Comunidades Y Ciudades Autónomas. Comunidad Autónoma De Castilla-la Mancha. Consejería De Fomento. (BOE-N-2025-319210)
DELEGACIÓN PROVINCIAL CONSEJERIA FOMENTO GUADALAJARA. Anuncio de notificación de 29 de abril de 2025 en procedimiento sobre requerimiento de subsanación de la documentación justificativa para el pago en Ayuda al Alquiler de vivienda en Castilla-La Mancha, expediente AAV-ALQU-GU-2024/02559.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 109

Martes 6 de mayo de 2025

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Suplemento de Notificaciones

COMUNIDADES Y CIUDADES AUTÓNOMAS
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CASTILLA-LA MANCHA
CONSEJERÍA DE FOMENTO
DELEGACIÓN PROVINCIAL CONSEJERIA FOMENTO GUADALAJARA. Anuncio de
notificación de 29 de abril de 2025 en procedimiento sobre requerimiento de subsanación
de la documentación justificativa para el pago en Ayuda al Alquiler de vivienda en
Castilla-La Mancha, expediente AAV-ALQU-GU-2024/02559.
ID: N2500319953

En virtud de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y habiéndose
intentado la notificación personal y preceptiva en el último domicilio conocido sin que se
haya podido practicar, se procede a dar publicidad mediante inserción en el Boletín
Oficial del Estado, requerimiento de subsanación de la documentación justificativa para
el pago en Ayuda al Alquiler de vivienda en Castilla-La Mancha, correspondiente al
expediente AAV-ALQU-GU-2024/02559, solicitante 38834330A, obrando el texto íntegro
en esta Dirección Provincial de Fomento en Guadalajara, sito en Avda. del Ejército, 8-1ª
Planta.

Guadalajara, 29 de abril de 2025.- El Delegado Provincial. JAVIER DEL MOLINO
ROJO

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

cve: BOE-N-2025-7f086bf7068a2f9079c0e43b43aae602d4878842
Verificable en https://www.boe.es

De conformidad con el artículo 39, apartado 6, de la orden 170/2022, de 7 de
septiembre, de la Consejería de Fomento, por la que se aprueban las bases reguladoras
de las ayudas al alquiler, a la adquisición de viviendas en municipios de pequeño tamaño
y a la mejora de su accesibilidad, en el marco del Plan Estatal para el Acceso a la
Vivienda 2022-2025 (DOCM nº 177 de 14 de septiembre), modificada por la Orden
161/2023, de 31 de agosto, de la Consejería de Fomento (DOCM nº 173 de 8 de
septiembre), cuando el órgano competente aprecie la existencia de defectos
subsanables en la justificación presentada por la beneficiaria, concederá un plazo de
subsanación de diez días hábiles para su corrección, contados a partir del día siguiente a
la recepción de la presente notificación.