Administración Local. Asturias. Ayuntamiento De Aller. (BOE-N-2025-319479)
Anuncio de notificación de 30 de abril de 2025 en procedimiento notificacion resolucion bajaoficio defitiva padron habitantes.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 109
Martes 6 de mayo de 2025
Supl. N. Pág. 2
inscripción indebida”, con audiencia previa al interesado y publicación, en su caso en el
BOE (art. 44 Ley 39/2015).
En virtud de las atribuciones concedidas por la normativa, esta Alcaldía HA
RESUELTO:
Primero. - Proceder a la baja de oficio de la inscripción en el Padrón Municipal de
Habitantes de Aller, de las personas que se relaciona a continuación:
NOMBRE APELLIDOS: D. (DNI: 46463252D)
Segundo. - Comunicar al afectado, mediante notificación personal y publicación, en
su caso, en el BOE la baja de oficio.
La resolución anteriormente transcrita pone fin a la vía administrativa y contra la
misma se podrá interponer alternativamente los siguientes RECURSOS:
a) Recurso de Reposición, con carácter potestativo, ante el órgano que dictó este
acto, en el plazo de UN MES, contado a partir del día siguiente al de recepción de la
presente notificación, conforme a lo dispuesto en los arts. 123 y 124 de la Ley 39/2015
de 1 de octubre.
Y contra la desestimación expresa o presunta del citado recurso podrá interponer
Recurso Contencioso-Administrativo, conforme a lo previsto en el art. 46 de la Ley
29/1998 de 13 de julio Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ante el
órgano competente del orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo, de acuerdo con
la distribución de competencias establecidas en los Capítulos II y III de la citada Ley, en
los plazos que seguidamente se indican:
- Dos meses a contar desde el día siguiente al de notificación de la desestimación del
Recurso de Reposición.
- En el caso de no ser expresamente resuelto dicho recurso, seis meses contados a
partir del día siguiente a aquél en que deba entenderse presuntamente desestimado el
mismo, considerando que se ha producido dicha desestimación por silencio
administrativo, si no se notifica su resolución en el plazo de un mes desde su
interposición.
Si bien se le advierte que no podrá interponer el citado recurso ContenciosoAdministrativo hasta que se haya resuelto expresamente o se haya producido la
desestimación presunta del recurso de reposición que en su caso hubiera presentado,
conforme a lo dispuesto en el art. 123.2 de la Ley 39/2015.
No obstante podrá ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente.
Cabañaquinta, 30 de abril de 2025.- el alcalde: Juan Carlos Iglesias Garcia
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-N-2025-3c07ba2b4d9cec5e39340602faaf42089d29a511
Verificable en https://www.boe.es
b) Asimismo podrá interponer directamente Recurso Contencioso-Administrativo
contra el presente acto, en el plazo de DOS MESES contados desde el día siguiente al
de recepción de esta notificación, conforme a lo previsto en el art. 46.1 de la Ley 29/98
de 13 de julio.
Núm. 109
Martes 6 de mayo de 2025
Supl. N. Pág. 2
inscripción indebida”, con audiencia previa al interesado y publicación, en su caso en el
BOE (art. 44 Ley 39/2015).
En virtud de las atribuciones concedidas por la normativa, esta Alcaldía HA
RESUELTO:
Primero. - Proceder a la baja de oficio de la inscripción en el Padrón Municipal de
Habitantes de Aller, de las personas que se relaciona a continuación:
NOMBRE APELLIDOS: D. (DNI: 46463252D)
Segundo. - Comunicar al afectado, mediante notificación personal y publicación, en
su caso, en el BOE la baja de oficio.
La resolución anteriormente transcrita pone fin a la vía administrativa y contra la
misma se podrá interponer alternativamente los siguientes RECURSOS:
a) Recurso de Reposición, con carácter potestativo, ante el órgano que dictó este
acto, en el plazo de UN MES, contado a partir del día siguiente al de recepción de la
presente notificación, conforme a lo dispuesto en los arts. 123 y 124 de la Ley 39/2015
de 1 de octubre.
Y contra la desestimación expresa o presunta del citado recurso podrá interponer
Recurso Contencioso-Administrativo, conforme a lo previsto en el art. 46 de la Ley
29/1998 de 13 de julio Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ante el
órgano competente del orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo, de acuerdo con
la distribución de competencias establecidas en los Capítulos II y III de la citada Ley, en
los plazos que seguidamente se indican:
- Dos meses a contar desde el día siguiente al de notificación de la desestimación del
Recurso de Reposición.
- En el caso de no ser expresamente resuelto dicho recurso, seis meses contados a
partir del día siguiente a aquél en que deba entenderse presuntamente desestimado el
mismo, considerando que se ha producido dicha desestimación por silencio
administrativo, si no se notifica su resolución en el plazo de un mes desde su
interposición.
Si bien se le advierte que no podrá interponer el citado recurso ContenciosoAdministrativo hasta que se haya resuelto expresamente o se haya producido la
desestimación presunta del recurso de reposición que en su caso hubiera presentado,
conforme a lo dispuesto en el art. 123.2 de la Ley 39/2015.
No obstante podrá ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente.
Cabañaquinta, 30 de abril de 2025.- el alcalde: Juan Carlos Iglesias Garcia
https://www.boe.es
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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-N-2025-3c07ba2b4d9cec5e39340602faaf42089d29a511
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b) Asimismo podrá interponer directamente Recurso Contencioso-Administrativo
contra el presente acto, en el plazo de DOS MESES contados desde el día siguiente al
de recepción de esta notificación, conforme a lo previsto en el art. 46.1 de la Ley 29/98
de 13 de julio.