Comunidades Y Ciudades Autónomas. Comunidad De Madrid. Consejería De Economía, Hacienda Y Empleo. (BOE-N-2025-319301)
DIRECCIÓN GENERAL DE TRABAJO. Anuncio de notificación de 28 de abril de 2025 en procedimientos sancionadores en el Orden Social.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 6 de mayo de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
COMUNIDADES Y CIUDADES AUTÓNOMAS
COMUNIDAD DE MADRID
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO
DIRECCIÓN GENERAL DE TRABAJO. Anuncio de notificación de 28 de abril de 2025
en procedimientos sancionadores en el Orden Social.
ID: N2500319868
La Dirección General de Trabajo ha dictado resolución sancionadora en los
expedientes sancionadores que se relacionan, de conformidad a lo establecido en el art.
20 del Real Decreto 928/1998, de 14 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento
general sobre procedimientos para la imposición de sanciones por infracciones de Orden
social y para los expedientes liquidatorios de cuotas de la Seguridad Social.
Contra las resoluciones relacionadas que no son firmes en vía administrativa, cabe
interponer Recurso de alzada ante la Viceconsejería de Empleo de la Consejería de
Economía, Hacienda y Empleo de la Comunidad de Madrid, en el plazo de un mes,
computándose de fecha a fecha y contándose a partir del día siguiente de esta
notificación, conforme a lo previsto en los artículos 112, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
en relación con el art. 54 del Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que
se aprueba el Texto Refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden
Social.
El importe de las sanciones puede hacerse efectivo, dentro de los plazos señalados
en el artículo 62.2 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, mediante
ingreso directo en la cuenta restringida de CAIXABANK, número ES13 2100 1329 46
1300199955, a nombre de la Comunidad de Madrid, Dirección General de Trabajo,
haciendo referencia al número de expediente reseñado, al nombre de la empresa y al
concepto (Sanciones).
Intentada la notificación de dicho acto, conforme a lo dispuesto en la citada Ley
39/2015, de 1 de octubre, no ha sido posible su práctica por causas no imputables a la
Administración Pública.
Por ello, y en aplicación de lo dispuesto en el art. 44 de la precitada Ley 39/2015, de
1 de octubre, se procede a su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
De conformidad con el art. 46 del mismo texto legal, en evitación de cualquier posible
lesión que la publicación íntegra de la citada resolución pudiera derivarse para los
derechos e intereses legítimos de los interesados, se significa que el texto íntegro del
acto que se notifica se encuentra a su disposición previa acreditación de su identidad o
de la representación conferida, mediante cualquier medio válido admitido por nuestro
ordenamiento jurídico, en las dependencias de la Dirección General de Trabajo, sita en la
calle Princesa, nº 5, en horario comprendido entre las 9:00 y las 14:00 horas, de lunes a
viernes, en el plazo de 10 días hábiles desde su publicación, debiendo comunicar el día
y la hora de comparecencia y la identidad del compareciente con 24 horas de antelación
al correo electrónico sancionesmadrid@madrid.org.
Madrid, 28 de abril de 2025.- . La Directora General de Trabajo. Silvia Marina Parra
Rudilla.
cve: BOE-N-2025-6e45c0d3642ad442dc304f089ae84f81ad99c7d8
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 109
Martes 6 de mayo de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
COMUNIDADES Y CIUDADES AUTÓNOMAS
COMUNIDAD DE MADRID
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO
DIRECCIÓN GENERAL DE TRABAJO. Anuncio de notificación de 28 de abril de 2025
en procedimientos sancionadores en el Orden Social.
ID: N2500319868
La Dirección General de Trabajo ha dictado resolución sancionadora en los
expedientes sancionadores que se relacionan, de conformidad a lo establecido en el art.
20 del Real Decreto 928/1998, de 14 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento
general sobre procedimientos para la imposición de sanciones por infracciones de Orden
social y para los expedientes liquidatorios de cuotas de la Seguridad Social.
Contra las resoluciones relacionadas que no son firmes en vía administrativa, cabe
interponer Recurso de alzada ante la Viceconsejería de Empleo de la Consejería de
Economía, Hacienda y Empleo de la Comunidad de Madrid, en el plazo de un mes,
computándose de fecha a fecha y contándose a partir del día siguiente de esta
notificación, conforme a lo previsto en los artículos 112, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
en relación con el art. 54 del Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que
se aprueba el Texto Refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden
Social.
El importe de las sanciones puede hacerse efectivo, dentro de los plazos señalados
en el artículo 62.2 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, mediante
ingreso directo en la cuenta restringida de CAIXABANK, número ES13 2100 1329 46
1300199955, a nombre de la Comunidad de Madrid, Dirección General de Trabajo,
haciendo referencia al número de expediente reseñado, al nombre de la empresa y al
concepto (Sanciones).
Intentada la notificación de dicho acto, conforme a lo dispuesto en la citada Ley
39/2015, de 1 de octubre, no ha sido posible su práctica por causas no imputables a la
Administración Pública.
Por ello, y en aplicación de lo dispuesto en el art. 44 de la precitada Ley 39/2015, de
1 de octubre, se procede a su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
De conformidad con el art. 46 del mismo texto legal, en evitación de cualquier posible
lesión que la publicación íntegra de la citada resolución pudiera derivarse para los
derechos e intereses legítimos de los interesados, se significa que el texto íntegro del
acto que se notifica se encuentra a su disposición previa acreditación de su identidad o
de la representación conferida, mediante cualquier medio válido admitido por nuestro
ordenamiento jurídico, en las dependencias de la Dirección General de Trabajo, sita en la
calle Princesa, nº 5, en horario comprendido entre las 9:00 y las 14:00 horas, de lunes a
viernes, en el plazo de 10 días hábiles desde su publicación, debiendo comunicar el día
y la hora de comparecencia y la identidad del compareciente con 24 horas de antelación
al correo electrónico sancionesmadrid@madrid.org.
Madrid, 28 de abril de 2025.- . La Directora General de Trabajo. Silvia Marina Parra
Rudilla.
cve: BOE-N-2025-6e45c0d3642ad442dc304f089ae84f81ad99c7d8
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 109