 9/2005, de 16 de
diciembre, de Haciendas Locales.
El recurso será resuelto y notificado en el plazo de tres meses a contar desde el día
siguiente al de su presentación. El recurso se entenderá desestimado cuando no haya
recaído resolución en plazo. La denegación presunta no exime de la obligación de
resolver el recurso. La resolución que se dicte pone fin a la vía administrativa, pudiendo
los interesados interponer directamente recurso contencioso-administrativo, todo ello sin
perjuicio de los supuestos en los que se prevea la interposición de reclamaciones
económico-administrativas, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 13.4 y 13.5 de la
Norma Foral 9/2005, de 16 de diciembre, de Haciendas Locales.
1.2- MEDIOS DE IMPUGNACIÓN CONTRA OTROS INGRESOS DE DERECHO
PÚBLICO:
Contra este acuerdo, resolución o acto de liquidación que se le notifica, podrá
interponerse potestativamente RECURSO DE REPOSICIÓN, en el plazo de un mes a
contar desde el día siguiente al de la recepción de esta notificación, ante el órgano que
ha dictado el mismo.
En el mismo plazo podrá interponerse directamente RECLAMACIÓN ECONOMICO
ADMINISTRATIVA ante el Tribunal Económico Administrativo de Bilbao, debiendo dirigir
el escrito de interposición al órgano que ha dictado el acto objeto de reclamación.
Si se interpusiera recurso de reposición, no podrá promoverse la reclamación
económica administrativa hasta que aquél se haya resuelto expresa o presuntamente.
cve: BOE-N-2025-f3ccba1b29e313294b6b904b394e79484f70b346
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 109
Martes 6 de mayo de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
BIZKAIA
AYUNTAMIENTO DE BILBAO
DIRECCIÓN DE GESTIÓN TRIBUTARIA Y PRESUPUESTOS. Anuncio de notificación
de 30 de abril de 2025 en procedimiento de multas Administrativas y otros ingresos de
derecho público, por no hallarse en su domicilio, ignorar éste u otras causas.
ID: N2500321868
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y legislación
concordante, no habiéndose podido notificar de forma expresa a los administrados que al
final se indican, por no hallarse en su domicilio, ignorar éste u otras causas, se hace
público el presente anuncio en el Boletín Oficial del Estado y Boletín Oficial de Bizkaia
Lo que se notifica para que, en los plazos que se señalan, se realicen los oportunos
ingresos y se interpongan, si procede, los recursos pertinentes, de acuerdo con la
legislación vigente.
1 - MEDIOS DE IMPUGNACION:
1.1.- MEDIOS DE IMPUGNACIÓN CONTRA MULTAS ADMINISTRATIVAS:
Contra este acuerdo, resolución o acto de liquidación que se le notifica podrá
interponerse RECURSO DE REPOSICIÓN previo a la vía jurisdiccional contenciosoadministrativa, ante el Órgano que ha dictado el mismo, en el plazo de un mes a contar
desde el día siguiente al de la notificación expresa del acto cuya revisión se solicita, de
conformidad a lo dispuesto en el artículo 13.2 de la Norma Foral 9/2005, de 16 de
diciembre, de Haciendas Locales.
El recurso será resuelto y notificado en el plazo de tres meses a contar desde el día
siguiente al de su presentación. El recurso se entenderá desestimado cuando no haya
recaído resolución en plazo. La denegación presunta no exime de la obligación de
resolver el recurso. La resolución que se dicte pone fin a la vía administrativa, pudiendo
los interesados interponer directamente recurso contencioso-administrativo, todo ello sin
perjuicio de los supuestos en los que se prevea la interposición de reclamaciones
económico-administrativas, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 13.4 y 13.5 de la
Norma Foral 9/2005, de 16 de diciembre, de Haciendas Locales.
1.2- MEDIOS DE IMPUGNACIÓN CONTRA OTROS INGRESOS DE DERECHO
PÚBLICO:
Contra este acuerdo, resolución o acto de liquidación que se le notifica, podrá
interponerse potestativamente RECURSO DE REPOSICIÓN, en el plazo de un mes a
contar desde el día siguiente al de la recepción de esta notificación, ante el órgano que
ha dictado el mismo.
En el mismo plazo podrá interponerse directamente RECLAMACIÓN ECONOMICO
ADMINISTRATIVA ante el Tribunal Económico Administrativo de Bilbao, debiendo dirigir
el escrito de interposición al órgano que ha dictado el acto objeto de reclamación.
Si se interpusiera recurso de reposición, no podrá promoverse la reclamación
económica administrativa hasta que aquél se haya resuelto expresa o presuntamente.
cve: BOE-N-2025-f3ccba1b29e313294b6b904b394e79484f70b346
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Núm. 109